TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326222El Peruano domingo 13 de agosto de 2006 Ulloa", el mismo que consta de siete (7) Títulos, tres (3) Capítulos, cuarenta y siete (47) Artículos, una (1)Disposición Complementaria, dos (2) DisposicionesTransitorias y el Organigrama Estructural; que formaparte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que el presente Reglamento de Organización y Funciones, sea publicado en el portal electrónico del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 796-2003-SA/DM del 9 de julio del 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 00986-3 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G37/G2D/G32/G30/G30/G36/G2F /G4D/G49/G4E/G53/G41/G20 /G71/G75/G65/G20 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 768-2006/MINSA Lima, 10 de agosto del 2006 Visto el Expediente Nº 06-059862-001 que contiene el Informe Nº 277-2006-OCN-ODRH-OGGRH/MINSA,sobre solicitud de dejar sin efecto la Resolución MinisterialNº 197-2006/MINSA, que autoriza el Viaje de la Q.F . GloriaMelida GARCIA MOLINA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 197-2006/ MINSA, de fecha 28 de febrero de 2006, se autorizó elviaje de la Q.F . Gloria Mélida GARCIA MOLINA, Químico Farmacéutico, Nivel IV, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Ministerio deSalud, para que del 3 al 5 de marzo de 2006, participe enla Reunión del Grupo de Trabajo de Buenas Prácticas deManufactura, en la ciudad de Washington D.C., EstadosUnidos, con financiamiento del Pliego 011- Ministerio de Salud; Que, mediante el Oficio Nº 1336-2006-DIGEMID- DG/MINSA, la Directora General de Medicamentos,Insumos y Drogas, del Ministerio de Salud, informa que por problemas para la obtención de su visa, doña Gloria Mélida GARCIA MOLINA no pudo realizar elviaje; motivo por el cual se debe dejar sin efecto laResolución Ministerial Nº 197-2006/MINSA; Estando a las visaciones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y Oficina General deAsesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto, la Resolución Ministerial Nº 197-2006/MINSA, de fecha 28 de febrero de 2006, que autoriza el viaje de la Q.F . Gloria MelidaGARCIA MOLINA, por las razones expuestas en laparte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 00986-4TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G41/G69/G72/G6D/G61/G78/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G43/G69/G65/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65 /G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 136-2006-MTC/12 Lima, 26 de julio del 2006Vista, la solicitud de AIRMAX S.A. sobre ampliación del plazo de autorización del Acuerdo de Código Compartido suscrito con CIELOS DEL PERU S.A.; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 232-2005- MTC/12 del 16 de diciembre del 2005, se autorizó el Acuerdo de Código Compartido suscrito entre AIRMAX S.A. y CIELOS DEL PERU S.A. para prestar el Serviciode Transporte Aéreo Internacional de carga entre LIMA– MIAMI y vv., hasta cinco (05) vuelos semanales, hastael 15 de agosto del 2006, fecha de vigencia del Acuerdode Código compartido; Que, con Documento de Registro N° 2006-016258 del 26 de junio del 2006, AIRMAX S.A. solicitó la prórrogadel plazo de la autorización del Acuerdo de CódigoCompartido suscrito con CIELOS DEL PERU S.A., paraoperar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional decarga, en los mismos términos en que fue otorgada, adjuntando prórroga del referido Acuerdo; Que, AIRMAX S.A., cuenta con Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacionalde carga, otorgado mediante Resolución DirectoralNº 0201-2004-MTC/12 del 15 de diciembre del 2004,para operar entre otros puntos, LIMA – puntos en Estados Unidos de América y vv. ; Que, CIELOS DEL PERU S.A. cuenta con Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No RegularInternacional de carga, otorgado mediante ResoluciónDirectoral Nº 061-2006-MTC/12 del 21 de abril del 2006;y, Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga otorgado mediante Resolución Directoral Nº 007-2005-MTC/12 del 11 deenero del 2005, para operar entre otros puntos, LIMA –MIAMI y vv.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N° 27261; y, con la opinión favorable de las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar la ampliación del plazo de autorización del Acuerdo de Código Compartidosuscrito entre AIRMAX S.A. y CIELOS DEL PERU S.A.,para prestar el servicio de transporte aéreo internacionalde carga, entre los puntos LIMA – MIAMI y vv., hastacinco (05) vuelos semanales. El plazo de vigencia de la presente autorización es por un (01) año contado a partir del 16 de agosto del 2006, día siguiente al vencimientode la Resolución Directoral Nº 232-2005-MTC/12. Artículo Segundo.- La autorización indicada en el Artículo Primero se sujetará a las siguientes condiciones: 1. La presente autorización comprende la explotación por parte de CIELOS DEL PERU S.A. de los derechosde tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire entreLIMA – MIAMI y vv y, por parte de AIRMAX S.A. lacomercialización de los puntos LIMA – MIAMI y vv.,pudiendo consignar su código designador de aerolínea en dichos vuelos;