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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (20/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 20 de agosto de 2006 326645REPUBLICADELPERU interposición de su recurso de apelación existe distorsión de su oferta en los términos y cantidades que se han expuesto,quedando la propuesta no válida; Que, en cuanto a la procedencia o no del recurso de apelación interpuesto por BIONET S.A. contra los ítems 2y 3 correspondiente a los módulos de Química y Biología, es de aplicación lo establecido de manera expresa por el numeral 5) del artículo 157º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo queestablece que el recurso de apelación será declaradoimprocedente cuando el impugnante carezca de legitimidadprocesal para impugnar el acto objeto de cuestionamiento, lo que efectivamente sucede en caso de autos toda vez que la impugnante no tiene la calidad de postor en los Ítems2 y 3; Que respecto de las denuncias que hace respecto a que las ofertas técnicas efectuadas por el postor ganadorde la Buena Pro en los Ítems 2 y 3 por la empresa DE LORENZO S.R.L. no reúnen las características ni las especificaciones técnicas mínimas requeridas por lasbases administrativas; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Legal, lo señalado por la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General, el Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contratación y Adquisiciones del Estado, elDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones de Estado y el D.S. Nº 063-2006-EF y lo dispuesto por la autoridaduniversitaria, se expide la presente resolución; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, concordantecon el artículo 27º del Estatuto de la UNE y los alcancesde la Resolución Nº 006-2006-AU-UNE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso de Apelación interpuesto por BIONET S.A.contra el otorgamiento de la Buena Pro en el Item 1Módulo de Física en el Proceso de Selección de laLicitación Pública Nº 003-2006-UNI "Adquisición de equipos de Laboratorio por encargo. Convenio Específico Nº 01-2005-UNE-UNI: Ampliación de los Laboratoriosde la Facultad de Ciencias de la UNE". Artículo 2º.- DECLARAR DE OFICIO la nulidad de la Buena Pro del Ítem 1 Módulo de Física otorgado al postorBIONET S.A, procediéndose a declarar desierta la convocatoria al no quedar ninguna propuesta válida, debiendo realizarse una nueva convocatoria. Artículo 3º.- DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por BIONET SA. contrael otorgamiento de Buena Pro en los ítems 2 y 3, porquecarece de legitimidad para obrar el impugnante y por no haber presentado su propuesta en los ítems 2 y 3. Artículo 4º.- COMUNICAR los alcances de la presente resolución a BIONET S.A. para su conocimientoy fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MÁXIMO JUAN TUTUTY ASPAUZA Rector 01206-1 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 PROMPEX /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G61/G72/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G45/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G2D/G20/G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 055-2006-PROMPEX/DE Lima, 9 de agosto del 2006CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 805 se creó la Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX, con el objetivo de promover lasexportaciones de productos peruanos; Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones - ROFaprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover las exportaciones peruanas,facilitando y contribuyendo al posicionamiento yconsolidación de los bienes y servicios en el mercado internacional, a través de una acción concertada con el sector privado y las diferentes instituciones públicasrelacionadas con el comercio exterior del país, buscandoel desarrollo sostenible de las exportaciones en base alcrecimiento y diversificación de la oferta exportableperuana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y la apertura y consolidación de los mercados de exportación; Que, para el desarrollo de los objetivos señalados en su Ley de Creación, así como en el ROF , PROMPEXrealiza diversas actividades de prestación de servicios,destinadas al desarrollo de la oferta exportable así como a la apertura y consolidación de mercados de exportación, las mismas que implican un costo que debe ser cubiertopor los usuarios de los servicios de PROMPEX; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollaractividades de comercialización de bienes y servicios, así como efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y quemediante Resolución del Titular de la Entidad seestablezca la descripción de los bienes y servicios objetode comercialización, debiendo publicarse la referidaResolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, de acuerdo al literal c) del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 805, faculta a PROMPEX a obtenerrecursos por los servicios que ofrece, por lo que resultanecesario aprobar la relación de servicios quePROMPEX desarrolla, así como el costo de los mismos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003- MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión para la Promoción deExportaciones - PROMPEX, cuyo artículo 16º estableceque el Director Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutivade la entidad, Titular de la entidad y del PliegoPresupuestario; Que, mediante Resolución Suprema Nº 036-2005- MINCETUR, se designó al señor Juan Carlos MathewsSalazar, como Director Ejecutivo de PROMPEX; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 15) del artículo 17º, del Reglamento de Organización yFunciones de la Comisión para la Promoción de las Exportaciones - PROMPEX, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Carta de Servicios de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, la misma que consta de catorce (14)servicios con sus respectivos precios. Artículo 2º .- La presente Resolución es de estricto cumplimiento por parte de todos los funcionarios de laComisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Carta de Servicios 2006 de PROMPEX aprobada mediante Resolución deDirección Ejecutiva Nº 050-2006-PROMPEX/DE. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Servicios de Información y Comercio Electrónico, publique la presente Resolución en la página Web institucional, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a lafecha de su aprobación. Regístrese y comuníquese. JUAN CARLOS MATHEWS S. Director Ejecutivo