Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2006 (05/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 5 de enero de 2006

NORMAS LEGALES
ORGANOS DE ASESORIA

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h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control, aprobado por la Contraloria General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones vigentes. i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte el Ministerio de Salud, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materializacion efectiva, conforme a los terminos y plazos respectivos. Dicha funcion comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control. j) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloria General de la Republica para la ejecucion de las acciones de control en el ambito del Ministerio de Salud; por disposicion de la Contraloria General podran colaborar en otras acciones de control externo por razones operativas o de especialidad. k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables al Ministerio de Salud, de las unidades organicas y personal de este. l) Formular y proponer el presupuesto anual del organo de control Institucional para su aprobacion por el Ministerio de Salud. m) Evaluar e informar al Titular del Sector dentro del ambito de su competencia, sobre el cumplimiento de los planes, programas y metas del Sector, en concordancia con los lineamientos y disposiciones impartidas por la Contraloria General. n) Evaluar e informar al Titular del Sector dentro del ambito de su competencia, sobre el cumplimiento de la normativa aplicable a las entidades y organos desconcentrados del Ministerio de Salud. o) Coordinar, integrar y consolidar la informacion de los organos de control institucional de las entidades y organos desconcentrados del Ministerio de Salud, sobre los informes de control emitidos, el cumplimiento de sus planes anuales de control, asi como la informacion que deban emitir en virtud de encargos legales o por disposicion de la Contraloria General. p) Informar a la Contraloria General sobre el funcionamiento y situacion operativa de los organos de control instituidos en los organos desconcentrados del Ministerio de Salud. q) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloria General. r) Otras funciones que establezca la Contraloria General. ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL Articulo 16º.- PROCURADURIA PUBLICA DEL MINISTERIO DE SALUD La Procuraduria Publica del Ministerio de Salud, es el organo encargado de los asuntos judiciales, representa y defiende ante los organos jurisdiccionales, los derechos e intereses del Estado en lo que atane al Ministerio de Salud. Esta a cargo de un Procurador Publico del Estado, que goza de autonomia en el ejercicio de sus funciones. Tiene a su cargo las siguientes funciones generales: a) Representar y defender los intereses y derechos del Ministerio y Organismos del Sector, ante los organos jurisdiccionales, en los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil, en toda la Republica. b) Ejercer la defensa judicial del Ministerio de Salud y Organismos del Sector, ante cualquier Tribunal o Juzgado de los diferentes distritos y zonas judiciales de la Republica. c) Coordinar con las demas entidades del Sector Publico para efectos del ejercicio de la defensa de los intereses y derechos del Ministerio de Salud y Organismos del Sector a quienes represente y defienda. d) Informar periodicamente al Ministro de Salud de la situacion, causas resueltas o por resolver, asi como de las implicancias y recomendaciones pertinentes. e) Emitir informe anual al Consejo de Defensa Judicial del Estado, respecto de los procesos judiciales que son de su competencia. f) Las demas senaladas en el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias.

Articulo 17º.- OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el organo de asesoria de la Alta Direccion responsable de los sistemas de planeamiento, presupuesto, racionalizacion, inversion y cooperacion internacional en el Sector Salud; coordina, en el ambito de su competencia, con todas las entidades y organismos del Estado, asi como con las dependencias, organos y unidades organicas del Sector Salud y Ministerio de Salud; esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer las politicas y estrategias de largo, mediano y corto plazo; asi como evaluar su cumplimiento y asegurar su articulacion y consistencia con las politicas nacionales que coadyuven al desarrollo del pais. b) Conducir los estudios referidos a diagnosticos y prospectivos del ambito sectorial. c) Formular los planes de largo, mediano y corto plazo, asi como el Plan Estrategico en concordancia con los lineamientos de politicas sectoriales e institucionales y de conformidad con las normatividad vigente. d) Proponer al Ministro de Salud la priorizacion de los programas, proyectos y actividades institucionales, asi como las prioridades del gasto y de la inversion, en MORDAZA y conformidad con los objetivos estrategicos nacionales y sectoriales. e) Conducir los procesos de planeamiento, presupuesto, inversion y organizacion en el ambito sectorial e institucional. f) Formular y difundir la normatividad, metodologia y tecnica de los sistemas y procesos a su cargo, asi como cautelar su cumplimiento. g) Efectuar la programacion, monitoreo y evaluacion de la inversion publica en salud, en el MORDAZA de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica. h) Proponer los modelos de organizacion, procesos y procedimientos brindando la asistencia tecnica en su implementacion. i) Participar conjuntamente con la Direccion General de Salud de las Personas en el diseno e implementacion de herramientas relacionadas con la gestion economica financiera de los servicios de salud a nivel descentralizado. j) Promover la gestion por resultados y definir los indicadores de gestion que el Ministerio de Salud requiera para realizar el seguimiento y evaluacion del avance en la consecucion de los objetivos y las metas, en coordinacion con las Direcciones y Oficinas Generales. k) Estimar los requerimientos complementarios de recursos de endeudamiento y de cooperacion tecnica para el cumplimiento de los objetivos y metas del plan estrategico. l) Disenar, redisenar y mejorar continuamente el MORDAZA de planeamiento y de financiamiento. m) Estimar los requerimientos complementarios de recursos de endeudamiento y de cooperacion tecnica para el cumplimiento de los objetivos y metas del plan estrategico. n) Representar al Ministerio de Salud y al sector ante los Foros Internacionales de Salud y el Sistema de Cooperacion Internacional por delegacion o encargo del Ministro de Salud y cuando el caso lo requiera, en coordinacion con la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Economia y Finanzas. o) Vigilar e informar a la Alta Direccion el cumplimiento de los convenios de cooperacion internacional para lograr la continuidad del financiamiento por las entidades cooperantes. p) Aprobar o aceptar por delegacion del Ministro de Salud, mediante Resolucion Directoral las donaciones con caracter asistencial provenientes del exterior, con la opinion tecnica favorable de los organos competentes y presidir la Mesa Tecnica de Priorizacion de las mismas, velando por su adecuada asignacion, destino y uso. Articulo 18º.- OFICINA DE PLANEAMIENTO Y GESTION INSTITUCIONAL

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