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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2006 (05/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G33/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de enero de 2006 Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolución al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 00063 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 672-2005-EF/10 Lima, 30 de diciembre de 2005 Visto el Oficio Nº 1930-2005-PP-EF/16 del Procurador Público, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO:Que, la empresa Construcciones Listos S.A.C interpuso recurso de queja contra el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de La Victoria, por proseguir con la cobranza coactiva de una deuda respecto de la cual se encuentra pendiente una reclamación; Que, mediante Proveído Nº 01716-1-2004, reiterado mediante Proveído Nº 00137-1-2005 de fechas 12 de noviembre de 2004 y 21 de enero de 2005, respectivamente, se requirió y reiteró a la Administración que informara sobre diversos hechos y remitiera diversa documentación relacionada a la queja interpuesta, otorgándosele para tal efecto el plazo de diez (10) y siete (7) días hábiles respectivamente; Que, ante el incumplimiento de la Administración, el Tribunal Fiscal dictó la Resolución Nº 01311-1-2005 de fecha 1 de marzo de 2005, mediante la cual reiteró los mencionados Proveídos, otorgándose un plazo de cinco (5) días hábiles de notificada, bajo apercibimiento deformularse la denuncia penal correspondiente; Que, dado que la Administración no cumplió con lo señalado en la citada resolución a pesar de haber sido debidamente notificada, estando el Tribunal Fiscal obligado a emitir pronunciamiento sobre la queja planteada, procedió a resolverla con la documentación que corre en autos, debiendo considerarse para tal efecto lo dispuesto en el numeral 1.7 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, concordado con el artículo 42º de la citada norma, dictando la Resolución Nº 02694-1-2005 de 29 de abril de 2005 que declaró fundada la queja debiendo suspenderse el procedimiento de cobranza coactiva iniciado contra la quejosa respecto a las Resoluciones de Determinación Nºs. 004393-2004/DR/MDLV a 004645-2004/MDLV y ordenar el levantamiento definitivo de las medidas cautelares que se hubieren trabado, de ser el caso, y, asimismo se ordenó remitir la resolución al Procurador Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para sus efectos, dado el reiterado incumplimiento por parte de la Administración Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fiscal; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte de la Administración Tributaria a los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comisión de los delitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los artículos 368º y 377º del Código Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administración Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el Poder Judicial a través del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Público del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil;Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comisión de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Distrital de La Victoria la comisión de los delitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolución al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 00064 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G43/G61/G6C/G65/G6E/G64/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G73 /G64/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F /G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2006-EF/76.01 Lima, 3 de enero de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 046-2005- EF/76.01 se aprobó el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año fiscal 2005; Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calendario de Compromisos del mes de diciembre de los Organismos comprendidos en el Gobierno Nacional; Estando a lo informado por la Dirección de Programación, Evaluación Presupuestal y Procesamiento de la Dirección Nacional del Presupuesto Público; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º.1 de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 24º de la Directiva Nº 003-2005-EF/ 76.01 Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el año fiscal 2005 aprobada por la Resolución Directoral Nº 005-2005-EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos del mes de diciembre del Ejercicio Fiscal 2005, en los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º.- La aprobación del Calendario de Compromisos no convalida los actos o acciones que no se ciñan a la normatividad vigente, de conformidad con el Artículo 30º.3 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 3º.- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el Artículo 1º, para el Gobierno Nacional se desagrega a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento. Artículo 4º.- Las modificaciones a los Calendarios de Compromisos de los pliegos del Gobierno Nacional, autorizados por la Dirección Nacional del Presupuesto Público durante el Cuarto Trimestre del Ejercicio Fiscal 2005 reajustan, de ser necesario, el valor de la Asignación