Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2006 (14/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

326272
COD. 240 241 242 243 244 245 246 INFRACCION

NORMAS LEGALES
SANCION % UIT 2% 10% 10% 4% 8% 8% 50%

El Peruano lunes 14 de agosto de 2006
SANCION COMPLEMENTARIA Clausura Temporal Clausura Definitiva (por reincidencia)

Por carecer de formulario de descanso semanal Por carecer de autorizacion sanitaria los establecimientos de venta de productos farmaceuticos Por carecer de tapas los azucareros, saleros, o depositos similares Por no tener cubierta con impermiable ( vidrios, mamol, plastico )las mesas de comedores Por carecer de materiales de cocina inoxidable (ollas, utensilios, cubiertos). Estan prohibidos para este efecto el plomo, zinc y/o laton Por no contar con sobrepiso (parihuela) en el almacenaje de alimentos en resguardo de su calidad o por tenerlos en contacto con el piso Por no efectuar la limpieza y desinfeccion de los tanques elevados, tanques de rebombeo, etc., de almacenamiento de agua dos veces al ano, las viviendas familiares, conjunto residencial entidades publicas y privadas, comercio, industria, etc. Por fomentar que en los establecimientos comerciales dedicados a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas laboren manipuladores de alimentos incumpliendo con las disposiciones de higiene personal y las referidas a la atencion al publico . Por no contar el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas con servicios higienicos o no mantenerlos limpios, con la adecuada instalacion sanitaria, ventilacion y con los implementos necesarios, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Por no contar con las estructuras fisicas en buen estado de conservacion e higiene el establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Cuando el conductor del establecimiento comercial no cumpla con proteger, conservar, almacenar y/o transportar los alimentos y bebidas para su comercialziacion conforme a las normas sanitarias , sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Negacion por parte del conductor del establecimiento comercial que realiza la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas a la inspeccion, toma de muestras, destruccion , inmovilizacion y/o decomiso de los mismos, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del mismo. Por comercializar alimentos y bebidas no aptos para el consumo humano, sin perjuicio de formularse la denuncia penal correspondiente. Por comercializar alimentos y bebidas con fecha de vencimiento expirada, falsificados, con envases abollados, adulterados, de origen desconocido, deteriorados, contaminados o sin rotulo, incluyendo aquellos alimentos en estado natural como granos, frutas, hortalizas, carnes, huevos, entre otros. Por permitir mascotas y animales domesticos en los ambientes del establecimiento comercial dedicados a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas. Por utilizar por parte del conductor del establecimiento comercial dedicado a la elaboracion y/o expendio de alimentos y bebidas sustancias quimicas nocivas para la salud en la higiene de equipos y utensilios, sin perjuicio de formularse la denuncia penal correspondiente. Por carecer o tener vencida la MORDAZA por el servicio de limpieza o desinfeccion de reservorios de agua en: a) locales comerciales, industriales, de servicios (colegios) b) Vivienda multifamiliares Por fumar en espacios cerrados de uso publico. Por no identificar, registrar y obtener la licencia del can considerado potencialmente peligroso (propietario o poseedor), sin perjuicio de ordenarse la retencion del mismo . Por organizar y participar en peleas de canes en lugares publicos o privados, MORDAZA estos propietarios o poseedores Por permitir la circulacion de canes sin los debidos implementos de seguridad (propietario o poseedor), sin perjuicio de ordenarse la retencion del mismo. Por vender canes en la via publica, MORDAZA propietarios o poseedores. Por permitir la circulacion y permanencia de canes en areas de uso publico sin la compania de la persona responsable del cuidado. Por trasladar los canes en transporte de servicio publico sin observar lo estipulado en la normatividad aplicable, sin perjuicio de ordenarse la retencion del mismo. 2.-Gerencia de Educacion y Cultura Por realizar bailes, reuniones sociales y/o actividades deportivas sin la respectiva autorizacion municipal Por funcionamiento de juegos mecanicos, circenses y actividades similares sin la respectiva autorizacion municipal Por funcionamiento de cines, teatro, penas o similares sin la respectiva autorizacion municipal Por emision de tarjetas o boletaje no consigando en la declaracion jurada Por no presentar mensualmente el libro de ingresos de los establecimientos de billares, juegos de video o mecanicos y por no abonar en los primeros dias del mes sgte. Por permitir el ingreso de menores de edad en funciones de adultos Por exhibir en funciones de matine, dia feriado MORDAZA, peliculas para mayores Por suspender una funcion sin previa autorizacion municipal Por Por Por Por permitir fumar en los ambientes internos durante la funcion carecer de carne el operador y/o ayudante de este no contar en las funciones con el operador y/o ayudante de este presentar cortos y/o peliculas para mayores en funciones para menores

Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura

Temporal Definitiva (por reincidencia) Temporal Definitiva (por reincidencia) Temporal Definitiva (por reincidencia)

247

10%

Clausura Temporal Clausura Definitiva (por reincidencia) Clausura Temporal o Definitiva

248

15%

249

15%

Clausura Temporal o Definitiva

250

20%

Clausura Temporal o Definitiva

251

30%

Clausura Temporal o Definitiva

252 253

40% 40%

Clausura Temporal o Definitiva Decomiso

254 255

20% 30%

Retencion

256

15%

257 258 259 260 261 262 263

10% 30% 50% 25% 25% 15% 15%

Retencion Retencion Retencion Retencion Retencion Retencion

264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286

10% 6% 10% 6% 6% 3% 3% 2% 2% 1% 1% 5% 3% 2% 3% 5% 2% 4% 3% 5% 5% 100% 20% Clausura Temporal o Definitiva Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Temporal Definitiva Temporal Definitiva Temporal Definitiva Temporal Definitiva Temporal Definitiva Temporal Definitiva

(por reincidencia) (por reincidencia) (por reincidencia) (por reincidencia) (por reincidencia) (por reincidencia)

Por realizar funciones fuera del horario sin la respectiva autorizacion municipal Por no cumplir con el horario establecido segun el turno de peliculas o espectaculos Por realizar funciones con peliculas en mal estado de conservacion Por fomentar irregularidades en la venta de boletaje, planilla o permitir el ingreso del publico con entradas adquiridas fuera de la ventanilla. Por no informar al publico asistente el turno de cada pelicula Por permitir ingresar mas publico que el que determina la sala cinematografica o teatro Por permitir la actuacion de artistas sin los respectivos carnes de artistas y/o contratos sin visacion Por no presentar a los artistas programados Por cobrar el ingreso del publico a la mano sin entregar boletaje Por permitir que asistan menores de edad a los espectaculos publicos no deportivos solo aptos para mayores. Por incurrir el artista o empresa representante en actos renidos contra la moral y las buenas

Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura Clausura

Temporal Definitiva Temporal Definitiva Temporal Definitiva Temporal Definitiva Temporal Definitiva

(por reincidencia) (por reincidencia) (por reincidencia) (por reincidencia) (por reincidencia)

Clausura Temporal Clausura Definitiva (por reincidencia)

Suspension Clausura Temporal

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