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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326630El Peruano domingo 20 de agosto de 2006 aplicables a las entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios yefectuar los cobros correspondientes; Que, el artículo 2º del referido Decreto Supremo señala que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerála descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, en las condiciones y limitaciones para su comercialización silas hubiere, el monto del precio expresado por porcentaje deUIT y su forma de pago; Que, la Marina de Guerra del Perú aprobó la relación de bienes y/o servicios que constituyen actividades comerciales que realizan sus Dependencias y/o Unidades con la Resolución Ministerial Nº 1142-DE/SG de fecha 28 desetiembre de 2001, las cuales no afectan el cumplimiento delos objetivos y metas institucionales aprobadas y nopresentan riesgo de deterioro del equipamiento einfraestructura física en perjuicio del patrimonio del Estado; Que, es necesario actualizar la relación de los bienes y/o servicios que constituyen actividades comerciales querealizan Dependencias y/o Unidades de la Unidad Ejecutora004: Marina de Guerra del Perú, del Pliego 026: Ministerio deDefensa, aprobada mediante el Artículo 1º de la precitadaResolución Ministerial Nº 1142, atendiendo que actualmente éstas han sido incrementadas en VEINTIOCHO (28) A LAS CUARENTA Y UNO (41) ya existentes, las cuales hacen untotal de SESENTA Y NUEVE (69) actividades comerciales,que permitirá la captación de Recursos DirectamenteRecaudados a las Unidades Operativas de la Instituciónmediante sus entes generadores; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Actualizar la relación de bienes y/o servicios que constituyen actividades comerciales que realizan las Dependencias y/o Unidades de la UnidadEjecutora 004: Marina de Guerra del Perú, del Pliego026: Ministerio de Defensa, aprobada mediante el Artículo1º de la Resolución Ministerial Nº 1142-DE/SG de fecha28 setiembre 2001, conforme a las SESENTA Y NUEVE (69) actividades de comercialización que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Deróguese, modifíquese o sustitúyase toda norma administrativa que se oponga a lo dispuestopor la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 01239-5 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F /G61/G20 /G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61 /G22/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 835-2006-DE/CCFFAA Lima, 17 de agosto de 2006 Visto, el Oficio Nº 466/MAAG-ent del 25 de julio del 2006, del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar(USMAAG) de los Estados Unidos, en el cual hace extensiva la invitación para que un Oficial Superior del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú,participe en la “Conferencia Regional deComunicaciones”, la misma que se llevará a cabo enSan Antonio, Texas del 27 al 31 de agosto 2006. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio deun Oficial del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, para que participe de la invitación antesmencionada. Que, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, ha designado para participar en elseminario en mención, al Coronel EP Marco Antonio JIMENEZ LAZO; Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimentación que irrogue la mencionada Comisión delServicio serán solventados por el Gobierno de losEstados Unidos de América, no generando gastos alTesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que será cubierta por el Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior deServidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Leydel Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047/2002-PCM de fecha 5 de juniode 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel EP Marco Antonio JIMENEZLAZO, para que participe en la “Conferencia Regional deComunicaciones” la misma que se llevará a cabo en SanAntonio, Texas del 27 al 31 de agosto de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagosque correspondan de acuerdo a las disposicionesvigentes: TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para variar la fecha de inicio otérmino de la comisión, sin exceder el plazo totalestablecido. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación, durante su estadía en esa ciudad seránsolventados por el Gobierno de los Estados Unidos deAmérica, no irrogando gastos al Tesoro Público, salvoen lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha26 de enero de 2004, modificado con Decreto SupremoNº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 01239-3 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G73/G20 /G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G73/G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G50/G61/G7A/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G61/G69/G74/GED/G20/G2D/G20/G4D/G49/G4E/G55/G53/G54/G41/G48 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 836-2006/DE-CCFFAA Lima, 17 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 1037-2005-DE/CCFFAA de fecha 17 de noviembre del 2005, se autoriza el viaje al exterior en