Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2006 (30/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2006
TOTAL DE VOTOS 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 212 00 212 212

2006-JEE-SANTA de fecha 15 de MORDAZA de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Santa; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 080-2006-JEE-SANTA, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA anula el acta electoral Nº 164180-06-B del distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, observada por error material, pues se consigna la cifra de 212 como "total de ciudadanos que votaron", siendo esta menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 213, la cual fue resuelta de acuerdo a ley; Que, el recurrente senala que, el colegiado del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA ha dado una interpretacion distinta a la MORDAZA recogida en la Resolucion Nº 1932006-JNE, por cuanto se ha consignado en forma erronea la cifra de 212 en el acta materia de apelacion, debiendo ser 213, por lo que ello no constituye causal de Nulidad, conforme al articulo 286º de la Ley Organica de Elecciones; Que, al cotejar el acta electoral del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA con el acta del MORDAZA Nacional de Elecciones, se constata que se consigno 212 como "total de ciudadanos que votaron", siendo esta menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 213, que conforme al Articulo Tercero, Acapite II, numeral 3) del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 103-2006-JNE, dicha acta se anula; Que, sin embargo, se advierte que en la Resolucion Nº 080-2006-JEE-SANTA existe un error material, pues en su articulo 1º se observa que se ha consignado erroneamente los votos a cada organizacion politica y votos en MORDAZA, cuando debio haberse consignado la cifra de 00 votos, por lo que procede hacer la correccion respectiva; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Titular del "Partido Aprista Peruano" contra la Resolucion Nº 080-2006-JEE-SANTA expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Santa. Articulo Segundo.- Corregir el Articulo 1º de la Resolucion Nº 080-2006-JEE-SANTA, respecto al Acta Electoral Nº 164180-06-B del distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, la siguiente votacion:
ACTA ELECTORAL Nº 164180-06-B ORGANIZACIONES POLITICAS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Partido Socialista Restauracion Nacional Alianza por el Futuro Union por el Peru Partido Justicia Nacional Fuerza Democratica Resurgimiento Peruano Alianza para el Progreso TOTAL DE VOTOS 00 00 00 00 00 00 00 00 00 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

ORGANIZACIONES POLITICAS Unidad Nacional Partido Reconstruccion Democratica Concertacion Descentralista Movimiento Nueva Izquierda Frente de Centro Con Fuerza Peru Progresemos Peru Partido Renacimiento MORDAZA Partido Aprista Peruano Peru Ahora Avanza MORDAZA ­ Partido de Integracion Social Y se llama Peru Votos en MORDAZA Votos nulos Votos impugnados Total de votos emitidos Total de ciudadanos que votaron

Articulo Tercero.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07329 RESOLUCION Nº 472-2006-JNE Expediente Nº 341-2006-APEL MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 22 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del Partido Aprista Peruano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, contra la Resolucion Nº 081-2006-JEE- MORDAZA de fecha 15 de MORDAZA del ano 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, que resuelve la observacion por error material detectada en el acta electoral correspondiente a la mesa de sufragio Nº 164227-12-F; recurso que ha sido elevado por el Presidente del MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA y recibido el 21de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 081-2006-JEE- MORDAZA, el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA anula el acta electoral Nº 164227-12-F del distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial,

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