Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2006 (15/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de enero de 2006

Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 00787

si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 00788

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 694-2005-EF/10
MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 Visto el Oficio Nº 1927-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA Badillo MORDAZA interpuso recurso de queja contra el Ejecutor Coactivo del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ­SAT- por infringir las disposiciones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva; Que, mediante Proveido Nº 01053-1-2004, reiterado mediante Proveido Nº 01509-1-2004 de fechas 06 de agosto y 15 de octubre de 2004, respectivamente, se requirio y reitero a la Administracion que informara sobre diversos hechos y remitiera diversa documentacion relacionada a la queja interpuesta, otorgandosele para tal efecto el plazo de diez (10) y siete (07) dias habiles respectivamente; Que, ante el incumplimiento de la Administracion, el Tribunal Fiscal dicto la Resolucion Nº 0014-1-2005 de fecha 04 de enero de 2005, mediante la cual reitero los mencionados Proveidos, otorgandose un plazo de cinco (05) dias habiles de notificada, bajo apercibimiento de formularse la denuncia penal correspondiente; Que, dado que la Administracion no cumplio con lo senalado en la citada resolucion a pesar de haber sido debidamente notificada, estando el Tribunal Fiscal obligado a emitir pronunciamiento sobre la queja planteada, procedio a resolverla con la documentacion que corre en autos, debiendo considerarse para tal efecto lo dispuesto en el numeral 1.7 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dictando la Resolucion Nº 02076-1-2005 de 05 de MORDAZA de 2005 declarando infundada la queja interpuesta, y, asimismo se ordeno remitir la resolucion al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para sus efectos, dado el reiterado incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fiscal; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que

Aprueban "Lineamientos de Politica Arancelaria"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 005-2006-EF/15
MORDAZA, 12 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, establece que le corresponde a este, planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la politica arancelaria, en coordinacion con otros sectores, cuando corresponda; Que, por su parte, el Articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, dispone que le corresponde a este, a traves del Ministerio de Economia y Finanzas, planear, dirigir y controlar, entre otros, los asuntos relativos a la politica fiscal, financiacion y comercio exterior; asi como, administrar la ejecucion de las politicas aduanera y de tributacion nacional; Que, el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, prescribe que el Ministro establece los objetivos y orienta, formula, dirige y supervisa las politicas de su competencia, en MORDAZA con las disposiciones constitucionales, la politica general y los planes del Gobierno; ademas expide resoluciones ministeriales; Que, el inciso c) del Articulo 3º de la Resolucion ViceMinisterial Nº 148-99-EF-13.03, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas y sus normas modificatorias, establece como funcion general de dicho ministerio planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la politica arancelaria; Que, con el objeto de difundir el diseno de politica arancelaria del Ministerio de Economia y Finanzas, la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia e Inversion Privada de dicho ministerio ha elaborado el documento denominado "Lineamientos de Politica Arancelaria" desde la perspectiva de la liberalizacion unilateral de aranceles en conexion con el MORDAZA de las negociaciones comerciales internacionales vigentes; De conformidad con el inciso e) del Articulo 7º de la Resolucion Vice-Ministerial Nº 148-99-EF-13.03, y el

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