Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2006 (14/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano lunes 14 de agosto de 2006
COD. 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103

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EP

UB

LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
SANCION % UIT 100%, (12% UIT adicional x Clausura Definitiva cada Habitacion) 20% Clausura Temporal 40% 20% 40% 100% 20% 40% 20% 25% 25% 10% 80%, 500% 100% 50%

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SANCION COMPLEMENTARIA

INFRACCION Por permitir que el establecimiento de hospedaje funcione como MORDAZA de cita Por falta de higiene en la ropa de MORDAZA, colchones, etc (Prostibulo, MORDAZA de citas, hoteles, moteles, etc...) No contar con ropa de MORDAZA completa (prostibulos, MORDAZA de cita, hoteles, etc.) Por tener en uso colchones deteriorados o en malas condiciones Carecer de agua, jabon y otros en la habitacion de la MORDAZA de cita, prostibulos, hoteles, hostales y hospedaje. Por permitir el ingreso o dar trabajo en salones de billar, cabarets, centros nocturnos, discotecas, prostibulos y/o MORDAZA de cita a menores de 18 anos . Por permitir el ingreso de menores de 18 anos a establecimientos de billarines y pimballs. Permitir el ingreso de menores de 16 anos a establecimientos de billarines, pimballs. Por expender bebidas alcoholicas a menores de 18 anos Por vender o facilitar el consumo de bebidas alcoholicas en la via publica Por vender o consumir bebidas alcoholicas en el interior del local comercial o puesto ambulatorio. Por destinar los kioskos o puestos de los mercados a fines diferentes a los autorizados Por falsificacion o empleo de cartones adquiridos en otras MORDAZA o pertenecientes a series que no le MORDAZA las anunciadas y puestas en circulacion por una determinada partida. Por celebrar una partida sin el cumplimiento previo a las formalidades, exigidas o con omision o inexactitud de los datos necesarios Por declaracion de los jugadores del numero de cartones inferior al que realmente se MORDAZA vendido siempre que se rectifique publicamente la infraccion MORDAZA del inicio del juego, sin perjuicio de clausura. Por venta de cartones con precio superior al autorizado. Por realizacion de actividades en la Sala de Bingo por el personal no autorizado. Por la negativa a consignar en el acta de reclamaciones que deseen formular los jugadores o empleador de la sala. Por realizar partidas privadas o subrepticias. Por admitir personas cuyo ingreso es prohibido o de un numero de personas que excede a la capacidad MORDAZA autorizada. Por contratar personal carente de carne de identidad exigido por el Reglamento. Por transferir la autorizacion otorgada. Por contratar para la conduccion o gestion del juego a personas o empresas no autorizadas conforme al Reglamento. Por participar en el juego en calidad de jugadores los miembros de organos receptores de la entidad titular o de la empresa mercantil especializada encargada de su gestion. Por permitir la participacion en el juego en calidad de jugadores, a las personas que prestan sus servicios como trabajadores del local. Por la participacion del personal en partidas privadas o subrepticias al margen del Reglamento. Por ocupacion de la via publica. Modificacion del area destinada a la actividad comercial, sin contar con la respectiva Autorizacion Municipal Por no presentar declaracion jurada anual de permanencia en el giro autorizado del establecimiento, dentro del plazo legal establecido para su cumplimento Por permitir que en el local comercial, de industria y/o servicio, se realicen actividades que vulneren la tranquilidad del vecino Por expender exclusivamente bebidas alcoholicas en locales que cuentan con autorizacion solo para venta de licor con acompanamiento de comidas Por utilizar areas comunes y/o areas destinadas a circulacion peatonal en los centros comerciales, galerias supermercados, tiendas por departamentos y afines. Por instalacion de carpas promocionales, desfiles de modas o ferias termporales en centros comerciales o propiedades privadas sin contar con autorizacion municipal. Por instalacion de kioskos en la via publica sin autorizacion municipal Por no ser conducido el puesto por el titular de la autorizacion (mercados publicos de propiedad municipal). Por efectuar el cierre temporal del puesto sin contar con la autorizacion municipal (mercados publicos de propiedad municipal). Por traspasar y/o ceder el puesto sin contar con la autorizacion municipal (mercados publicos de propiedad municipal). Por tener el puesto en mal estado de seguridad, higiene y conservacion. Por permanecer y pernoctar en el MORDAZA municipal despues del horario establecido. Por beber licor dentro de los mercados. Por instalar mercaderias en los pasadizos de los mercados, atentando contra la seguridad e integridad fisica del publico consumidor Por no respetar el espacio MORDAZA en la via publica autorizado por la municipalidad (comerciante de la via publica). Por concurrir al servicio en estado etilico y bajo el efecto de las drogas (comerciante de la via publica) Por no portar el carne de identidad en la solapera (comerciante de la via publica). Por ejercer actividad comercial ambulatoria en la via publica sin autorizacion municipal. Por cambiar o ampliar el giro los comerciantes autorizados en la via publica. Por realizar actividad comercial distinta a la del giro autorizado. Por no contar con deposito adherido al modulo de venta para ser utilizado como basurero publico (comerciante de la via publica). Por realizar campanas de difusion y/o promocion comercial en la via publica, sin contar con autorizacion municipal. Por alterar, introducir y/o adicionar elementos no configurados en las caracteristicas tecnicas del modulo de venta, sin la autorizacion Municipal (comerciante de la via publica). Por ejercer actividad comercial en unidades vehiculares motorizadas sin la autorizacion municipal. Por no cumplir con las disposiciones complementarias establecidas en la Autorizacion Temporal (comerciante via publica). Por permitir al publico en general el acceso a paginas web cuyos contenidos esten orientados a la exhibicion de pornografia infantil Por permitir el acceso a paginas Web con contenidos pornograficos u otros que ofendan la moral y el pudor a menores de 18 anos de edad Por no contar con un aviso preventivo o porque el mismo no este ubicado en un lugar visible al usuario o porque sus dimensiones MORDAZA menores a 30 cm.X 50 cm., en el cual se consigne la prohibicion de acceso a paginas Web cuyo contenido este orientado a la exhibicion de pornografia infantil, asi como a cualquier pagina Web con contenido pornografico que ofenda la moral y el pudor. Por no contar con navegadores gratuitos o software especiales de filtro y bloqueo o cualquier otro medio que tenga como efecto impedir la visualizacion de las paginas W.E.B., con

Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Cancelacion de la Licencia Cancelacion de la Licencia Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal

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Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Cancelacion de la Licencia Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Cancelacion de la Licencia Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Definitiva Clausura Temporal Remocion

Remocion

Clausura Temporal Remocion Suspension o cancelacion de la autorizacion

Decomiso cancelacion o suspension de la Autorizacion Municipal Suspension de la autorizacion Suspension de la autorizacion

Remocion

Cancelacion o Suspension de la autorizacion Clausura Temporal Clausura Definitiva Clausura Temporal

10%

Clausura Temporal

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