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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G33/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de enero de 2006 cooperación (ENIEX), en coordinación con los órganos del MINSA, buscando su articulación y concordanciacon las acciones sectoriales. g) Gestionar y supervisar el desarrollo del procedimiento de aprobación y aceptación dedonaciones con carácter asistencial provenientes del exterior a cargo del Ministerio. h) Presidir por delegación del Director General de Planeamiento Estratégico, la Mesa Técnica dePriorización de donaciones provenientes del Exterior,velando por la adecuada asignación y destino final de lasmismas, así como supervisar el destino y uso de las donaciones. i) Gestionar la adscripción de los expertos y voluntarios ante la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional y aceptar la participación de becarios enlos proyectos y programas en ejecución, así comopromover acciones cívicas o actividades sanitarias sin fines de lucro. Artículo 23º.- OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA La Oficina General de Asesoría Jurídica es el órgano encargado de prestar el asesoramiento jurídico legal que requiera la Alta Dirección, los Órganos del Ministerio de Salud, Órganos Desconcentrados y OrganismosPúblicos Descentralizados; está a cargo de las siguientesfunciones generales: a) Realizar la actualización de las normas legales relevantes para el Sector Salud. b) Emitir informes a solicitud de la Alta Dirección y de los órganos de línea, apoyo y asesoría del Ministerio deSalud. c) Uniformizar criterios de interpretación e integración normativa entre los Órganos Desconcentrados, Organismos Públicos Descentralizados y Entidades del Ministerio de Salud, a través de dictámenes. d) Elaborar los proyectos de normas legales que disponga la Alta Dirección. e) Revisar y visar los proyectos de dispositivos legales sometidos a su consideración. f) Opinar, informar y absolver consultas que formulen la Alta Dirección y los órganos del Ministerio de Salud, enmateria de derecho sanitario y asuntos jurídico-administrativos. g) Lograr la recopilación, control y sistematización de la legislación relacionada con el Sector Salud y la uniformidad de su interpretación y aplicación con carácter general. h) Proyectar y visar las resoluciones que le sean solicitadas. Artículo 24º.- OFICINA GENERAL DE DEFENSA NACIONAL La Oficina General de Defensa Nacional, es el órgano encargado de prestar el asesoramiento en elplaneamiento, programación, ejecución y supervisión delas acciones de defensa nacional que requiera la AltaDirección, los órganos del Ministerio de Salud, órganos desconcentrados y organismos públicos descentrali- zados; está a cargo de las siguientes funcionesgenerales: a) Conducir el proceso de estudio y planeamiento de la Defensa Nacional, y de la gestión del riesgo y manejo de las emergencias y desastres en el Sector Salud. b) Proponer y difundir las normas, directivas, metodologías e instrumentos para la defensa nacional ygestión del riesgo en el Sector Salud. c) Proponer a la Alta Dirección del Ministerio de Salud la movilización y desmovilización de los recursos necesarios para la atención y control de las emergencias masivas y desastres. d) Establecer los mecanismos de coordinación y comunicación con los integrantes del Sistema deSeguridad y Defensa Nacional, y, Defensa Civil. e) Establecer los lineamientos, estrategias y medios para la difusión, comunicación educativa y capacitación en gestión del riesgo ante situaciones de emergencias ydesastres en el Sector Salud. f) Proponer las normas, conducir e implementar lasacciones de respuesta ante situaciones de emergencias y desastres, promoviendo la participación de lasinstituciones del Sector Salud. g) Promover la implementación de acciones para la acreditación de los establecimientos de salud y serviciosmédicos de apoyo, como instalaciones seguras frente al riesgo de emergencias y desastres. h) Desarrollar acciones para la identificación de peligros y evaluación de la vulnerabilidad y riesgos enlos establecimientos de salud y servicios médicos deapoyo. i) Desarrollar capacidades sectoriales para la movilización y desmovilización de los recursos para la atención y control de emergencias y desastres. j) Proponer la normatividad y velar por el funcionamiento de la atención médica de emergenciacomo componente de los preparativos y respuesta antesituaciones de emergencias, masivas y desastres. k) Promover la creación y fortalecimiento de los centros de operaciones de emergencias y de lascentrales de regulación de emergencias en el ámbitonacional y regional. l) Diseñar los subprocesos de planeamiento de prevención y control, así como de la movilización y logística de intervención y control de emergencias. m)Establecer las estrategias, medios y acciones para el desarrollo de sistemas o redes de emergencias en elámbito nacional y regional. ÓRGANOS DE APOYO Artículo 25º.- OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN La Oficina General de Administración es el órgano responsable de la administración de los sistemas delogística, contabilidad y tesorería, así como de las actividades de ejecución presupuestal del Ministerio de Salud; está a cargo de las siguientes funciones generales: a) Dirigir el proceso logístico integrado del Ministerio de Salud para la provisión de bienes y servicios, en lacalidad, cantidad y oportunidad requerida por los órganos del Ministerio de Salud. b) Dirigir la programación, formulación, ejecución y evaluación del presupuesto de la Unidad Ejecutora 001Administración Central en cumplimiento a la normatividaddel proceso presupuestario. c) Evaluar la efectividad del funcionamiento de los sistemas de abastecimiento, contabilidad y tesorería, que administra, según las normas legales que los regulan. d) Producir la información contable, presupuestal, financiera y logística de la Unidad Ejecutora 001, e integrary asesorar en la elaboración de la información contable,presupuestal y financiera del pliego Ministerio de Salud. e) Diseñar y establecer los subprocesos de contabilidad y análisis financiero del proceso definanciamiento. f) Producir información logística para la toma de decisiones de la Alta Dirección y los Organismos Públicoscorrespondientes, en cumplimiento a la normatividad vigente. g) Vigilar en el ámbito de su competencia el establecimiento del control interno previo y concurrentey posterior. h) Diseñar, rediseñar y mejorar continuamente el proceso logístico integrado. Artículo 26º.- OFICINA DE ECONOMÍA La Oficina de Economía está a cargo de las siguientes funciones generales: a) Efectuar la programación, formulación, ejecución y evaluación del presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central. b) Gestionar los recursos financieros para cumplir con la programación del gasto del Ministerio de Salud yde las dependencias que se le encargue, en el marco delas normas que regulan el proceso presupuestario del Estado. c) Establecer los indicadores, analizar, interpretar e informar periódicamente la situación y proyecciónfinanciera para la toma de decisiones a nivel de unidades