Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2006 (15/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de enero de 2006

El Informe Tecnico Nº 005-2006-AG-SENASA-DGSADPZ de la Direccion de Programas Zoosanitarios el cual recomienda la oficializacion de la MORDAZA de Vacunacion contra Antrax a nivel de los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, Tacna y MORDAZA para el presente ano; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 20º de la Ley Nº 27322 "Ley MORDAZA de Sanidad Agraria" establece que el SENASA tendra a su cargo la organizacion, coordinacion, promocion, supervision y ejecucion de campanas fito y zoosanitarias y que para su desarrollo podra celebrar o promover la celebracion de convenios con organismos regionales o locales, publicos o privados, nacionales e internacionales, asi como organizaciones representativas de los productores o grupos de agricultores, quienes participaran en el desarrollo de las actividades correspondientes; Que, el Articulo 29º del Reglamento General de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, establece que el alcance, procedimientos y mecanismos para la ejecucion de las campanas oficiales fito y zoosanitarios seran establecidos por el SENASA mediante Resolucion del Organo de Linea competente, publicado en el Diario Oficial El Peruano; Que, conforme a lo normado en el Articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; el SENASA tiene por finalidad reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enfermedades presentes en la produccion agraria, asi como proteger el patrimonio agrosanitario del ingreso o dispersion de plagas y enfermedades reglamentadas y del incremento de plagas y enfermedades de importancia economica; asimismo, en el Articulo 5º, inciso i, entre las funciones de la Direccion General de Sanidad Animal se senala el de promover la suscripcion y asegurar el cumplimiento de convenios con instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores publico y privado, destinados a la promocion de la sanidad agraria; Que, segun el informe del visto, el Antrax es una enfermedad infecciosa reportada en los departamentos en los cuales se quiere oficializar la MORDAZA de vacunacion y que afecta principalmente al ganado bovino, ovino y caprino, produciendo MORDAZA perdidas economicas a los productores; lo cual permitira la eficiencia en cobertura, cumplimiento del calendario, y en general la optimizacion de la actividad de vacunacion a nivel de las Direcciones Desconcentradas del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, el SENASA, a traves de la Direccion General de Sanidad Animal, viene ejecutando el Subcomponente "Prevencion y Control de Enfermedades Zoonoticas" a nivel de los departamentos mencionados, incluyendo dentro de sus actividades la educacion sanitaria de los productores y la vacunacion del ganado susceptible a la enfermedad; Que, en consecuencia se hace necesario oficializar la MORDAZA de Vacunacion contra Antrax en los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, Tacna y MORDAZA para el presente ano, a fin de otorgar un MORDAZA sanitario oficial de esta actividad y proteger a las especies susceptibles a esta enfermedad; Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG; y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE Articulo 1º.- Oficializar la MORDAZA de Vacunacion contra Antrax en los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, Tacna y MORDAZA para el ano 2006, para lo cual las Direcciones Desconcentradas del SENASA estableceran el calendario de vacunacion, asi como las provincias y distritos que seran atendidos en la MORDAZA, de acuerdo a los antecedentes epidemiologicos de la enfermedad en sus ambitos de accion. Articulo 2º.- Las Direcciones Desconcentradas del SENASA coordinaran con las entidades publicas afines y

ejecutores de la practica privada a fin de realizar la MORDAZA de Vacunacion, para lo cual podran suscribir convenios de cooperacion y apoyo para la ejecucion de esta actividad, en los que se estableceran los compromisos de las entidades publicas y de la practica privada participantes de cumplir con la normativa vigente relacionada al tema. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 00790

MINCETUR
Aprueban transferencia de vehiculo dado de baja por el MINCETUR a favor de institucion educativa del distrito de Huancarqui, provincia de MORDAZA, Region MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 009-2006-MINCETUR/DM
San MORDAZA, 6 de enero de 2006 Visto el Memorandum Nº 1575-2005-MINCETUR/SG/ OGA de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 267-2005MINCETUR/SG/OGA, la Oficina General de Administracion ha dado de de baja, entre otros bienes muebles, un vehiculo (omnibus) MORDAZA Volvo, modelo B-58-OC, placa de rodaje UI-1988, motor HD100D41210009, chasis 7986K. Resolucion que fue notificada a la Unidad de Gestion Educativa - UGEL Nº 03, para los efectos que senala el Reglamento de la Ley Nº 27995, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004-EF; Que, mediante Oficio Nº 7656-AGA-EA-DUGEL03-2005, el Director del Programa Sectorial II, UGEL Nº 03, comunica al MINCETUR que no acepta la donacion del referido vehiculo, por no contar con el presupuesto para llevar a cabo la reparacion respectiva; Que, mediante Oficio Nº 0012-2005-IENSVDR, el Director de la Institucion Educativa Nuestra Senora del MORDAZA del distrito de Huancarqui, provincia de MORDAZA, Region MORDAZA, solicita la adjudicacion del referido omnibus a fin de beneficiar a los estudiantes que concurren a dicho centro educativo y que domicilian en diversos anexos; Que, la Municipalidad de Huancarqui - MORDAZA, suscribio un Convenio de Apoyo Interinstitucional con la Institucion Educativa Nuestra Senora del MORDAZA y la UGEL MORDAZA, comprometiendose a apoyar en la reparacion y mantenimiento del vehiculo dado de baja por el MINCETUR, asi como, a su traslado al distrito de Huancarqui, provincia de MORDAZA, Region Arequipa; Que, la UGEL MORDAZA ha emitido una MORDAZA de que la Institucion Educativa Nuestra Senora del MORDAZA, bajo su jurisdiccion, cuenta con un alto porcentaje de alumnos matriculados proveniente de familias de bajos recursos; De conformidad con la Ley Nº 27995 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004-EF; el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 031-2002/SBN; De acuerdo con el Informe Nº 008-2005-MINCETUR/ SG/OGA-MINCETUR/SG/OGA-OASA-CGP, del Comite de Gestion Patrimonial y el Informe N° 001-2006-MINCETUR/ SG-AJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia, en la modalidad de donacion, del vehiculo (omnibus) dado de baja por el MINCETUR a favor de la Institucion Educativa Nuestra Senora del MORDAZA del distrito de Huancarqui, provincia de MORDAZA, Region Arequipa; las caracteristicas del referido vehiculo son las siguientes:

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