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PÆg. 311275 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de enero de 2006 Reglamento de la Carrera Administrativa, del Reglamento de Organización y Funciones, entre otrasdisposiciones legales; Que, de conformidad con el artículo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el proceso administrativo disciplinario seráinstaurado por resolución del titular de la entidad o delfuncionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial ElPeruano, dentro del término de setenta y dos (72) horascontadas a partir del día siguiente de la expedición dedicha resolución; Que, el artículo 175º de la norma antes mencionada, señala que también son pasibles de ser sometidos a un proceso administrativo disciplinario, los funcionarios yservidores públicos, aún en el caso que haya concluidosu vínculo laboral con el Estado; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos, ha examinado el Informe Nº 013-2004- 2-5334, y recomienda se instaure proceso administrativo disciplinario contra los actuales y ex funcionariosimplicados, por lo que corresponde se expida laResolución del titular del Gobierno Regional; Estando a los informes de vistos, y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por Ley Nº 27902,Ley y Reglamento de Bases de la Carrera Administrativa,Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral; y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar proceso administrativo disciplinario contra los señores PERCY MATOSBEGAZO, ex Presidente de la Comisión Especial deProcesos Administrativos del ex CTAR Arequipa del 1.1.1998 al 13.10.1998; RODOLFO RODRIGUEZ CHAVEZ, ex Presidente de la Comisión Especial deProcesos Administrativos del ex CTAR Arequipa del1.1.1999 al 31.12.2000; JOSE PORTOCARREROHUACO ex Presidente de la Comisión Especial deProcesos Administrativos del ex CTAR Arequipa del 12.1.2001 al 19.11.2001; GERARDO YARLEQUE RISCO, ex Gerente de Operaciones del ex CTARArequipa del 7.2.2001 al 14.11.2001; JULIO ALBERTOJIMENEZ IBAÑEZ, ex Gerente Regional deAdministración del ex CTAR Arequipa del 8.2.2001 al23.1.2002; ENRIQUE NUÑEZ CORNEJO, ex Gerente Regional de Administración del ex CTAR Arequipa del 24.1.2002 al 31.12.2002; VICTOR HUERTA HUERTA,Gerente Regional de Infraestructura DEL GRA desde26.05.2003, JORGE DE OLAZABAL AGUILAR, exSubgerente de Logística y Patrimonio del GRA desde el01.09.2003; WALTER DIAZ VALDIVIA, Director Regional de Agricultura desde el 22.07.2003; MOISES MÁLAGA MÁLAGA, ex Director Regional de Transportes yComunicaciones de Arequipa del 1.10.1992 al 16.3.1998;AUGUSTO CHURA ALCÓN, ex Director Regional deTransportes y Comunicaciones de Arequipa del18.04.1999 al 29.12.2002; LIMBERG TALAVERA ARGÜELLES, Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Arequipa desde 18.1.2003; JESUSBENITO GONZALES SALINAS, ex Director Regionalde Educación de Arequipa desde 25.11.1995 al25.2.1997; JOSE MARIA VALDIVIA HERRERA, exDirector Regional de Educación de Arequipa del 4.4.2001 al 26.11.2001; GUSTAVO RONDON FUDINAGA, ex Director Regional de Salud de Arequipa del 1.1.1999 al2.8.1999; por las causales expuestas en los informesde vistos y en la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo Segundo.- Poner a disposición de los procesados a que se refiere el artículo precedente, el Informe Nº 013-2004-2-5334, emitido por la OficinaRegional de Control Interno del Gobierno Regional deArequipa, para los fines a que se contraen el artículo168º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional Arequipa a los veintinueve días del mes de diciembre dedos mil cinco.Regístrese y comuníquese. DANIEL ERNESTO VERA BALLON Presidente 01686 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Conceden licencia al Vicepresidente Regional, en cumplimiento del Art.114” de la Ley N” 26859 - Ley OrgÆnica de Elecciones ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2006-GR.CAJ-CR Cajamarca, 18 de enero de 2006 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 17 de enerodel año dos mil seis; VISTA y debatida la Solicitud de Licencia sin goce de haber, presentada por el Vicepresidente Regional Dr. Alejandro Rebaza Martell,por un período de sesenta días a partir del 8 de febrero de 2006; con el voto unánime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones, en su Artículo 114º establece que para ser Candidatos al Congreso de la República, lostrabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los Organismos y Empresas del Estado deben solicitar licencia sin goce de haber, la misma que debe serlesconcedida sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones; Que, el Vicepresidente Regional - abogado Alejandro Rebaza Martell se encuentra en la condición de Pre Candidato al Congreso de la República por el Partido Aprista Peruano, para las elecciones del 9 de abril delaño 2006; Que, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 26859, el abogado Alejandro Arturo Rebaza Martell,Vicepresidente del Gobierno Regional, ha solicitado al Pleno del Consejo Regional, licencia sin goce de haber, por sesenta días, a partir del 8 de febrero de2006; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Ley de Bases deDescentralización Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional delGobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Primero.- CONCEDER LICENCIA SIN GOCE DE HABER, al Vicepresidente Regional del Gobierno Regionalde Cajamarca abogado ALEJANDRO ARTURO REBAZA MARTELL, por un período de sesenta (60) días, a partir del 8 de febrero del año 2006, en cumplimiento con elArtículo 114º de la Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones. Segundo.- HACER CONOCER el presente Acuerdo, al Jurado Nacional de Elecciones y solicitante, para sutrámite correspondiente. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 01643