Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2006 (15/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de enero de 2006

MIMDES, con personeria juridica de derecho publico interno que goza de autonomia tecnica, economica, financiera, administrativa y de gestion en el cumplimiento de sus funciones, sujeto a control, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Mujer y Desarrollo Social. Articulo 5º.- De la vision. Es vision del CONADIS constituirse en la institucion lider y modelo en la promocion desarrollo y gestion de politicas publicas para la integracion y reinsercion de las personas con discapacidad, en la sociedad, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos. Articulo 6º.- De la mision. La mision del CONADIS es lograr que las personas con discapacidad alcancen su desarrollo e integracion social, economica y cultural, mediante el establecimiento de politicas y aplicacion de un regimen de proteccion legal de atencion en salud, prevencion, rehabilitacion, seguridad social, educacion y trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27050. Articulo 7º.- De los objetivos. Son objetivos del CONADIS: a) Contribuir a reducir la pobreza, la discriminacion y toda forma de exclusion de las personas con discapacidad, para que alcancen su desarrollo e integracion social, economica y cultural en un MORDAZA de igualdad de oportunidades. b) Consolidar al CONADIS como una institucion eficiente e integrada que gestiona con neutralidad y transparencia las politicas y los programas sociales en materia de integracion de la persona con discapacidad, promoviendo la participacion y la vigilancia ciudadana. c) Fortalecer las capacidades sociales, economico culturales y deportivas de la poblacion de personas con discapacidad y sus organizaciones, que les permita elaborar, gestionar y conducir programas y proyectos de desarrollo social, asi como acceder a servicios integrados de calidad. d) Consolidar e institucionalizar modelos de gestion descentralizados de concertacion y participacion entre el Estado, las personas con discapacidad y la sociedad civil, que permitan procesos sostenibles de desarrollo economico y social en el ambito local y regional. TITULO III FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 8º.- De las funciones del CONADIS. Son funciones del CONADIS, las siguientes: a) Formular las politicas para la promocion, prevencion, atencion e integracion social de las personas con discapacidad; b) Aprobar proyectos de corto, mediano y largo plazo, para el desarrollo social y economico del sector poblacional con discapacidad; c) Apoyar y promover el financiamiento de los proyectos que desarrollen las organizaciones de las personas con discapacidad; d) Difundir, fomentar y apoyar la formulacion e implementacion de programas de prevencion, educacion, rehabilitacion e integracion social de las personas con discapacidad; e) Supervisar el funcionamiento de los organismos que brindan atencion y proteccion a las personas con discapacidad; f) Fomentar y organizar eventos cientificos, tecnicos y de investigacion que tengan relacion directa con las personas con discapacidad; g) Dirigir el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; h) Imponer y administrar multas por el incumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley Nº 27050 y su Reglamento, salvo disposicion distinta establecida por ley; i) Concertar con el sector privado, el otorgamiento de beneficios para las personas con discapacidad; j) Ejercer las funciones especificas que le asigne el Reglamento de la Ley Nº 27050; k) Promover la creacion de guarderias y albergues temporales descentralizados para personas con discapacidad, a traves de programas de voluntariado. l) Recomendar a las entidades de los sectores publico y privado, la ejecucion de prestaciones en materia de atencion

integral, sistemas previsionales e integracion social de las personas con discapacidad, asi como promover las prestaciones economicas, sociales, orientacion y asesoria juridica; m) Otras funciones que se le asignen por Ley. Articulo 9º.- De la estructura organica. La estructura organica del CONADIS es la siguiente: ORGANOS DE ALTA DIRECCION - Consejo Nacional. - Secretaria Ejecutiva. ORGANO CONSULTIVO - Comite Consultivo. ORGANO DE CONTROL - Oficina de Control Institucional. ORGANOS DE ASESORAMIENTO - Oficina de Asesoria Juridica. - Oficina de Planeamiento y Presupuesto. ORGANO DE APOYO - Oficina de Administracion. ORGANOS DE LINEA - Direccion de Promocion y Desarrollo Social. - Direccion de Investigacion y Registro. - Direccion de Normatividad. TITULO IV ORGANOS DE LA ALTA DIRECCION CAPITULO I CONSEJO NACIONAL Articulo 10º.- Del Consejo Nacional. El Consejo Nacional es el MORDAZA organo de direccion del CONADIS, al que corresponde fijar la politica Institucional para el mejor cumplimiento de sus fines y objetivos que le senala la Ley, de acuerdo a los lineamientos de politica que establezca el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Articulo 11º.- De las funciones. Son funciones del Consejo Nacional: a) Aprobar la politica general del CONADIS en concordancia con la politica sectorial determinada por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. b) Aprobar los Estados Financieros y la Memoria Anual del CONADIS. c) Aprobar el Reglamento de Sesiones del Consejo Directivo. d) Proponer la modificacion de normas y/o la adopcion de medidas para lograr de manera eficaz y eficiente los objetivos y metas institucionales. e) Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) y el Plan Estrategico Institucional (PEI). f) Disponer investigaciones y auditorias cuando lo considere pertinente. g) Aprobar la aplicacion de los superavit economicos o saldos de Balance, asi como de otros ingresos extraordinarios no previstos en el presupuesto. h) Otorgar y revocar poderes. i) Otorgar licencia a los miembros del Consejo Directivo. j) Las demas funciones que se le asigne o le corresponda de acuerdo a Ley. Articulo 12º.- Conformacion. El Consejo Nacional esta integrado por: a) Un representante del Presidente de la Republica, quien lo presidira. b) El Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros. c) El Viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. d) El Viceministro de Gestion Institucional del Ministerio de Educacion. e) El Viceministro de Salud del Ministerio de Salud. f) El Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo.

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