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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (14/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 14 de agosto de 2006 326269REPUBLICADELPERU 89 Por permitir que el establecimiento de hospedaje funcione como casa de cita 100%, (12% UIT adicional x Clausura Definitiva cada Habitación) 90 Por falta de higiene en la ropa de cama, colchones, etc (Prostíbulo, casa de citas, hoteles, 20% Clausura Temporal moteles, etc...) 91 No contar con ropa de cama completa (prostíbulos, casas de cita, hoteles, etc.) 40%92 Por tener en uso colchones deteriorados o en malas condiciones 20 % Clausura Temporal 93 Carecer de agua, jabón y otros en la habitación de la casa de cita, prostíbulos, hoteles, 40 % Clausura Temporal hostales y hospedaje. 94 Por permitir el ingreso o dar trabajo en salones de billar, cabarets, centros nocturnos, 100% Clausura Temporal discotecas, prostíbulos y/o casa de cita a menores de 18 años . 95 Por permitir el ingreso de menores de 18 años a establecimientos de billarines y pimballs. 20% Clausura Temporal 96 Permitir el ingreso de menores de 16 años a establecimientos de billarines, pimballs. 40% Clausura Temporal 97 Por expender bebidas alcohólicas a menores de 18 años 20% Clausura Temporal 98 Por vender o facilitar el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública 25% 99 Por vender o consumir bebidas alcohólicas en el interior del local comercial o puesto 25 % Cancelación de la Licencia ambulatorio. 100 Por destinar los kioskos o puestos de los mercados a fines diferentes a los autorizados 10 % Cancelación de la Licencia 101 Por falsificación o empleo de cartones adquiridos en otras salas o pertenecientes a series que 80%, 500% Clausura Temporal no le sean las anunciadas y puestas en circulación por una determinada partida. 102 Por celebrar una partida sin el cumplimiento previo a las formalidades, exigidas o con omisión 100% Clausura Temporal o inexactitud de los datos necesarios 103 Por declaración de los jugadores del número de cartones inferior al que realmente se haya 50% Clausura Temporal vendido siempre que se rectifique públicamente la infracción antes del inicio del juego, sin perjuicio de clausura. 104 Por venta de cartones con precio superior al autorizado. 100% Clausura Temporal 105 Por realización de actividades en la Sala de Bingo por el personal no autorizado. 100% Clausura Temporal 106 Por la negativa a consignar en el acta de reclamaciones que deseen formular los jugadores 100% Clausura Temporal o empleador de la sala. 107 Por realizar partidas privadas o subrepticias. 100% Clausura Temporal 108 Por admitir personas cuyo ingreso es prohibido o de un número de personas que excede a la 100% Clausura Temporal capacidad máxima autorizada. 109 Por contratar personal carente de carné de identidad exigido por el Reglamento. 200% Clausura Temporal 110 Por transferir la autorización otorgada. 200% Can celación de la Licencia 111 Por contratar para la conducción o gestión del juego a personas o empresas no autorizadas 500% Clausura Temporal conforme al Reglamento. 112 Por participar en el juego en calidad de jugadores los miembros de órganos receptores de la 100% Clausura Temporal entidad titular o de la empresa mercantil especializada encargada de su gestión. 113 Por permitir la participación en el juego en calidad de jugadores, a las personas que prestan 100% Clausura Temporal sus servicios como trabajadores del local. 114 Por la participación del personal en partidas privadas o subrepticias al margen del Reglamento. 100% Clausura Temporal 115 Por ocupación de la vía pública. 