Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2006 (05/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de enero de 2006

La Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Asesorar en la formulacion de politicas del Sector Salud, conduciendo su implementacion asi como la articulacion y evaluacion. b) Coordinar con el Consejo Nacional de Salud, la implementacion de politicas y estrategias de salud en las entidades y dependencias publicas y privadas que conforman el Sector Salud. c) Conducir el MORDAZA para la formulacion, seguimiento y evaluacion del Plan Estrategico Sectorial del Sector Salud, Impartiendo la normatividad acorde con el Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico. d) Conducir el MORDAZA de planeamiento operativo anual, proponiendo y difundiendo la normatividad, metodologias y tecnicas sobre el tema. e) Conducir el seguimiento y evaluacion de la gestion institucional en el Ministerio de Salud. Articulo 19º.- OFICINA DE ORGANIZACION La Oficina de Organizacion esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer los modelos de organizacion asi como los sistemas y procesos organizacionales. b) Elaborar las normas tecnicas de organizacion en el Ministerio de Salud, Organos Desconcentrados y Organismos Publicos Descentralizados. c) Formular y mantener actualizados los documentos de gestion del Ministerio de Salud. d) Disenar, redisenar y mejorar continuamente el MORDAZA de Organizacion. e) Brindar asistencia tecnica en el analisis de procesos, en la implementacion de los modelos organizacionales y aplicacion de las normas tecnicas. f) Formular y proponer los cambios de procedimientos, orientadas al fortalecimiento y a una prestacion de servicios mas eficaz y eficiente al sector privado y a la ciudadania en general. g) Revisar permanentemente la estructura organica y funciones del Ministerio de Salud y de sus organos desconcentrados, proponiendo los cambios necesarios a la Alta Direccion. h) Evaluar los documentos de gestion propuestos por los Organos del Ministerio de Salud, Organos Desconcentrados y Organismos Publicos Descentralizados del Sector. Articulo 20º.- OFICINA DE PRESUPUESTO La Oficina de Presupuesto esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Conducir el MORDAZA de programacion, formulacion, evaluacion y control del presupuesto de las actividades del Ministerio de Salud, de acuerdo a la normatividad vigente. b) Organizar, consolidar, verificar y presentar la informacion presupuestaria de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes. c) Coordinar y controlar la informacion de ejecucion de ingresos y gastos autorizados en el presupuesto y sus modificaciones. d) Evaluar la ejecucion presupuestal, informando sus resultados a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a los organismos competentes de conformidad con las normas que regulan el MORDAZA presupuestario. e) Brindar asistencia tecnica en las fases del MORDAZA presupuestario y la aplicacion de las normas tecnicas. f) Gestionar la asignacion de recursos ante el Ministerio de Economia y Finanzas y canalizar recursos adicionales en caso de motivos excepcionales y/o emergencias que afecten la salud de la poblacion. g) Emitir opinion tecnica de proyectos de normas que impliquen requerimiento de recursos para su aplicacion en el Pliego Ministerio de Salud de conformidad a las normas y disposiciones vigentes. h) Participar en el MORDAZA de Financiamiento en el ambito institucional. i) Desarrollar estudios sobre las cuentas nacionales

de gasto y financiamiento del Sector Salud, de acuerdo a las normas legales vigentes. j) Coordinar la implementacion de sistemas de costeo para mejorar la eficiencia en los gastos en salud. Articulo 21º.- OFICINA DE PROYECTOS DE INVERSION La Oficina de Proyectos de Inversion esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Conducir el Sistema de Inversion Publica en el Sector Salud en el MORDAZA de los lineamientos de politica sectorial y de inversiones en Salud. b) Formular y evaluar el Programa Multianual de Inversiones y el Programa Anual de Inversiones del Ministerio de Salud. c) Emitir opinion tecnica sobre convenios y acuerdos nacionales e internacionales que involucren proyectos de inversion publica. d) Proponer las normas especificas para la formulacion y evaluacion de proyectos de inversion publica en salud. e) Asesorar en la identificacion, formulacion y evaluacion de proyectos y programas de inversion a todas las instituciones involucradas en la funcion salud en el ambito nacional. f) Evaluar y emitir informes tecnicos, sobre los estudios de preinversion a nivel de perfil, prefactibilidad y factibilidad elaborados por los organos designados como Unidades Formuladotas. g) Gestionar la viabilidad de los proyectos aprobados y otorgarla por delegacion del organo competente. h) Priorizar los proyectos de inversion publica que seran financiados por la Cooperacion Tecnica Internacional. i) Mantener actualizada la informacion registrada en el Banco de Proyectos de Inversion Publica. j) Efectuar el seguimiento del avance fisico y financiero de los proyectos de inversion en salud a cargo de las entidades designadas como Unidades Ejecutoras. k) Proponer los parametros tecnicos de inversion del sector para evaluar el impacto logrado por los proyectos en la fase de post-inversion. l) Conducir el MORDAZA de capacitacion en inversion publica en salud, en coordinacion con el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. Articulo 22º.- OFICINA DE COOPERACION INTERNACIONAL La Oficina de Cooperacion Internacional esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Negociar y gestionar hasta su aprobacion, los convenios y documentos similares de cooperacion tecnica y/o financiera internacional para ejecutar proyectos y programas de salud, debiendo estar su contenido de acuerdo con el MORDAZA estrategico del Sector Salud, la politica sectorial y la legislacion peruana. b) Efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluacion de los diferentes proyectos y programas financiados con cooperacion internacional en salud suscritos por el Ministerio de Salud o Gobierno Peruano, brindando el respectivo soporte tecnico a las Direcciones Regionales de Salud. c) Monitorear los flujos y tendencias de la cooperacion internacional en salud en el Peru y mantener actualizada la informacion sobre las modalidades de cooperacion internacional y difundir la disponibilidad y propuestas de asistencia tecnica y financiamiento de la cooperacion internacional. d) Efectuar la evaluacion de los resultados e impacto de la cooperacion tecnica y financiera internacional. e) Proponer las normas, registrar y reportar la autorizacion de donaciones del exterior a la Contraloria General de la Republica y a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, corroborando a traves de los organos tecnicos competentes la efectiva asignacion y uso de las mismas. f) Emitir opinion tecnica favorable para el accionar de las Organismos No Gubernamentales de Desarrollo (ONGDs) y Entidades e Instituciones Extranjeras de

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