Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2006 (15/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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326290

NORMAS LEGALES

El Peruano martes 15 de agosto de 2006

que permitira que el personal adquiera valiosos conocimientos y experiencia profesional; Que, los gastos de pasajes aereos, alojamiento, alimentacion, transporte y otros seran cubiertos por la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), no irrogando gastos al Tesoro Publico; Que, el Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 5 de junio del 2002, establece que los viajes al extranjero que no irroguen ningun MORDAZA de gastos al Estado, seran autorizados mediante Resolucion del Titular del sector correspondiente; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero del 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comision de Servicio, al My Com MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que participe como Observador Militar en la Mision de las Naciones Unidas en Eritrea y Etiopia (UNMEE) por el periodo de un ano a partir del 31 de agosto del 2006. Articulo 2º.- La Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), solventara los gastos de pasajes aereos, alojamiento, alimentacion, transporte y otros; no irrogando gastos al Tesoro Publico. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que corresponden, de acuerdo a los conceptos siguientes: Tarifa Unica de uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 Persona Articulo 4º.- El General de Ejercito Comandante General del Ejercito, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino del Nombramiento, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 01047-2

de la Republica de Haiti (MINUSTAH) por el periodo de un ano a partir del 27 de agosto del 2006; Que la par ticipacion del Ejercito del Peru en Operaciones de Mantenimiento de Paz, contribuye a incrementar los niveles de capacitacion y entrenamiento de nuestro personal acorde con los avances doctrinarios y tecnologicos de planeamiento y conduccion de Operaciones de Paz en areas de Conflicto, tal es el caso de la Mision de Observadores Militares de las Naciones Unidas (NNUU) en la Republica de Haiti (MINUSTAH); la misma que permitira que el personal adquiera valiosos conocimientos y experiencia profesional; Que, los gastos de pasajes aereos, alojamiento, alimentacion, transporte y otros seran cubiertos por la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), no irrogando gastos al Tesoro Publico; Que, el Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 5 de junio del 2002, establece que los viajes al extranjero que no irroguen ningun MORDAZA de gastos al Estado, seran autorizados mediante Resolucion del Titular del sector correspondiente; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-CPM de fecha 5 de junio del 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero del 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comision de Servicio, al My. Art. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que participe como Observador Militar en la Mision de las Naciones Unidas para la estabilizacion de la Republica de Haiti (MINUSTAH) por el periodo de un ano a partir del 27 de agosto del 2006. Articulo 2º.- La Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), solventara los gastos de pasajes aereos, alojamiento, alimentacion, transporte y otros; no irrogando gastos al Tesoro Publico. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que corresponden, de acuerdo a los conceptos siguientes: Tarifa Unica de uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 persona Articulo 4º.- El General de Ejercito Comandante General del Ejercito, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino del Nombramiento, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 01047-1

Autorizan viaje de Oficial del Ejercito para participar como Observador Militar en la Mision Oficial de las Naciones Unidas para la estabilizacion de la Republica de Haiti (MINUSTAH)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 762-2006-DE/EP/A-1.a.2
MORDAZA, 8 de agosto de 2006 Visto el Oficio Nº 657 H-6 c/SD-AI/DIPLANO del 26 JUL 2006 de la Direccion de Planes y Operaciones del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, mediante Hoja de Recomendacion Nº 0045 H-6c/SD AI/DIPLANO, de fecha 25 de MORDAZA del 2006, aprobo la designacion en Comision de Servicios en el Exterior al My. Art. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que participe como Observador Militar en la Mision de las Naciones Unidas para la estabilizacion

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el ISC aplicable a los bienes contenidos en el MORDAZA Apendice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
DECRETO SUPREMO Nº 135-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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