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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2006 (15/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G32/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de enero de 2006 g) El Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal del Ministerio de Defensa. h) El Viceministro del Ministerio del Interior, i) El Gerente General del Seguro Social de Salud - ESSALUD. j) Tres representantes, elegidos entre los miembros de las asociaciones de Personas con Discapacidad Física,Discapacidad Auditiva y de Lenguaje, y Discapacidad Visual, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Nacional de las Personas con Discapacidad. k) Un representante elegido entre los miembros de las asociaciones de Familiares de Personas con Discapacidad Intelectual, legalmente constituidas e inscritas en el RegistroNacional de las Personas con Discapacidad. I) Un representante elegido entre los miembros de las asociaciones de Familiares de Personas con Discapacidadde Conducta, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Nacional de las Personas con Discapacidad. m) Un representante de la Federación Deportiva Especial. Artículo 13º.- De las Dietas. Los miembros del Consejo Nacional que representan al Estado no percibirán dieta. Los miembros del Consejo que representan a la Sociedad Civil percibirán al mes como máximo, (1) dieta por sesión ordinaria y una (1) dieta por sesión extraordinaria, a la que asistan efectivamente. Artículo 14º.- De los Impedimentos. No podrán ser designados miembros del Consejo Nacional: a) Los que tengan relación laboral o contractual con el CONADIS. b) Los quebrados e insolventes. c) Los parientes de quienes prestan servicios en el CONADIS, hasta el cuarto grado de consanguinidad o hasta el segundo grado de afinidad, los cónyuges o quienes conviven en unión de hecho. d) Los que hayan sido inhabilitados para ejercer la función o que tengan sentencia condenatoria judicial consentida. e) Los que tengan juicio penal pendiente contra el CONADIS. Artículo 15º.- De la vacancia. Se declara vacante el cargo de miembro del Consejo Nacional: a) Por renuncia aceptada, o por remoción, según corresponda. b) Cuando concurra en forma sobreviniente cualquiera de las causales de impedimento establecidas en el artículo 14 del presente Reglamento. c) Por inasistencia a dos (2) sesiones consecutivas o tres (3) sesiones alternadas durante el período de seis (6) meses, salvo los casos de licencia. d) Por fallecimiento o incapacidad física y/o mental permanente, debidamente comprobada. e) Por condena en caso de delito doloso. Artículo 16º.- Del funcionamiento del Consejo. 16.1 El Consejo Nacional realizará por lo menos una (1) sesión ordinaria mensualmente y, extraordinariamente cuando lo convoque su Presidente, o cuando lo soliciten lamitad más uno de sus miembros. 16.2 El quórum para las sesiones se constituye con la concurrencia de la mitad más uno de sus miembros y lasdecisiones se toman por mayoría de votos de los asistentes. En caso de empate, el Presidente del Consejo dirime la votación. 16.3 El funcionamiento de las sesiones del Consejo Directivo se regirá por el Reglamento de Sesiones que apruebe el Consejo Directivo. Artículo 17º.- De los Acuerdos del Consejo. Los acuerdos que adopte el Consejo Nacional constarán en un Libro de Actas legalizado de acuerdo a ley, las cuales serán suscritas por todos los miembros asistentes a la sesión. Los miembros del Consejo Directivoson responsables de los acuerdos que adopten salvo que hubieran emitido voto discrepante, de lo cual deberán dejar constancia en Acta.Artículo 18º.- Del Presidente. 18.1 El Presidente del Consejo Nacional es designado por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente delConsejo de Ministros y el titular del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, es el funcionario de mayor jerarquía de la Institución, Titular del PliegoPresupuestal y ejerce la representación legal del CONADIS; asimismo es el encargado de conducir, ejecutar y supervisar los órganos de línea, apoyo y asesoramiento de laInstitución. 18.2 El Presidente del Consejo Nacional tiene las siguientes funciones: a) Representar al Consejo Nacional, ante las autoridades nacionales y extranjeras, en los asuntos de su competencia; b) Proponer al Consejo Nacional, los lineamientos de política en materia de integración de la persona con discapacidad, estrategias, planes y presupuestos dedesarrollo institucional de corto, mediano y largo plazo; c) Convocar a los miembros del Consejo Nacional a las sesiones ordinarias y extraordinarias; presidir y dirigir lassesiones; dirimir las votaciones, así como cumplir y hacer cumplir los Acuerdos del Consejo Nacional; d) Nombrar y cesar a los servidores del CONADIS de acuerdo a la normatividad vigente; e) Proponer al Consejo Nacional, la aprobación de la memoria anual y los estados financieros del CONADIS; f) Suscribir convenios Interinstitucionales y gestionar la aprobación de convenios de Cooperación Internacional , con cargo a dar cuenta al Consejo Nacional; g) Aprobar y autorizar las donaciones y transferencias que otorgue el CONADIS, de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia, dando cuenta al Consejo Nacional; h) Formular la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y del Texto Unico de ProcedimientosAdministrativos del CONADIS; i) Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y/o sus modificaciones, el Presupuesto Analítico dePersonal (PAP), el Manual de Organización y Funciones (MOF) y otros documentos de gestión; j) Disponer inspecciones, auditorías e investigaciones, debiendo disponer las medidas correctivas que correspondan; k) Informar a la Contraloría General de la República y al Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, sobre la implementación de recomendaciones de las auditorias y exámenes especiales; l) Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia; m) Otras funciones que se le asignen por Ley. CAPÍTULO II SECRETARÍA EJECUTIVA Artículo 19º.- De la Secretaría Ejecutiva. 19.1 Es el órgano ejecutivo del CONADIS. Está a cargo de un Secretario Ejecutivo. 19.2 Sus funciones son las siguientes: a) Planear, organizar, dirigir y controlar, dando cuenta o informando a la Presidencia de las acciones técnico administrativas de los órganos y dependencias delCONADIS; b) Coordinar y supervisar la elaboración de los documentos referidos a los Planes Institucionales,Presupuesto Anual, Balance Anual, Estados Financieros y Memoria del CONADIS, para su presentación a la Presidencia; c) Emitir, previa delegación, las Resoluciones y Directivas en ausencia del Presidente del Consejo Nacional; d) Ejecutar los acuerdos del ámbito de su competencia del Consejo Nacional y las Resoluciones del Presidente del Consejo Nacional. e) Participar en las sesiones del Consejo Nacional con voz, pero sin voto, actuando como secretario de las mismas; f) Conducir, coordinar, evaluar estrategias para la promoción, información, difusión y desarrollo de lasactividades de la institución; g) Conducir, coordinar y evaluar las funciones de Administración Documentaria. h) Proponer normas que puedan requerirse para afianzar la integración de la persona con discapacidad, elevándolos al Presidente, para el trámite correspondiente;