Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2006 (06/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA 6 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

325887

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28866
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SENOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL LOS DIAS 7 Y 8 DE AGOSTO DE 2006
El Congreso de la Republica, de conformidad con lo prescrito en los articulos 102º numeral 9) y 113º numeral 4) de la Constitucion Politica, en el articulo 76º inciso j) del Reglamento del Congreso y en la Ley Nº 28344, ha resuelto acceder a la peticion formulada por el senor Presidente Constitucional de la Republica y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional los dias 7 y 8 de agosto del presente ano, con el objeto de participar en la ceremonia de transmision del mando del Presidente MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia. La presente Resolucion Legislativa entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los cuatro dias del mes de agosto de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 4 de agosto de 2006 Cumplase, comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 00782-15

a) C o m i s i o n e s O r d i n a r i a s ; e n c a r g a d a s d e l estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Congreso, con prioridad en la funcion legislativa y de fiscalizacion. El Presidente del Congreso, en coordinacion con los Grupos Parlamentarios o previa consulta al Consejo Directivo del Congreso, propone el numero de Comisiones Ordinarias teniendo en cuenta la Estructura del Estado. Sin embargo, deben conformarse por lo menos las siguientes Comisiones Ordinarias: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. Agraria. Comercio Exterior y Turismo. Constitucion y Reglamento. Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Publicos. Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas. Descentralizacion, Regionalizacion, Gobiernos Locales y Modernizacion de la Gestion del Estado. Economia, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera. Educacion, Ciencia, Tecnologia, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deporte. Energia y Minas. Fiscalizacion y Contraloria. Inteligencia. Justicia y Derechos Humanos. Mujer y Desarrollo Social. Presupuesto y Cuenta General de la Republica. Produccion y Micro y Pequena Empresa. Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecologia. Relaciones Exteriores. Salud, Poblacion, Familia y Personas con Discapacidad. Seguridad Social. Trabajo. Transportes y Comunicaciones. Vivienda y Construccion.

Las demas Comisiones Ordinarias se conforman procurando homologar su especialidad con las materias que correspondan a las carteras a cargo de los Ministros de Estado y a los asuntos mas relevantes para el pais." Publiquese, comuniquese y cumplase. Dada en el Palacio Legislativo, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de agosto de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 00787-1

RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 001-2006-CR
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a fin de acompanar al Presidente de la Republica a la Ceremonia de Posesion Presidencial en Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 240-2006-PCM MORDAZA, 4 de agosto de 2006

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE MODIFICA EL ARTICULO 35º, LITERAL A), DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Articulo unico.- Modificacion del articulo 35º, literal a), del Reglamento del Congreso Modificase el articulo 35º, literal a), del Reglamento del Congreso, con el siguiente texto: "Clases de Comisiones Articulo 35º.- Existen cuatro clases de Comisiones:

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