Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2006 (28/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de enero de 2006

3. Tasas de interes moratorio aplicables a las transacciones u ocurrencias registradas en los mercados del exterior. La tasa de interes moratorio aplicable a las transacciones u ocurrencias registradas en los mercados extranjeros sera superior en diez por ciento (10%) a la tasa promedio LIBOR a un mes, que corresponda a la respectiva moneda de denominacion, segun la metodologia establecida en el numeral 4 de la presente Circular. Para este efecto, las tasas LIBOR a un mes seran aquellas que correspondan a las respectivas fechas y que son divulgadas en las pantallas del historico de precios (HP) del sistema de informacion Bloomberg: Moneda Dolar Americano MORDAZA Libra Esterlina Yen 1/ Ticker 1/ US0001M EU0001M BP0001M JY0001M

El calculo se realizara mediante la siguiente formula:

Interes Moratorio = M * (TIM *
donde:

n ) 360

M TIM
L

: valor del monto de la transaccion u ocurrencia = 1,1*L : promedio simple de las tasas Libor a un mes en la moneda correspondiente en el periiodo comprendido entre la fecha de la transaccion u ocurrencia y la fecha en que se realiza el pago efectivo de tales intereses moratorios. : numero de dias transcurridos entre la fecha de la transaccion u ocurrencia y la fecha en que se realiza el pago efectivo de tales intereses moratorios

n

Esta informacion es referencial, los tickers de las pantallas podrian ser modificadas por el proveedor.

4. Metodologia de calculo del monto de los intereses moratorios. 4.1. Las tasas promedio de depositos a plazo hasta 30 dias en el MORDAZA local estan expresadas como tasas efectivas anuales, mientras que las tasas LIBOR estan expresadas como tasas nominales anuales. Por tal motivo, para el calculo de los intereses moratorios se deberan utilizar las formulas asociadas a cada MORDAZA de tasa. 4.2. Para el calculo del monto de los intereses moratorios de transacciones registradas en el MORDAZA local, se debera aplicar al valor del monto de cada transaccion u ocurrencia la tasa de interes moratorio superior en diez por ciento (10%) al promedio aritmetico simple de las tasas promedio de depositos a plazo hasta 30 dias, calculadas diariamente sobre el flujo de depositos de los ultimos 30 dias utiles y publicadas por esta Superintendencia, en el periodo comprendido entre la fecha de la transaccion u ocurrencia y la fecha en que se realiza el pago efectivo de tales intereses moratorios. El calculo se realizara mediante la siguiente formula:
n

4.5. En caso que las transacciones u ocurrencias que se realicen en los mercados extranjeros correspondan a monedas que no han sido senaladas en esta Circular, se debera utilizar la fuente de informacion Bloomberg, bajo las pantallas similares a las indicadas en el numeral 3. En el caso en que no se encuentren las respectivas tasas LIBOR a un mes, el monto sujeto al pago de los intereses moratorios sera convertido a dolares americanos con el MORDAZA de cambio registrado en el vector de precios en la fecha en que se origino tal obligacion. Al monto resultante se le aplicara la tasa de interes moratoria que corresponda a las transacciones u ocurrencias registradas en dolares americanos. 4.6. Para el calculo del monto de los intereses moratorios correspondientes a las transacciones u ocurrencias registradas en fechas anteriores a la publicacion de la presente Circular, se aplicara las tasas de interes moratorio que se encontraban vigentes en tales fechas. 5. Obligacion de la AFP Constituye obligacion de la AFP realizar los abonos de los intereses moratorios por las transacciones u ocurrencias establecidas en el Oficio Circular Nº 02898-EF/SAFP de manera inmediata a la reposicion de los montos de dichas transacciones en la cartera administradas, asi como informar a esta Superintendencia sobre el calculo detallado de tales intereses con los respectivos sustentos de la realizacion de dichos abonos. 6. Vigencia La presente circular entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, con lo que quedara derogado el Oficio Circular Nº 01999-EF/SAFP, el cual fijaba las anteriores tasas de interes moratorio para las transacciones u ocurrencias en soles y dolares. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 01670

Interes Moratorio = M * [(1 + TIM) 360 ­ 1] donde: M : valor del monto de la transaccion u ocurrencia

TIM = 1,1*I I : promedio simple de las tasas promedio de depositos a plazo hasta 30 dias en el periodo comprendido entre la fecha de la transaccion u ocurrencia y la fecha en que se realiza el pago efectivo de tales intereses moratorios en soles o dolares. : numero de dias transcurridos entre la fecha de la transaccion u ocurrencia y la fecha en que se realiza el pago efectivo de tales intereses moratorios

n

4.3. En el caso que las transacciones u ocurrencias que se realicen en el MORDAZA local correspondan a monedas que no cuenten con tasa promedio de depositos a plazo hasta 30 dias, se utilizaran las tasas de interes moratorio aplicables a las transacciones u ocurrencias registradas en los mercados extranjeros. 4.4. En el caso que las transacciones u ocurrencias se realicen en el MORDAZA extranjero, se debera aplicar al valor del monto de cada transaccion u ocurrencia la tasa de interes moratorio superior en diez por ciento (10%) al promedio aritmetico simple de las tasas LIBOR a un mes, en los dias comprendidos en el periodo existente entre la fecha de la transaccion u ocurrencia y la fecha en que se realiza el pago efectivo de tales intereses moratorios.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONATA
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Tasaciones para el Ejercicio Fiscal 2006
RESOLUCION Nº 023-2006-VIVIENDA-9310
MORDAZA, 26 de enero de 2006

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