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PÆg. 311278 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de enero de 2006 Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2006, y el Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 aprobado porResolución Directoral Nº 006-2005-EF/76.01 Instructivopara la Programación Participativa del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y Locales año Fiscal 2006; Que, de acuerdo al numeral 16) artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,corresponde al Concejo Municipal aprobar elpresupuesto anual dentro de los plazos señalados por laLey; Que, estando a lo expuesto, de conformidad con el Art. 53º inciso 2) de la Ley Nº 28411 - Ley General delSistema Nacional de Presupuesto, Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972, con la dispensa deltrámite de lectura y aprobación del acta y contando conel voto unánime de los miembros del Concejo Municipal. SE ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar y Promulgar el Presupuesto Institucional de Apertura que contiene losIngresos y Gastos del Pliego de la Municipalidad Distrital de Lurín, ascendente a S/.11’624.939.00 (Once Millones Seiscientos Veinticuatro Mil Novecientos Treinta y nuevey 00/100 Nuevos Soles) para el período comprendidoentre el 1 de enero y el 31 de diciembre del Año Fiscal2006, de acuerdo a lo siguiente: INGRESO (En Nuevos Soles) 00 Recursos Ordinarios 01 Canon, Sobrecanon y Regalías 408,533.00 02 Participación en Renta de Aduanas 1,974.00 03 Fondo de Compensación Municipal 2’658,587.00 08 Otros Impuestos Municipales 3’773,616.00 09 Recursos Directamente Recaudados 4’070,013.00 TOTAL INGRESOS 10’912,723.00 (Of. Circ. Nº 025-2005-EF/76.15.2 712,216.00 Indica no registrar como ingresos losfondos públicos del P.V.L.) 11’624.939.00 GASTOS Categorías de Gastos (En Nuevos Soles) 5 Gastos Corrientes 8’926,521.00 6 Gastos de Capital 2’698,418.00 TOTAL EGRESOS 11’624,939.00 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Sub Gerencia de Presupuesto,Racionalización y Estadística la remisión del presentePresupuesto Institucional de Apertura 2006 a laMunicipalidad Metropolitana de Lima para su consolidación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 01709 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Establecen Programa de Refinancia- miento de Deudas Tributarias en la jurisdicción del distrito del Rímac -PRO R˝MAC ORDENANZA Nº 120 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 19.01.06 en uso de lasatribuciones conferidas por los artículos 9º numeral 8)de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con elvoto válido (mayoría) y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROGRAMA DE REFINANCIAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DEL RÍMAC - PRO RÍMAC Artículo 1º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como finalidad establecer en la jurisdicción del distrito del Rímac elPrograma de Refinanciamiento de deudas tributarias (enadelante PRO RÍMAC) y regular los aspectos técnicos yadministrativos para acceder al referido programa. Artículo 2º.- TRIBUTOS MUNICIPALES COMPREN- DIDOS Los tributos comprendidos en el PRO RÍMAC el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales incluidas las delpresente ejercicio fiscal. Asimismo comprende las Costas Coactivas en los casos en que encuentre la deuda con procedimiento coactivo. No alcanza este beneficio a los contribuyentes que estando en proceso coactivo se hubiera dictado medidacautelar firme o que dentro del proceso de fiscalizaciónse hubiera notificado Resolución de Determinación o Resolución de Multa Tributaria. Artículo 3º.- CARACTERÍSTICAS DEL PRO RÍMAC Las características del PRO RÍMAC son las siguientes: PROFORMA: La proforma de convenio del RPO RÍMAC se remitirá a todos los contribuyentes que tengandeudas tributarias dentro de la Cuponera correspondienteal 2006. CUOTA INICIAL: La cuota Inicial será el 20 % del total de la deuda. NÚMERO DE CUOTAS: 10 cuotas mensuales, el monto mínimo por cuota es S/.50.00 Nuevos soles yvence el último día hábil de los meses siguientes al mesde pago de la Cuota Inicial. FORMA DE ACOGERSE: La forma de acogerse es automática al cancelar en las cajas de la Municipalidad, la cuota inicial establecida en la proforma del convenio PRO RÍMAC de su cuponera. PLAZO: El plazo vence el 28 de febrero del presente año. Artículo 4º.- BENEFICIOS ADICIONALES Los Contribuyentes que se acojan al PRO RÍMAC adicionalmente obtendrán los siguientes beneficios: a) Condonación del 100 % de los intereses moratorios y ajustes de la deuda tributaria. b) Condonación del 100% de las Multas Tributarias c) Si se tiene proceso coactivo, rebaja de las costas coactivas y gastos administrativos, pagando únicamentela suma de S/. 17.00 Nuevos Soles. Se perderán estos beneficios cuando se dejen de cancelar dos cuotas del PRO RÍMAC. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- VIGENCIA La presente ordenanza entrará en vigencia el día primero de febrero del 2006. Segunda.- MODIFICACIÓN DE ORDENANZA 114º Modifíquese el Artículo Cuarto de la Ordenanza 114º con el siguiente texto: "Artículo Cuarto.- La fecha de vencimiento de los pagos por los arbitrios municipales recalculados por lapresente ordenanza es el 28 de febrero del 2006. Vencidodicho plazo procederá el cobro del interés moratorioestablecido en el artículo 33º del Código Tributario." Tercera.- Autorícese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda aplicar medidascomplementarias incluidas las de prórroga de la presenteOrdenanza.