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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 g) Promover y convocar la participación de entidades públicas y privadas de la Región en los programas deseguridad y educación Vial. h) Concretar acuerdos con entidades de la actividad pública y privada de la Región en Programas deSeguridad Vial. i) Promover el desarrollo de servicios de emergencia en accidentes de tránsito en el ámbito regional. j) Coordinar el trabajo de las organizaciones que participan en acciones de Seguridad Vial. k) Proponer la construcción y gestión de Parques Infantiles de Tránsito en la Región, para la instrucción ycapacitación de la población a nivel escolarizado y noescolarizado. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional dePlanificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorialdel Gobierno Regional – La Libertad y a la DirecciónRegional de Transportes y Comunicaciones – La Libertad,la implementación y cumplimiento de la presenteordenanza. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumplaHOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 03094 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G44/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 ORDENANZA REGIONAL Nº 001 -2006-CR/RLL Trujillo, 14 de enero del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD VISTO: En Sesión Extraordianaria de Consejo Regional de la fecha, la propuesta del Plan Vial DepartamentalParticipativo de La Libertad, presentado por la GerenciaRegional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial y la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. CONSIDERANDO:Que, el Decreto Ley Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en coordinación con los Gobiernos Regionales formula planes y programas que lecorresponde en materia de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que son Competencias de losGobiernos Regionales en materia de Transportes: Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional no comprendida en la redvial nacional o rural, debidamente priorizada dentro delos planes de desarrollo regional; Que, la Estrategia Sectorial de Descentralización de la Gestión Vial incluye, entre otros temas, la formulación de planes viales departamentales que proporcionen un marco institucional y financiero ordenado y consolidadopara el desarrollo, rehabilitación y mantenimiento de lared vial departamental; la elaboración del Plan VialDepartamental a efecto de lograr una intervenciónracional de la infraestructura vial concebido como instrumento de gestión; Que, mediante el Convenio Nº 084-2004-MTC/22 de Cooperación Interinstitucional entre el Ministeriode Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional de La Libertad, se determinan las accionespara la formulación del Plan Vial Departamental de LaLibertad a cargo del Gobierno Regional y lanegociación del financiamiento por parte de PROVIASDepartamental; Que, el Gobierno Regional de La Libertad ha constituido la Comisión de Planificación Vial y el EquipoTécnico integrado por diversas entidades del SectorPúblico, Municipalidades y representantes de la sociedadcivil; Que, la Comisión de Planificación Vial y el Equipo Técnico han concluido con la formulación del documento final del Plan Vial Departamental Participativo de LaLibertad, el mismo que ha sido expuesto ante PROVIAS,el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y losrepresentantes de las fuentes cooperantes, Que, el artículo 5º de la precitada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, determina que es misión de los Gobiernos Regionales la de organizar y conducir lagestión pública regional de acuerdo a sus competenciasexclusivas, compartidas y delegadas, en el marco delas políticas nacionales y sectoriales, para contribuir aldesarrollo integral y sostenible de la región; Que, son competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales las de promover y regularactividades y/o servicios en materia de vialidad ycomunicaciones, entre otros, según lo determina elartículo 9º inciso g) de la Ley Orgánica; Que, la referida Ley también establece en su artículo 10º inciso d) que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales las de promover y ejecutar lasinversiones públicas de ámbito regional en proyectosde infraestructura vial y de comunicaciones, entreotras; Estando a lo dispuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos números 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales Nº 27867 y modificada en parte por la LeyNº 27902: Con el voto UNÁNIME de los Miembros integrantes del Consejo Regional de la Región La Libertad, ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Vial Departamental Participativo de La Libertad, el mismoque en anexo, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la GerenciaRegional de Infraestructura, la Dirección Regional deTransportes y Comunicaciones y a los órganosregionales correspondientes, la implementación del Plan aprobado. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del díasiguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano,así como su difusión a través del Portal Electrónico ydemás medios que garanticen la publicidad de la presente norma regional. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 03098 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G6F/G72/G74/G75/G61/G72/G69/G61 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2006-CR/RLL Trujillo, 20 de enero del 2006