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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (13/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326238El Peruano domingo 13 de agosto de 2006 -Por el Este , con la Avenida “A”, (tramo 2’’-1’) con 137.50 ml. -Por el Oeste , con la Subparcela 10-I 2da. Etapa, con una línea quebrada de dos tramos (tramo C-B2) 18.66 ml., y (tramo B2-J) con 21.94 ml. SUBPARCELA 10-I - 1ra. Etapa - Segunda Parte Con un área superficial de 12,319.25 m2. (doce mil trescientos diecinueve metros cuadrados y 25 centímetros ) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: -Por el Norte , con la Parcela Cerro Pro, con una línea quebrada de cuatro tramos (tramo 6-5’) 221.50 ml., (tramo 5’-4’) con 123.05 ml., (tramo 4’-3’) 85.59 ml., y (tramo 3’-2’) 38.01 ml. -Por el Sur , con la Parcela 10-I 1ra. Etapa - Primera Parte y Subparcela 10-I 2da. Etapa, con una línea mixta formada por tramos rectos y curvos, (tramo 2”-T) 30.16 ml., (tramo T -S) 25.49 ml., (tramo S-R) 21.46 ml., (tramo R-Q) 22.88 ml., (Tramo Q-P) 6.91 ml., (tramo P-O) 24.30ml., (tramo O-N) 142.69 ml., (tramo N-M) 26.50 ml., (tramo M-L) 13.11 ml., (tramo L-K) 28.63 ml., (tramo K-J) 16.42 ml.,(tramo J-B1)6.46., (tramo B1-B) 15.00 ml., y (tramo B-A) 31.40 ml. -Por el Este , con la Avenida “A”, (tramo 2’-2’’) con 138.21 ml. -Por el Oeste , con la Parcela 10-J del Fundo Pro, (tramo A-6) 57.54 ml. SUBPARCELA 10-I – 2da. Etapa Con un área superficial de 4,902.86 m2. (cuatro mil novecientos dos metros cuadrados y 86 centimetros) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: -Por el Norte , con la Subparcela 10-I 1ra. Etapa Segunda Parte, con una línea quebrada de tres tramos, (tramo A-B) 31.40 ml., (tramo B-B1) 15.00 ml., (tramo B1-J) 6.46 ml. -Por el Sur , con la Parcela 10-H del Fundo Pro, (tramo F-I) 47.16 -Por el Este , con la Subparcela 10-I 1ra. Etapa – Primera Parte y la Subparcela 10-I – Meneses, con una línea quebrada de cinco tramos, (tramo J-B2) 21.94 ml., (tramo B2-C) 18.66 ml., (tramo C-D) 38.73 ml., (tramo D-E) 28.38 ml., y (tramo E-F) con 42.90 ml. -Por el Oeste , con la Subparcela 10-I – Otros Usos (OU) Zona de Arqueológica y con la Parcela 10-J del Fundo Pro, con una línea quebrada de dos tramos, (tramo I-5) 43.63 ml., y (tramo 5-A) 69.78 ml. Artículo Segundo.- Disponer que se respete una sección vial de 40.00 ml. en la Av. Los Próceres, aprobado por Ordenanza Nº 127-MML del 29-9-97, y mediante el cual se adopte el cumplimiento del plan del sistema vial Metropolitana de Lima. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así mismo disponer la inscripción en la Superintendecia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), de la presente Independizacion de terreno rustico a cuenta de los interesados en el plazo máximo de 30 días. Regístrese, comuníquese, cúmplase, archívese. ALEIDA ARANDA CHAMPA Directora de Urbanismo Catastro y Transporte 00841-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72 /G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 274-MDMM Magdalena del Mar, 4 de agosto de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 17 de la fecha; CONSIDERANDO:Que, es función específica de los Gobiernos Locales en materia de población y participación vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la prestación de los servicios públicos esenciales, como es el caso del Registro Civil; Que, las Municipalidades dentro de su política de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebración del matrimonio comunitario y con ello coadyuvar con el fortalecimiento de la Unidad Familiar como célula básica de la sociedad; Que, dentro de ese contexto, el Departamento de Registros Civiles mediante Informe Nº 018-06-DRRCC/ MDMM, de fecha 19 de julio de 2006, propone la realización del Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2006; Estando de conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “TERCER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2006” el día 29 de octubre de 2006 a horas 12:00 p.m. en las instalaciones del Colegio Rosenthal de la Puente, ubicado en Jr. Grau Nº 575, Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los contrayentes que se presenten al Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2006 abonen como pago por Apertura de Expediente Matrimonial el monto de S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) y por examen prenupcial el monto de S/. 25.00 (Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles) por pareja. Artículo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberán presentar los siguientes documentos: - Partida de Nacimiento de ambos, certificadas - Copia autenticada por Fedatario de la Municipalidad de los documentos de identidad (DNI) vigentes con la constancia del último sufragio, CIP , Pasaporte o Carné de Extranjería, según sea el caso, debiendo mostrar los originales. - Una fotografía tamaño carné y/o pasaporte de cada contrayente. - Certificado Médico Prenupcial extendido por la Municipalidad. - Certificado Domiciliario y/o Declaración Jurada de residir en el distrito, adjuntando cualquiera de los siguientes recibos: de agua, teléfono, luz o arbitrios. - Dos testigos mayores de edad que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) años, los cuales deberán portar sus documentos de identidad originales, adjuntando copias autenticadas por el Fedatario de la Municipalidad. Los viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar de este TERCER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2006, deberán cumplir con presentar la documentación adicional, según sea el caso. El plazo límite para presentar el expediente matrimonial será hasta el 20 de octubre del 2006. Artículo Cuarto.- Las personas discapacitadas que deseen contraer matrimonio, serán incluidas dentro de la celebración del Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2006, para lo cual será de aplicación lo normado por la Ordenanza Nº 243-MDMM en lo que sea aplicable. Artículo Quinto.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Comunitario de la publicación de sus Edictos Matrimoniales, sin perjuicio que la Municipalidad proceda a efectuar la difusión y publicación que corresponda.