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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (15/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALESEl Peruano martes 15 de agosto de 2006 326305REPUBLICADELPERU Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado mencionado en el artículo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza, así como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control delRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 3º.- El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de nacimiento,matrimonio y defunción, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de AÑAVILE, cuya delegación de facultades registralesse aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales,reglamentarias y administrativas, que regulan lasinscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 01044-2 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4A/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G39/G31/G37/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4A/G45/G46/G2F /G52/G45/G4E/G49/G45/G43 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 772-2006-JEF/RENIEC Lima, 9 de agosto de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2665-2006-GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones y el Oficio Nº 1976-2006-GAJ/ RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificaciónde las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme a lo dispuesto por Resolución Jefatural Nº 001-99-JEF/RENIEC del 4 de enero de 1999, las certificaciones de Actas de nacimiento, matrimonio o defunciones que expide el RENIEC, a través de las Oficinas del Registro de Estado Civil requieren para suuso en el exterior la constancia de verificación de lafirma del funcionario que las expidió; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 917-2005-JEF/ RENIEC se delegó y ratificó la labor de autenticación defirmas de Registradores del Estado Civil en copiascertificadas y constancias para uso en el exterior a diversos funcionarios y servidores de las Jefaturas Regionales de Lima, Piura, Iquitos, Arequipa, Puno, Cusco, Trujillo y Huancayo, a efectos de descentralizar dicho servicio a nivel nacional; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 232-2006- JEF/RENIEC se dejó sin efecto la delegación defunciones para la autenticación de firmas deRegistradores del Estado Civil al personal de las Jefaturas Regionales de Piura, Iquitos, Arequipa, Cusco, Trujillo, Huancayo y Puno, conferida mediante ResoluciónJefatural Nº 917-2005-JEF/RENIEC y sus modificatorias; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 425-2006-JEF/ RENIEC, de fecha 8 de junio de 2006, se designó en elcargo de confianza de Jefe Regional Lima de la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, al señor abogado Carlos Alfredo Fernándezde Córdova Macera; luego de haberse dado por concluidala designación del señor ingeniero Juan Antonio HuertaValverde en dicho cargo, mediante Resolución JefaturalNº 424-2006-JEF/RENIEC; Que, con el Oficio Nº 2665-2006-GO/RENIEC, la Gerencia de Operaciones solicita la emisión de laResolución Jefatural correspondiente, autorizando alseñor abogado Carlos Alfredo Fernández de Córdova Macera para el desarrollo de la función de autenticaciónde firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior; Que, estando a lo expuesto y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado porResolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF , publicada el 5 de diciembre de 2005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el ítem 10 del artículo 1º de la Resolución Jefatural Nº 917-2005-JEF/RENIEC, sobre delegación de la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior, en el ámbito de lacircunscripción territorial de la Jefatura Regional Lima;en los siguientes términos: Nº REGIÓN NOMBRE DNI CONDICIÓN 10 LIMA CARLOS ALFREDO FERNÁNDEZ 08775325 TI TULAR DE CÓRDOVA MACERA Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 01044-1 MINISTERIO PÚBLICO /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C /G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G4D/G69/G78/G74/G61/G64/G65/G20/G4C/G61/G75/G72/G69/G63/G6F/G63/G68/G61/G2C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 044-2006-MP-FN-JFS Lima, 11 de agosto de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Las solicitudes de renuncia formuladas por el doctor Ricardo Marcelino Robles y Coz, al cargo de Fiscal ProvincialTitular designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Lauricocha del Distrito Judicial de Huánuco. Que, por Acuerdo Nº 768 adoptado en sesión extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 10.8.2006 se acordó por unanimidad aceptar la renuncia peticionada por el recurrente; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público-y en cumplimiento del precitado Acuerdo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor RICARDO MARCELINO ROBLES Y COZ, al cargo de Fiscal Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Lauricocha del Distrito Judicial de Huánuco, materia de la Resolución Nº 953-2006-MP-FN. Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución al Presidente del Consejo Nacional de la Magistraturapara la cancelación del título que nombra al citadomagistrado como Fiscal Provincial Titular del Distrito Judicial de Huánuco, materia de la Resolución Nº 099- 1987-JUS de fecha 6.5.1987. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial deHuánuco, a la Gerencia Central de Recursos Humanos, ala Gerencia de Registro de Fiscales y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 01034-1