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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G34/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de febrero de 2006 Regulación Tarifaria para los Servicios de Saneamiento", la cual se encuentra incluida en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones correspondiente al ejercicio 2006, y proceder a la contratación del consultor a través de un proceso exonerado en la modalidad de personalísimo. Que, la Gerencia de Administración y Finanzas ha verificado la fuente de financiamiento y la disponibilidad presupuestal necesaria para la contratación de la mencionada consultoría, cuyo valor referencial es de US$ 42 000.00 (Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 148º del Reglamento, resulta necesario elaborar las bases del proceso personalísimo, por lo que debe nombrarse un comité especial que las elabore. Que, en ejercicio de las facultades de delegación contenidas en el artículo 4º del TUO, resulta conveniente delegar en la Gerencia General las facultades necesarias para aprobar el expediente que contenga el proceso exonerado bajo la modalidad de servicios personalísimos que se aprueba mediante la presente resolución y las bases correspondientes. En virtud de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de la Adjudicación Directa Pública Nº 002-2005-SUNASS, con el fin de contratar con la empresa consultora INECON S.A., mediante la modalidad de servicios personalísimos, en forma directa y mediante acciones inmediatas, para la ejecución de "Asesoría Económica Financiera a la SUNASS para Desarrollar los Módulos de Ingresos y Costos de Explotación Eficientes del Modelo de Regulación Tarifaria para los Servicios de Saneamiento", la cual tendrá un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados a partir de la suscripción del respectivo contrato. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas a realizar la contratación a que se refiere el artículo precedente por el monto de US$ 42 000.00 (Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), monto considerado como valor referencial, que incluye los impuestos de ley y todos los conceptos que incidan en el costo final, con cargo a la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados de la Superintendencia Nacional de Servicios Saneamiento, monto que será pagado al consultor de acuerdo a lo estipulado en el contrato a suscribirse con éste. Artículo 3º.- Designar al Comité Especial que elaborará las bases correspondientes a la contratación de INECON S.A. mediante la modalidad de servicios personalísimos, a fin de que preste sus servicios en la consultoría "Asesoría Económica Financiera a la SUNASS para Desarrollar los Módulos de Ingresos y Costos de Explotación Eficientes del Modelo de Regulación Tarifaria para los Servicios de Saneamiento", que tendrá como miembros a las siguientes personas: Presidente : Bruno Bustamante López - Ameri Miembros titulares : Lucio Bena vente Durand - 1er. miembro María Consuelo La Rosa Sánchez Paredes - 2do. miembro Miembros suplentes : Manuel Maurial Mac Kee - suplente del Presidente Guicela Melgarejo Fernández - suplente del 1er. miembro Jorge Arana Callirgos - suplente del 2do. Miembro Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia General la aprobación de las bases correspondientes al proceso de contratación exonerado mediante la modalidad de servicios personalísimos, de la consultoría "Asesoría Económica Financiera a la SUNASS para Desarrollar los Módulos de Ingresos y Costos de Explotación Eficientes del Modelo de Regulación Tarifaria para los Servicios de Saneamiento" y encargar a la Gerencia deAdministración y Finanzas la realización de los demás trámites y procedimientos correspondientes a efectos de que se lleve a cabo la contratación. Artículo 5º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas publique la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Artículo 6º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas remita copia de la presente resolución y del Informe Nº 001-2006/SUNASS-110 de fecha 31 de enero de 2006, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo 02639 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G65/G76/G61/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E /G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G6F/G72/G64/G65/G6E/G61/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G2D/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G39/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06 Miraflores, 10 de febrero de 2006EL ALCALDE DE MIRAFLORES;CONSIDERANDO: Que, el Artículo Único del Decreto de Alcaldía Nº 05, publicado el 31 de enero de 2006, estableció: prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 199 hasta el 28 de febrero de 2006 la cual “Suspende temporalmente la admisión de solicitudes de expedición de Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios; de Anteproyectos y Proyectos Definitivos de Obras Nuevas; así como solicitudes de Certificados de Compatibilidad de Uso; Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o Definitivas; y Ampliación de Giro en el distrito”; Que, el artículo 4º de la Ordenanza Nº 199, faculta al señor Alcalde a disponer mediante Decreto de Alcaldía el levantamiento de la suspensión descrita en dicho dispositivo legal, en aquellas zonas en las que no exista conflicto; Que, dadas las solicitudes de empresas y personas naturales, que desean invertir en el distrito, resulta necesario el levantamiento de la suspensión temporal para la admisión de expedición de Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de Anteproyectos y Proyectos Definitivos de Obras Nuevas; así como solicitudes de Certificados de Compatibilidad de Usos; Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o Definitivas; y Ampliación de Giro de determinados inmuebles dentro de la jurisdicción de Miraflores que se detallan en la parte resolutiva del presente Decreto; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 040-2006- GTA.00/MM de fecha 10 de febrero de 2006, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el levantamiento de la suspensión temporal ordenada mediante Ordenanza Nº 199 y prorrogada su vigencia mediante Decreto de Alcaldía Nº 05 para los inmuebles que se detallan en el anexo 1, que forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Trámites y Autorizaciones, el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto de Alcaldía.