Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (14/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 14 de agosto de 2006 326271REPUBLICADELPERU 197 Por producir ruidos en zona comercial que excedan de 70 decibeles en locales comerciales 100% (7:01a22:00 horas) en el horario de 7:01 a 22:00 horas y de 65 decibeles de 22 :01 a 7 :00 am 200%(22:01a 7:00 horas) 198 Por producir ruidos que excedan de 65 decibeles, en lugar residencial en el horario de 07:01 100% (7:01a22:00 horas) a 22:00 horas y de 60 decibeles en el horario de 22:00 a 07:00 horas 200%(22:01a 7:00 horas) 199 Por producir ruidos de 60 decibeles de 07:01 a 22:00 horas y 55 decibeles de 22:01 a 100% (7:01a22:00 horas) 7:00 horas en zonas circundantes hasta 100 m. de centros hospitalarios en general 200%(22:01a 7:00 horas) 200 Por incinerar en el interior de la vivienda, comercio o industria la basura producida 100% en los mismos, sin las condiciones técnicas 201 Por carecer de certificado de evaluación ambiental 200% 202 Por fumar en espacios de instituciones públicas 10% 203 Por fumar en espacios públicos de instituciones privadas 20% 204 Por fumar en medios de transporte que brinden servicio público 10% 205 Por omitir consignar la señalizacion prevista en el Decreto de Alcaldía Nº 001-2001 20% 206 Por depositar en la vía pública los residuos sólidos desprovistos de bolsas plásticas y/o paquetes debidamente cerrados.a) Vivienda (casa-habitación y multifamiliar). 10% b) locales comerciales, industriales y/o de servicios. 20% 207 Por entregar los residuos sólidos a particulares a) Vivienda (casa-habitación) y multifamiliar. 10% b) locales comerciales, industriales y/o de servicios. 20% 208 Por depositar residuos peligrosos y/o radioactivos en la vía pública para que sean retirados 20% por personal municipal. 209 Por arrojar residuos sólidos de cualquier origen y naturaleza, incluyendo las malezas y 2’0% despojos de jardines, en terrenos sin construir, areas de uso público (vía pública, plazas ,parques, puentes, entre otras). 210 Por almacenar, tratar, transportar y realizar la disposición final de residuos sólidos, sin autorización o sin cumplir las normas técnicas sanitarias vigentes. a) Urbanos 20% b) Peligrosos 30% c) Especiales 40% 211 Por recoger residuos sólidos urbanos con vehículos o personas no autorizadas por la 15% Municipalidad 212 Por dañar y/o utilizar indebidamente el mobiliario urbano, sin perjuicio de ordenar la reparación del mismo. a) Bancas, papeleras, jardineras 30% b) Postes y faroles de alumbrado público, reflectores 40%c) Placas recordatorias u otras, postes indicadores, avisos de restricción de circulación, 30% carteles de señalización vial d) Semáforos, monumentos, piletas. 40% 213 Por provocar el deterioro de las vías de tránsito o áreas de circulación (pistas, veredas, pavimentos) como consecuencia del arrojo de residuos líquidos, aceites, etc. sin perjuicio de ordenarse su reparación, circundante a:a) Zona residencial 25% b) Zona comercial 30% c) Zona industrial 35% 214 Por extraer árboles sin la debida autorización municipal. 25% 215 Por talar árboles sin la autorización municipal 15% 216 Por podar árboles sin la autorización municipal. 15%217 Por sembrar arbustos, plantas ornamentales y/o césped en las áreas verdes de uso público, 5% Remoción sin la autorización municipal. 218 Por Instalar cercos con materiales inapropiados que atenten contra la integridad física de 15% Remoción los vecinos en bermas laterales y/o separador central. 219 Por usar y/o aprovechar en beneficio particular las tomas de agua de las áreas verdes de uso 15% público 220 Por carecer de dispositivos técnicos que prevengan la emisión de humos, hollín, gases 30% Clausura Temporal o Definitiva tóxicos u otros que ocasionan deterioros en la salud y/o medio ambiente. 221 Por carecer de un adecuado sistema de evacuación de humos y gases ocasionando perjucio 10% Clausura Temporal o Definitiva a la salud y/o medio ambiente. 222 Por criar animales que produzcan ruidos molestos en forma persistente afectando la 10% Retención tranquilidad de los vecinos. 223 Por producir ruidos nocivos y/o molestos por el uso de megáfonos, bocinas de triciclos. a) Ruidos nocivos 10% b) Ruidos molestos 5% 224 Por incumplimiento del compromiso de protección ambiental, sin perjuicio de ordenarse la 15% Clausura Temporal o Definitiva clausura transitoria o definitiva del establecimiento comercial. 225 Por producir ruidos nocivos y/o molestos, en zonas circundantes hasta 100 mt. de circulación de centros hopitalarios, guarderías, escuelas, asilos, lugares de descanso u otros similares. a) Ruidos nocivos 15% b) Ruidos molestos 10% GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y CULTURALES GERENCIA DE SANIDAD 226 Por falta de condiciones higiénicas en el local o establecimiento profesional, comercial o 20% Clausura Temporal industrial, así como de las condiciones de iluminación y ventilación adecuada. Clausura Definitiva (por reincidencia) 227 Por no tener en servicio instalaciones de agua y desagüe 10% Clausura TemporalClausura Definitiva (por reincidencia) 228 Por no usar la vestimenta adecuada a la labor comercial o industrial que se realice. 4% Clausura Temporal Clausura Definitiva (por reincidencia) 229 Por falta de aseo en el personal de los establecimientos 4% Clausura Temporal Clausura Definitiva (por reincidencia) 230 Por no contar con botiquín de primeros auxilios 4%231 Por carecer de servicios higiénicos 8% Clausura Temporal Clausura Definitiva (por reincidencia) 232 Por no tener los baños separados por sexo y utilizar toallas de telas en baños de uso públicos 20% Clausura Temporal Clausura Definitiva (por reincidencia) 233 Por alimentar el ganado porcino, vacuno u ovin o con basura y/o desperdicios 16 % Decomiso 234 Por criar animales domésticos en lugares de preparación de alimentos 4% Decomiso 235 Por almacenar o comercializar desechos o desperdicios con propósito de reconversión para 20 % Decomiso el consumo humano sea directa o indirectamente 236 Por vender productos farmacéuticos con fechas expiradas adulteradas o contaminadas 10% Decomiso237 Por fabricar productos farmacéuticos sin autorización sanitaria 10 % Decomiso 238 Por carecer de certificado de fumigación 20% 239 Por carecer de carné de sanidad o estar éste vencido (multa por cada empleado) en las 20% actividades que lo requieran.CÓD. INFRACCIÓN SANCIÓN % UIT SANCIÓN COMPLEMENTARIA