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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (12/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G34/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de febrero de 2006 POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde ANEXO 1 - DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06 A.- INMUEBLES EN QUE SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN PARA TRAMITAR CERTIFICADOS DE COMPATIBILIDAD DE USO, LICENCIAS DEFUNCIONAMIENTO PROVISIONALES Y/O DEFINITIVAS Y AMPLIACIONESDE GIRO. Nº INMUEBLE 1 Calle Alfonso Ugarte 226 2 Av. Angamos Oeste 651 3 Av. Arequipa 4036 4 Calle Arias Schereiber 169 5 Calle Arias Schereiber 225 6 Calle Arica 238, 242 7 Calle Arica 254 8 Av. Benavides 220 9 Av. Benavides 255 10 Av. Benavides 1538 11 Calle Be rlín 259 12 Calle Diez Canseco 212 Dpto. 301 13 Calle Diez Canseco 495 14 Calle Domingo Elías 164 15 Av. Ejército 749 16 Av. Ejército 1227 17 Calle Enri que Palacios 328 18 Calle Enri que Palacios 892 19 Calle Enri que Palacios 898 20 Av. Federico Villarreal 418, 422 21 Calle Grimaldo del Solar 139 22 Calle Grimaldo del Solar 455 B 23 Calle Inclan 127 Dpto. 1003 24 Calle Independencia 208 25 Av. Larco 445 26 Av. Larco 796 27 Av. La Mar 1044 28 Av. La Paz 356 29 Av. Mariscal Cáceres 584 30 Calle Mártir Olaya 162 31 Av. Pardo 1110 32 Av. Petit Thouars 4323 33 Av. Petit Thouars 4541 34 Av. Petit Thouars 4733 35 Av. Reducto 997 36 Av. Reducto 1350 37 Av. Roosevelt 6309 38 Av. Ricardo Palma 292, 294 39 Calle San Martín 800 40 Av. Santa Cruz 777 41 Calle Scipion Llona 180 42 Calle Tar ata 294 43 Calle 2 de Mayo 1306 44 Av. 28 de Julio 459 45 Av. 28 de Julio 465 46 Av. 28 de Julio 574 47 Av. 28 de Julio 886 48 Av. 28 de Julio 1370 B.- INMUEBLES EN QUE SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN PARA TRAMITAR CERTIFICADOS DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS,ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS DEFINITIVOS DE OBRAS NUEVAS. 1 Av. Bolognesi 364 2 Calle General Iglesias 642, 652 3 Calle Gon záles Larrañaga 1474 Calle José Gálvez 426 5 Calle Manco Cápac 176 6 Calle P ershing 153 7 Calle Porta 250/San Martín 173 8 Calle Sucre 277 02604 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20 /G6C/G61 /G6E/G65/G75/G74/G72/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F /G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 061-2006-MPL Pueblo Libre, 2 de febrero del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005- PCM, se ha convocado a Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Congresistas de la República y representantes ante el Parlamento Andino, a realizarse el 9 de abril del 2006; Que, asimismo es de conocimiento que el presente año se llevarán a cabo las Elecciones Regionales y Municipales, cuya convocatoria se encuentra programada para el 24 de marzo del 2006, debiéndose realizar las elecciones el domingo 19 de noviembre del 2006; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 7º de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, el servidor público debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido por el numeral 3 del artículo 8º del mencionado texto legal, el servidor público está prohibido de realizar actividades de proselitismo político a través de la utilización de sus funciones o por medio de la utilización de infraestructura, bienes o recursos públicos, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o candidatos; Que, es obligación de la Municipalidad de Pueblo Libre como institución pública, el colaborar con unas Elecciones limpias y transparentes, actuando con la neutralidad y transparencia del proceso electoral en curso; cooperar con los organismos del Sistema Electoral para facilitar el cumplimiento de las atribuciones que según la Constitución Política y la ley les corresponden; y dictar disposiciones específicas, con el objeto de procesar y sancionar administrativamente a los funcionarios que contravengan la legislación electoral y la Ley del Código de Ética de la Función Pública, así como denunciar ante el Ministerio Público a quienes cometan ilícitos tipificados como delitos contra el ejercicio del sufragio y contra la voluntad popular; Que, el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Pueblo Libre, aprobado mediante Ordenanza Nº 125-MPL, señala que la Municipalidad de Pueblo Libre es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; En el marco del ordenamiento legal antes citado y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;