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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de diciembre de 2006 335288 modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Delegar a la Secretaría General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2007, las siguientes facultades y atribuciones del Titular del Pliego 010: Ministerio de Educación: a) De gestión y resolución respecto de las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo y el logro de las metas previstas para dicho ejercicio. b) De gestión y resolución que correspondan al Titular del Pliego en materia presupuestaria, las mismas que se detallan a continuación: - Autorización de Modi fi caciones Presupuestarias entre Actividades y proyectos de una misma Unidad Ejecutora o entre Unidades Ejecutoras. - Aprobación de las Resoluciones de Modi fi caciones Presupuestarias mediante créditos y anulaciones presupuestarias entre Unidades Ejecutoras. - Aprobación de las Resoluciones de Formalización de Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. - Aprobación de la Distribución de la Asignación Trimestral entre Unidades Ejecutoras, así como de las Actividades y Proyectos que comprenden. - Autorización de la creación de nuevas Actividades y Proyectos así como la designación de sus responsables. - Aprobación del Informe de Evaluación Semestral y Anual del Pliego. - Otras decisiones con incidencia presupuestal, con excepción de las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Institucional. Artículo 2°.- La delegación prevista por la presente Resolución comprende la facultad de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales vigentes establecidos para cada caso. Artículo 3°.- Designar a los responsables de la administración de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, en base a criterios de e fi ciencia, efi cacia y economía, así como de su ejecución presupuestaria a nivel de Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos, Componentes y el logro de las Metas Presupuestarias previstas en el presupuesto aprobado para el Año Fiscal 2007 del Pliego 010 Ministerio de Educación: UNIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE EJECUTORA 001 USE 01 San Juan de Mira fl ores Director de la UGEL 002 USE 02 San Martín de Porres Director de la UGEL 003 USE 03 Cercado Director de la UGEL 004 USE 04 Comas Director de la UGEL 005 USE 05 San Juan de Lurigancho Director de la UGEL 006 USE 06 Vitarte Director de la UGEL 007 USE 07 San Borja Director de la UGEL 017 Dirección de Educación de Lima Director de Educación 020 Conservatorio Nacional de Música Director General 021 Escuela Nacional de Bellas Artes Director General 022 Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico Director General 023 Escuela Nacional Superior de Folklore “J.M.A.” Director General 024 Sede Central Secretario General 026 Prog. Educación Básica Para Todos Secretario General 027 Mejoramiento de la Calidad de la Educación Secretario General Primaria 028 Mejoramiento de la Calidad de la Jefe de la O fi cina Educación en los Niveles de Primaria de Gestión de (Inicial 5 años) y Secundaria y de Educación Proyectos para el Trabajo 029 Programa Huascarán Secretario General 030 Programa de Educación en Áreas Rurales Jefe de la O fi cina de Gestión de Proyectos 108 Programa Nacional de Infraestructura Jefe de la O fi cina Educativa de Infraestructura Educativa 109 Programa de Movilización Nacional para la Director Técnico Alfabetización Ejecutivo del Programa Nacional de Movilización por la AlfabetizaciónUNIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE EJECUTORA 110 Complejo Arqueológico de Chan Chan Director del “Plan Maestro de Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan ” Artículo 4°.- Los Jefes de Unidades Ejecutoras tienen la responsabilidad de garantizar la legalidad y el control de los ingresos y gastos, y el cumplimiento de las reglas de carácter presupuestario, de acuerdo a la normatividad vigente, la implementación en sus distintas dependencias, y de las disposiciones establecidas por la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado. Artículo 5°.- Encargar a las O fi cinas de Auditoría Interna de las Unidades Ejecutoras, el control, veri fi cación y seguimiento pertinente. Artículo 6°.- Transcribir la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, Contraloría General de la República, Dirección Nacional del Presupuesto Público; asimismo, a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego, y a las unidades orgánicas del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 9469-1 ENERGÍA Y MINAS Aprueban Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos DECRETO SUPREMO Nº 072-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26848, se aprobó la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos; Que, la Segunda Disposición Transitoria de la referida Ley dispone que el Poder Ejecutivo dictará el Reglamento correspondiente, el mismo que debe se aprobado por Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 26848, Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, conformado por ocho Títulos, ciento veintitrés (123) artículos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias, una (1) Disposición Transitoria y un (1) Anexo de De fi nición de Términos, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Economía y Finanzas, y entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas