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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (09/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G32/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 Cuadro Nº 19A CÓDIGO DESCRIPCIÓN Compensación ELEMENTO TITULAR Mensual (Nuevos Soles/ Mes) Autotransformador 220/138/22.9 kV TSI incluido celdas de conexión, en la ENERSUR 9 827 subestación Santa Isabel Celdas de Conexión 220 kV de Ali- CAG mentadores de los grupos C.H. ENERSUR 46 167 Yuncán, en la subestación Santa Isabel Celda Celda 220 KV de L.T. L-2265, de L-2265 Santa Isabel - Carhuamayo Nueva, ENERSUR 7 742 en la subestación Santa Isabel L-2266, L.T. 220 kV Santa Isabel - L-2266 Carhuamayo Nueva, incluida celda ENERSUR 197 137 en la subestación Santa Isabel. L-2265 L-2265, L.T. 220 kV Santa Isabel - ELECTROANDES 194 916 Carhuamayo Nueva La responsabilidad de pago de las compensaciones por las instalaciones de código L-2265 y TSIcorresponderá al titular de la central hidroeléctrica Yaupi. La responsabilidad de pago por las instalaciones de código CAG, Celda de L-2265 y L-2266, corresponderáal titular de la central hidroeléctrica Yuncán." Artículo 6º.- Agréguese, a partir del 24 de agosto de 2005 hasta antes de la entrada en operación comercial de la línea en 220 kV Santa Isabel - Carhuamayo Nueva, L-2266, al Cuadro Nº 24 de la Resolución OSINERGNº 065-2005-OS/CD, modificada por las Resoluciones OSINERG Nº 146-2005-OS/CD y OSINERG Nº 260-2005- OS/CD, los valores indicados en el cuadro siguiente: SISTEMA SECUNDARIO a b SST ENERSUR Involucrado con C.H. Yuncán 0,2990 0,7010 SST ELECTROANDES involucrado con la C.H. Yuncán 0,3416 0,6584 Artículo 7º.- Sustitúyase, a partir de la entrada en operación comercial de la línea en 220 kV Santa Isabel - Carhuamayo Nueva, L-2266, los valores del índice "a" y "b" para los sistemas secundarios "SST ENERSURInvolucrado con C.H. Yuncán" y "SST ELECTROANDES involucrado con la C.H. Yuncán" contenidos en el Cuadro Nº 24 de la Resolución OSINERG Nº 065-2005-OS/CD,modificada por las Resoluciones OSINERG Nº 146-2005- OS/CD y OSINERG Nº 260-2005-OS/CD, según se indica a continuación: SISTEMA SECUNDARIO a b SST ENERSUR Involucrado con C.H. Yuncán 0,3281 0,6719 SST ELECTROANDES involucrado con la C.H. Yuncán 0,3353 0,6647 Artículo 8º .- Sustitúyase, a partir del 24 de agosto de 2005, el valor del PCSPT para el Sistema Principal deTransmisión del rubro "SPT de REP" y del rubro "Total SEIN" contenido en el Cuadro Nº 2 de la Resolución OSINERG Nº 066-2005-OS/CD, modificado por lasResoluciones OSINERG Nº 146-2005-OS/CD y OSINERG Nº 260-2005-OS/CD, según se indica a continuación: Sistema de Transmisión PCSPT S/. / kW-mes SPT de REP 1,29 Total SEIN 15,49 Artículo 9º .- Sustitúyase, a partir del 24 de agosto de 2005, el valor del Peaje por Conexión para el SistemaPrincipal de Transmisión del rubro "SPT de REP", contenido en el Cuadro Nº 7 de la Resolución OSINERG Nº 066-2005-OS/CD, modificado por las ResolucionesOSINERG Nº 146-2005-OS/CD y OSINERG Nº 260- 2005-OS/CD, según se indica a continuación: Sistema de Transmisión Peaje por Conexión (S/.) SPT de REP 48 770 223Artículo 10º.- Incorpórese el Informe OSINERG- GART/DGT Nº 011-2006-Anexo 1; como parte integrantede la presente resolución; Artículo 11º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmentedeberá ser consignada, junto con el Anexo 1, en la página WEB del OSINERG: www.osinerg.gob .pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERG 02391 SEGURO INTEGRAL DE SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G43/G61/G6C/G65/G6E/G64/G61/G72/G69/G6F/G20 /G64/G65/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G73/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G65/G62/G72/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 024-2006/SIS Lima, 3 de febrero de 2006 VISTOS: El Informe Nº 023-2006-SIS-GF, de la Gerencia de Financiamiento, de la Oficina dePlaneamiento y Desarrollo y de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto se establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan elSistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11º de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público - Ley Nº 28112, enconcordancia con los Artículos 77º y 78º de la Constitución Política; Que, conforme lo establece el Artículo 30º de la Ley Nº 28411 “El Calendario de Compromisos constituye la autorización para la ejecución de los créditos presupuestarios”; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, las de publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinentepublicar la distribución de los mismos a favor de los Pliegos y Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud, correspondiente al Calendario deCompromisos inicial, autorizado para el mes de Febrero del presente ejercicio fiscal; Que, mediante Memorando Nº 047-2006/SIS-OPyD, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo del Seguro Integral de Salud, comunica el Calendario de Compromisos inicial del mes de Febrero de 2006, autorizado por la DirecciónNacional del Presupuesto Público; Que, mediante la tercera disposición final de la Ley Nº 28652 Ley de Presupuesto del Sector Publico para elaño Fiscal 2006, se modifica el Art. 75º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; disponiéndose que las transferencias financieras entrepliegos presupuestarios sólo se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, incluyéndose las transferencias financieras del Seguro Integral de Salud - SIS; De conformidad con lo establecido por el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por DecretoSupremo Nº 009-2002-SA. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la distribución de la suma de VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTISIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.20’447,699.00) monto autorizado en el Calendariode Compromisos inicial correspondiente al mes de febrero de 2006 y que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.