Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (09/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G32/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 ANEXO Nº 2 PLIEGO 135 - SEGURO INTEGRAL DE SALUD DISTRIBUCIÓN DEL CALENDARIO DE COMPROMISOS AMPLIADO ENERO 2006 PROGRAMA "JUNTOS" DGTP UNIDAD EJECUTORA TOTAL APURÍMAC 29,756.00 755 REGIÓN APURÍMAC - SALUD APURÍMAC 23,468.00 756 REGIÓN APURÍMAC - SALUD CHANKA 6,288.00 AYACUCHO 97,330.00 774 REGIÓN AYACUCHO - SALUD AY ACUCHO 66,457.00 1025REGIÓN AYACUCHO - SALUD SUR AYACUCHO 1,228.00 1045REGIÓN AYACUCHO - SALUD CENTRO AY ACUCHO 29,645.00 HUANCAVELICA 159,678.00 803 REGIÓN HUANCAVELICA - SALUD HUANCAVELICA 159,678.00 HUÁNUCO 73,056.00 810 REGIÓN HUÁNUCO - SALUD HUÁNUCO 73,056.00 TOTAL S/. 359,820.00 02396 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G63/G6F/G6D/G6F /G70/G6F/G73/G74/G75/G6C/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 004-2006-REGIÓN CALLAO-CR CONSIDERANDO:Que, con fecha 3 de febrero del 2006, la señora Carmen Bringas de Zevallos Ortiz solicitó licencia por 60 días en el ejercicio del cargo de Consejera de la RegiónCallao, a fin de participar como postulante al Congresode la República en las próximas Elecciones Generales; Que, asimismo la señora Consuelo Roque Cancino solicitó licencia por 60 días en el ejercicio del cargo de Consejera de la Región Callao, atendiendo a las mismas razones; Que, la Ley Nº 27387 -Ley Orgánica de Elecciones- establece en su artículo 114º"...que están impedidos deser candidatos los comprendidos en el artículo 10º deesta ley, así como los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los organismos y empresas del Estado si no solicitan licencia sin goce de haber, la cualdebe ser concedida 60 (sesenta) días antes de la fechade las Elecciones (...); Que, mediante Resolución Nº 047-2006-JNE, de fecha 23 de enero del 2006, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el "Reglamento para la Recepción, Calificación e Inscripción de Fórmulas de Candidatos al Congreso dela República en las Elecciones Generales del 2006",dispositivo que señala en el quinto párrafo del artículo 4ºque: "... también están impedidos de ser candidatos alCongreso de la República los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, lacual debe serles concedida 60 (sesenta) días antes dela fecha de las Elecciones (...); Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867, señala que "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional,de interés público, ciudadano o institucional, o declarasu voluntad de practicar un determinado acto o sujetarsea una conducta o norma institucional"; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 8 de febrero del 2006, con el votoaprobatorio del Consejo Regional y en uso de lasfacultades conferidas por la Ley Orgánica de GobiernosRegionales aprobada por Ley Nº 27867, su modificatoria aprobada por Ley Nº 27902 y por el Reglamento Internodel Consejo Regional aprobado mediante OrdenanzaRegional Nº 0006-2003-CR/RC y sus modificatorias; ACUERDA: Primero.- CONCEDER las licencias solicitadas por las señoras Consejeras de la Región Callao: CarmenBringas de Zevallos Ortiz y Consuelo Roque Cancino,por el lapso de 60 (sesenta) días, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente norma regional. Segundo.- DEJAR en suspenso toda norma que se oponga al presente Acuerdo del Consejo Regional. Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Adminis- tración la publicación del presente Acuerdo en el DiarioOficial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulación dela Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente del Consejo Regional 02392 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G44/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G32/G30/G30/G36/G2D/G32/G30/G31/G35 ORDENANZA REGIONAL Nº 035-2005-CUSCO-GRC/CRC El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en Sesión Ordinaria realizada el día sábado cinco denoviembre del año dos mil cinco, ha tratado, debatido y aprobado por mayoría la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL, QUE APRUEBA EL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DEL CUSCO 2006-2015 EL CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:Artículo Primero.- APRUÉBESE, el Plan Vial Departamental Participativo del Cusco 2006-2015, cuyo texto, de ciento cuarenta y siete folios (147), se encuentra adjunto y forma parte de la presente Ordenanza Regional,conforme al Plan Estratégico de Desarrollo RegionalConcertado a Mediano Plazo Cusco al 2006 y al PlanEstratégico de Desarrollo Regional Concertado Cuscoal 2012. Artículo Segundo.- TRANSCRÍBASE, la presente Ordenanza Regional al Consejo Nacional deDescentralización, al Ministerio de Transportes yComunicaciones y a los órganos del Ejecutivo delGobierno Regional del Cusco que correspondan. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación por el pleno del Consejo Regional del Cusco. Cusco, noviembre del 2005CARLOS RICARDO CUARESMA SÁNCHEZ Presidente 02303