30% Cancelación de la Licencia 116 Modificación del área destinada a la actividad comercial, sin contar con la respectiva 40% Clausura Temporal Autorización Municipal 117 Por no presentar declaración jurada anual de permanencia en el giro autorizado del 10% Clausura Temporal establecimiento, dentro del plazo legal establecido para su cumplimento 118 Por permitir que en el local comercial, de industria y/o servicio, se realicen actividades que 10% Clausura Definitiva vulneren la tranquilidad del vecino 119 Por expender exclusivamente bebidas alcoholicas en locales que cuentan con autorización 20 % Clausura Temporal solo para venta de licor con acompañamiento de comidas 120 Por utilizar áreas comunes y/o áreas destinadas a circulación peatonal en los centros 5% Remoción comerciales, galerías supermercados, tiendas por departamentos y afines. 121 Por instalación de carpas promocionales, desfiles de modas o ferias termporales en centros 25% comerciales o propiedades privadas sin contar con autorización municipal. 122 Por instalación de kioskos en la vía pública sin autorización municipal 10% Remoción 123 Por no ser conducido el puesto por el titular de la autorización (mercados públicos de 10% propiedad municipal). 124 Por efectuar el cierre temporal del puesto sin contar con la autorización municipal 2% (mercados públicos de propiedad municipal). 125 Por traspasar y/o ceder el puesto sin contar con la autorización municipal (mercados públicos 20% de propiedad municipal). 126 Por tener el puesto en mal estado de seguridad, higiene y conservacion. 5% 127 Por permanecer y pernoctar en el mercado municipal despues del horario establecido. 5%128 Por beber licor dentro de los mercados. 5% Clausura Temporal 129 Por instalar mercaderias en los pasadizos de los mercados, atentando contra la seguridad 10% Remoción e integridad física del público consumidor 130 Por no respetar el espacio urbano en la vía pública autorizado por la municipalidad 10% Suspensión o cancelación de la (comerciante de la vía pública). autorización 131 Por concurrir al servicio en estado etilico y bajo el efecto de las drogas (comerciante de la vía 4% pública) 132 Por no portar el carné de identidad en la solapera (comerciante de la vía pública). 4% 133 Por ejercer actividad comercial ambulatoria en la vía pública sin autorización municipal. 5% Decomiso 134 Por cambiar o ampliar el giro los comerciantes autorizados en la vía pública. 5% cancelación o suspensión de la Autorizacion Municipal 135 Por realizar actividad comercial distinta a la del giro autorizado. 15% Suspensión de la autorización 136 Por no contar con depósito adherido al módulo de venta para ser utilizado como basurero 5% Suspensión de la autorización público (comerciante de la vía pública). 137 Por realizar campañas de difusión y/o promoción comercial en la vía pública, sin contar con 5% autorización municipal. 138 Por alterar, introducir y/o adicionar elementos no configurados en las características técnicas 5% Remoción del módulo de venta, sin la autorización Municipal (comerciante de la vía pública). 139 Por ejercer actividad comercial en unidades vehiculares motorizadas sin la autorización 5% municipal. 140 Por no cumplir con las disposiciones complementarias establecidas en la Autorización 5% Cancelación o Suspensión de la Temporal (comerciante vía pública). autorización 141 Por permitir al público en general el acceso a páginas web cuyos contenidos estén orientados 100% Clausura Temporal a la exhibición de pornografía infantil 142 Por permitir el acceso a paginas Web con contenidos pornográficos u otros que ofendan la 100% Clausura Definitiva moral y el pudor a menores de 18 años de edad 143 Por no contar con un aviso preventivo o porque el mismo no esté ubicado en un lugar visible 10% Clausura Temporal al usuario o porque sus dimensiones sean menores a 30 cm.X 50 cm., en el cual se consigne la prohibición de acceso a páginas Web cuyo contenido esté orientado a la exhibición de pornografía infantil, así como a cualquier página Web con contenido pornográfico que ofendala moral y el pudor. Por no contar con navegadores gratuitos o software especiales de filtro y bloqueo o cualquier 10% Clausura Temporal otro medio que tenga como efecto impedir la visualización de las páginas W .E.B., conCÓD. INFRACCIÓN SANCIÓN % UIT SANCIÓN COMPLEMENTARIA