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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2006 (15/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G32/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de enero de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G4E/GBA/G20/G32/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G64/G6F/G65/G6E/G74/G72/G65/G20 /G65/G6C/G20 /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G45/G73/G74/G61/G64/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G20/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G64/G65/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2006-PCM Lima, 13 de enero de 2006 CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Suprema Nº 254-2004-PCM se aprobó el Convenio de Administración de Recursos celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística e Informática y el Fondo de Población de las Naciones Unidas,con el propósito de fortalecer las capacidades de gestión yadministración del Instituto Nacional de Estadística eInformática, para viabilizar las actividades preparatorias delX Censo de Población y V de Vivienda; Que por Resolución Suprema Nº 085-2005-PCM se aprobó la Adenda Nº 1 al Convenio en mención, la cualamplió su objeto a la ejecución del X Censo de Poblacióny V de Vivienda; Que, se ha celebrado la Adenda Nº 2 al Convenio en mención, la cual amplía su objeto a la ejecución de la Encuesta Continua hasta su culminación; Que, la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuestoestablece que las adendas y revisiones a los Convenios deAdministración de Recursos u otras modalidades similaresque amplíen su vigencia o que modifiquen añadan metas no contempladas originalmente deben ser aprobadas por Resolución Suprema; Estando a la opinión favorable de la Oficina Ejecutiva de Planificación y Presupuesto del Instituto Nacional deEstadística e Informática; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Adenda Nº 2 al Convenio de Administración de Recursos celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística e Informática y el Fondo de Población de las Naciones Unidas; aprobado porResolución Suprema Nº 254-2004-PCM, la misma queamplía su objeto. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 00873 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G61/G20 /G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20 /G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G49/G52/G54/G50/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F /G64/G65/G20/G72/G65/G74/G61/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G6F/G73/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2006-PCM Lima, 12 de enero de 2006 Vistos, el Oficio Nº 014-2006-PCM/PRO.-500 de la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de laPresidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 003-2006-PE/IRTP, del Presidente Ejecutivo del InstitutoNacional de Radio y Televisión del Perú; y,CONSIDERANDO: Que, el Informe Especial Nº 003-2005-IRTP/OGAI - “Funcionarios del IRTP no realizan a tiempo accionesnecesarias para el recupero por incumplimiento de contratode canje publicitario”, de la Oficina General de AuditoríaInterna del Instituto Nacional de Radio y Televisión delPerú - IRTP recomienda el inicio de las acciones penales correspondientes contra las señoras América Victoria Polo Polo, Gerente General (e) y Gerente de Administración yFinanzas del IRTP y Carmen del Rosario Oliva Cacciatore,Gerente de Comercialización del IRTP, por la presuntacomisión del delito de retardo de actos funcionales, deconformidad con el artículo 377º del Código Penal; Que, estando a lo dispuesto por el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, es atribución del Sistema emitir, como resultadode las acciones de control efectuadas, los informesrespectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba pre-constituida para el inicio de acciones administrativas y/o legales que seanrecomendadas en dichos Informes; Que, el numeral 6.2 del artículo 6º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prevé quepuede motivarse un acto administrativo mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones oinformes obrantes en el expediente, a condición que se lesidentifique de modo certero, y que por esta situaciónconstituyan parte integrante del respectivo acto; Que, en tal sentido, resulta pertinente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interpongalas acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la Ley Nº 27444, Leydel Procedimiento Administrativo General, el DecretoSupremo Nº 009-2003-PCM, que adscribió al IRTP al Sectorde la Presidencia del Consejo de Ministros y el Reglamentode Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-2005- PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y defensa de losintereses del Estado, inicie e impulse las acciones judicialescorrespondientes contra las señoras América Victoria PoloPolo, Gerente General (e) y Gerente de Administración yFinanzas del IRTP y Carmen del Rosario Oliva Cacciatore, Gerente de Comercialización del IRTP, de conformidad con el Informe Especial Nº 003-2005-IRTP/OGAI “Funcionariosdel IRTP no realizan a tiempo acciones necesarias para elrecupero por incumplimiento de contrato de canjepublicitario”, de la Oficina General de Auditoría Interna delInstituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, que constituyen parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 00812 AGRICULTURA /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G63/G75/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/GC1/G6E/G74/G72/G61/G78/G20/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2006-AG-SENASA-DGSA La Molina, 12 de enero de 2006