Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2006 (14/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

326270
COD. INFRACCION

NORMAS LEGALES
SANCION % UIT

El Peruano lunes 14 de agosto de 2006
SANCION COMPLEMENTARIA

contenido que este orientado a la exhibicion de pornografia infantil o contenido pornografico que ofenda la moral y el pudor. GERENCIA DE REGULACION DEL COMERCIO 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 Por no contar con recipientes adecuados para la basura o desperdicios toxicos o no eliminarlos diariamente Por tener lo servicios higienicos deteriorados, inoperativos o en estado antihigienico en locales comerciales o industriales. Por tener utensilios de cocina, artefactos o vajilla en condiciones antihigienicas o en mal estado de conservacion Por comercializar alimentos perecibles sin contar con instalaciones adecuadas de refrigeracion. Por no dotar a los alimentos de proteccion adecuada Por permitir que la persona que sirve de cajero expenda productos alimenticios. Por fabricar, vender, ofertar, proveer, o almacenar alimentos y bebidas adulteradas, contaminadas o alteradas. Por aprovisionar, guardar o fabricar articulos que se destinen a la adulteracion de alimentos y/o bebidas Por no contar con MORDAZA extractora o aparatos extractivos o recirculadores en ambientes de trabajo cerrados o que produzcan humo o gases. Por llevar a cabo subasta u oferta de alimentos procedentes de residuos o rezagos de aduana, ferrocarriles del estado, residuos de un incendio, etc sin la respectiva autorizacion municipal y del organo de salud Por carecer de muestras al publico de los productos que se expenden Por usar balanzas que alteren el peso de los productos Por alterar el peso de los productos que se expenden Por vender productos de procedencia clandestina Por no fijar la clasificacion de la carne en la pizarra de precios Por obstaculizar el paso peatonal en el interior de los mercados y zonas aledanas Por incumplimiento de las condiciones higienicas de la venta del pan. Por fabricar, comercializar o usar productos pirotecnicos en la Provincia Constitucional del Callao Por la comercializacion de productos alimenticios declarados en MORDAZA Por la venta de Productos hidrobiologicos que no cumplen con la talla minima para su comercializacion Por no exhibir precios de productos alimenticios. Por no contar con certificado de manipuleo de alimentos Por negarse u obstaculizar la toma de muestras o decomiso de alimentos o productos en mal estado o que MORDAZA de circulacion prohibida. Por elaborar o vender alimentos preparados con productos perjudiciales para la salud o inaptos para el consumo humano Por elaborar y/o vender alimentos con residuos o sobras de otros alimentos. Por volver a usar envases desechables en el expendio de alimentos y/o de MORDAZA uso en el expendio de alimentos. Por usar papel impreso y/o de MORDAZA uso en el expendio de alimentos y/o bebidas. Por vender para el consumo humano la carne de animales que han muerto por enfermedades o que estan en estado de descomposicion. Por utilizar materias primas perjudiciales para la salud o impropias para el consumo humano en la elaboracion de alimentos y/o bebidas. Por adulterar alimentos de manera que resulten ser daninos para la salud. Por carecer de autorizacion sanitaria las plantas de elaboracion, produccion, preparacion y embalaje de alimentos y/o bebidas en los depositos al por mayor de los insumos. GERENCIA GENERAL DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE 175 176 1.- Gerencia de Limpieza Publica y Talleres Por sacar la basura MORDAZA o despues del periodo establecido para el paso de la unidad recolectora. Por arrojar basura, desperdicios, maleza o desmonte en la via publica y en otros lugares no autorizados (parques y jardines, playa riberenas MORDAZA y orillas de los rios) en triciclos, camiones y otros. Por ensuciar la via publica como resultado de las actividades del comercio ambulatorio, el transporte y otras actividades urbanas. Por recolectar desechos o desperdicios con fines de comercio y/o industrializacion posterior o conservacion directa o indirecta. Por no limpiar el techo, fachada, vereda fronteriza de la vivienda o locales comerciales y/o servicios. Por abandonar en la via publica residuos provenientes de las redes de desague. Por almacenar basura o desechos o solidos en areas ubicadas dentro del perimetro MORDAZA, asi como el transporte para su comercializacion Por efectuar necesidades fisiologicas en la via publica Por no efectuar la disposicion final en el relleno sanitario autorizado por la Municipalidad Provincial el Callao Por transportar residuos solidos reciclados sin la autorizacion de las Municipalidades Distritales o de la Municipalidad Provincial del Callao 2.- Gerencia de Parques y Jardines Por deteriorar o destruir parques y jardines publicos Por arrojar maleza o poda de jardines fuera de los puntos de acopio Por abandonar materiales de construccion en parques y jardines publicos 3.- Gerencia de Control y Contaminacion Ambiental Por almacenar sustancias, productos, materiales toxicos en areas urbanas Por arrojar o inundar de aguas servidas en la via publica Por dejar y/o derramar en la via publica residuos (aceite o grasa e hidrocarburos, etc) Por no adoptar precauciones para la depuracion de descarga o emisiones que contaminen el agua y el aire respectivamente Por quemar basura en (via publica, orilla de los MORDAZA y ribera del mar) produciendo humo, hollines, emanaciones y molestias analogas Por usar vehiculos destinados al transporte de sustancias peligrosas para transportar productos de consumo humano Por no usar toldos, mantas u otros sistemas de proteccion para evitar la dispersion de MORDAZA, polvo, tierra, material de construccion u otras particulas solidas Por producir ruidos nocivos sea cual fuere el origen y lugar (uso de bocinas, escapes libres alto- parlantes, megafonos, equipos de sonido, sirenas, silbatos, petardos y otros) que molesten al vecindario. Por la produccion de ruidos en MORDAZA industrial que excedan de 75 decibeles en horarios de 7: 01 a 22:00 horas y de 65 decibeles de 22 :01 a 7 :00 am 200% 200% 12% 12% 12% 12% 12% 20% 50% 50% 12% 30% Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Clausura Clausura Clausura Temporal Temporal Temporal Temporal

Clausura Temporal Clausura Temporal

154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174

12% 12% 12% 30% 12% 12% 8% 100% 100% 100% 12% 50% 20% 16% 8% 4% 4% 16% 16% 16% 12%

Cancelacion de la Licencia Cancelacion de la Licencia Cancelacion de la Licencia Clausura Temporal Cancelacion de la Licencia Clausura Temporal Clausura Temporal Cancelacion de la Autorizacion Cancelacion de la Autorizacion

Cancelacion de la Autorizacion Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal

177 178 179 180 181 182 183 184

200% 50% 100% 100% 200% 3% 200% 200% Decomiso

185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195

200% 200% 200% 200% 200% 400% 200% 200% 500% 200% 100%

196

100%(7:01a 22:00 horas) 200%(22:01a 7:00 horas)

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