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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 6 de agosto de 2006 325883REPUBLICADELPERU En el caso de que en el período de dos años no se invierta para el desarrollo de las actividades, de acuerdoa lo señalado en el Reglamento de la presente Ley, el Estado revertirá el predio a su dominio, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 19º del Decreto SupremoNº 154-2001-EF . El Reglamento establecerá los requisitos, procedimientos y condiciones para la aplicación delpresente artículo. TÍTULO II RÉGIMEN ESPECIAL CAPÍTULO I DE LA ZEEDEPUNO Artículo 5º.- De las actividades y exoneraciones En la ZEEDEPUNO se podrán desarrollar actividades industriales, agroindustriales, de maquila, ensamblaje y de servicios, los que incluyen, el almacenamiento o distribución, desembalaje,embalaje, envasado, rotulado, etiquetado, división, exhibición, clasificación de mercancías, entre otros; así como la reparación, reacondicionamiento y/omantenimiento de maquinaria, motores y equipos para la actividad minera, de acuerdo a la lista aprobada por resolución ministerial del Ministerio de laProducción en coordinación con el Ministro de Economía y Finanzas. Por decreto supremo refrendado por los Ministros de Comercio Exterior yTurismo, de la Producción y de Economía y Finanzas podrán incluirse otras actividades. Los usuarios que realicen dichas actividades están exonerados del Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto de Promoción Municipal, Impuesto Extraordinario deSolidaridad, así como de todo tributo, tanto del gobierno central, regional y municipal, creado o por crearse, inclusive de aquellos que requieran de normaexoneratoria expresa, excepto las aportaciones a ESSALUD y las tasas. Las operaciones que se efectúen entre los usuarios dentro de la ZEEDEPUNO, están exoneradas del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal. Artículo 6º.- Operaciones destinadas al resto del territorio nacional Las operaciones que efectúen los usuarios para realizar las actividades señaladas en el artículo 5º de la presente Ley, estarán gravadas con todos los tributosque afecten las ventas, importaciones y prestaciones de servicios, según corresponda, cuando se realicen para el resto del territorio nacional. Artículo 7º.- Prohibición de instalación de empresas No podrán instalarse empresas industriales y agroindustriales que se dediquen a actividades extractivas y/o manufactureras de la lista de mercancíasque será aprobada mediante decreto supremo con refrendo del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de la Producción. Artículo 8º.- Prohibición de ingreso de mercancíasProhíbase el ingreso a la ZEEDEPUNO de: a) Mercancías cuya importación al país se encuentre prohibida. b) Insumos químicos fiscalizados de conformidad con la Ley Nº 28305. c) Armas y sus partes accesorias, repuestos o municiones, los explosivos o insumos y conexos de uso civil, nitrato de amonio y de sus elementos componentes. d) Mercancías que atenten contra la salud, el medio ambiente y la seguridad o moral públicas. e) Las demás que se fije por el Reglamento. Las demás mercancías cuya importación al país se encuentre restringida, requerirán para su ingreso a laZEEDEPUNO cumplir con los requisitos establecidos en la legislación nacional vigente.Artículo 9º.- Residencias particulares y comercio al detalle En el área correspondiente a la ZEEDEPUNO no se permite el establecimiento de residencias particulares ni el ejercicio del comercio al por menor o al detalle. Artículo 10º.- ContabilidadLos usuarios llevarán su contabilidad de acuerdo con el Código Tributario. Artículo 11º.- Ingreso y salida de mercancíasEl ingreso y salida de mercancías de la ZEEDEPUNO desde y hacia terceros países, se efectuará a través de las aduanas que establezca la SUNAT. Cuando el ingreso y salida se realice por aduanas distintas a las señaladas por la SUNAT, deberá efectuarse el traslado de las mercancías bajo el régimenaduanero de tránsito. La salida de mercancías que tenga como destino el resto del territorio nacional, podrá acogerse acualquiera de los regímenes, operaciones y destinos aduaneros señalados en la Ley General de Aduanas, de acuerdo a lo que se establezca en el Reglamento. A la ZEEDEPUNO podrán ingresar mercancías provenientes del exterior, del resto del territorio nacional, de la ZOFRATACNA y de los CETICOS. Del mismo modo, desde la ZEEDEPUNO podrá destinarse las mercancías al exterior, al resto del territorio nacional, a los CETICOS y a la Zona Francade Tacna. El ingreso, salida y traslado de mercancías a través de las aduanas del país, hacia y desde la ZEEDEPUNO,así como el traslado de mercancías de la ZEEDEPUNO hacia y desde los CETICOS y la ZOFRATACNA, será autorizado por SUNAT. Los documentos de embarque deben consignar que las mercancías tienen por destino la ZEEDEPUNO. Artículo 12º.- De la permanencia de las mercancíasLa permanencia de las mercancías ingresadas a la ZEEDEPUNO es indefinida sin perjuicio del plazo devigencia de los beneficios establecidos en la presente Ley. Artículo 13º.- Del régimen laboralLos trabajadores de la ZEEDEPUNO están sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Las relaciones laborales entre el usuario de la ZEEDEPUNO y sus trabajadores se sujetarán a las leyes laborales vigentes. TÍTULO III DISPOSICIONES VARIAS CAPÍTULO I DE LOS SERVICIOS AUXILIARES Artículo 14º.- De los Servicios Auxiliares Se denominan Servicios Auxiliares a las actividades de servicios realizadas en el interior de la ZEEDEPUNO,tales como de expendio de comida, cafeterías, bancos, telecomunicaciones, entre otros, así como servicios de consultoría y asistencia técnica prestados a los usuariosde la ZEEDEPUNO por entidades de desarrollo científico y tecnológico. Artículo 15º.- De los beneficios a tercerosLas personas naturales o jurídicas que se dediquen a efectuar servicios auxiliares dentro de la ZEEDEPUNOno gozarán de ningún beneficio que otorga la presente Ley. No constituye exportación la introducción de servicios auxiliares a la ZEEDEPUNO. CAPÍTULO II DEL RÉGIMEN ADUANERO Y DE COMERCIO EXTERIOR Artículo 16º.- Ingreso de bienes y la prestación de servicios El ingreso de bienes nacionales y la prestación de servicios provenientes del resto del territorio nacionalhacia ZEEDEPUNO, se considerará como una