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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (22/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 DEBE DECIR: “Que, la Municipalidad distrital de San Miguel ha presentado en el mes de octubre de 2,005 al InstitutoMetropolitano de Planificación, la propuesta de Reajustede Índices de Usos para la Ubicación de algunas Actividades Comerciales en Zonas Urbanas de la jurisdicción de San Miguel; a efectos de ser incluida en laaprobación del Plan de Acondicionamiento Territorial porla Provincial, conforme a lo establecido en la OrdenanzaNº 620-MML; en ella, se elimina los Códigos 5511 (Hotelpara categoría igual o menor a Tres Estrellas), 5512 (Hostal), 5513 (Apart Hotel), 5519A Casa de Huéspedes y Pensión), 5519B (Albergue), 5520E (Bares, Cantinas,Choperías y Pubs), 9219A (Salones de Baile,Discotecas, Boites, Salsódromos, Pubs, Karaoke ysimilares), 9219C (Casinos, Salas de Bingo,Tragamonedas y Telepódromo) y 9219F (Prostíbulos y Casa de Cita); y del código 9219E la actividad correspondiente a Salas de Billar”. 2.- Artículo Primero:DICE: “Artículo Primero.- SUSPENDER los Índices de Usos para la Ubicación de algunas Actividades Comerciales enZonas Urbanas en la jurisdicción de San Miguel, por unplazo de seis (6) meses o hasta la aprobación del Plan deAcondicionamiento Territorial por la Municipalidad Provincial; cuyos Códigos son: 5511 (Hotel para categoría igual o menor a Tres Estrellas), 5512 (Hostal), 5513 (Apart Hotel),5519A Casa de Huéspedes y Pensión), 5519B (Albergue),5520E (Bares, Cantinas, Choperías y Pubs), 9219A(Salones de Baile, Discotecas, Boites, Salsódromos, Pubs,Karaoke y similares), 9219C (Casinos, Salas de Bingo, Tragamonedas, Telepódromo) y 9219F (Prostíbulos y Casa de Cita); cualquiera sea la denominación que adopten, enhorario diurno y/o nocturno”. DEBE DECIR: “Artículo Primero.- SUSPENDER los Índices de Usos para la Ubicación de algunas Actividades Comerciales enZonas Urbanas en la jurisdicción de San Miguel, por unplazo de seis (6) meses o hasta la aprobación del Plan deAcondicionamiento Territorial por la Municipalidad Provincial;cuyos Códigos son: 5511 (Hotel para categoría igual o menor a Tres Estrellas), 5512 (Hostal), 5513 (Apart Hotel), 5519A Casa de Huéspedes y Pensión), 5519B (Albergue),5520E (Bares, Cantinas, Choperías y Pubs), 9219A(Salones de Baile, Discotecas, Boites, Salsódromos, Pubs,Karaoke y similares), 9219C (Casinos, Salas de Bingo,Tragamonedas, Telepódromo) y 9219F (Prostíbulos y Casa de Cita); cualquiera sea la denominación que adopten, en horario diurno y/o nocturno, y del código 9219E la actividadcorrespondiente a Salas de Billar”. 03154 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 103-MDSM Mediante Oficio Nº 027-2006-SG/MDSM, la Municipalidad Distrital de San Miguel solicita se publiqueFe de Erratas de la Ordenanza Nº 103-MDSM, publicadaen la edición del día 10 de febrero de 2006. En el Artículo Primero: DICE:"Artículo Primero.- Suspender a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, en la circunscripción territorial del distrito de San Miguel, por el plazo de sesenta (60) días calendarios,todo procedimiento administrativo iniciado o por iniciarse,descrito en el Nº 8.16, Nº 8.17 del Texto Único deProcedimientos Administrativos de la Municipalidad Distritalde San Miguel, salvo las autorizaciones de publicidad exterior menores a 30 m2, que sean solicitadas por el mismopropietario, poseedor o titular del local y que publiciten el giro o actividad previamente autorizada para dicho local." DEBE DECIR:"Artículo Primero.- Suspender a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, en la circunscripción territorial del distrito de San Miguel, por el plazo de sesenta (60) días calendarios,todo procedimiento administrativo iniciado o por iniciarse,descrito en el Nº 8.16 punto a), Nº 8.17 del Texto Único deProcedimientos Administrativos de la Municipalidad Distritalde San Miguel, salvo las autorizaciones de publicidad exterior mayores a 30 m2, que sean solicitadas por el mismo propietario, poseedor o titular del local y que publiciten el giroo actividad previamente autorizada para dicho local." 03103 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 157-MDS Surquillo, 18 de octubre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de surquillo, en Sesión Extraordinaria de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 006-05-CAPP-MDS de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38º y siguientesde la Ley Nº 27444, así como la Ordenanza Nº 607 y sus normasmodificatorias, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo40º de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, con el votounánime de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICA LA ORDENANZA Nº 130-MDS QUE APROBÓ EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Artículo 1º.- Objeto de la Norma.- Modifíquense la base legal, requisitos y el monto de los derechos de losprocedimientos contenidos en el Texto Único deProcedimientos Administrativos de la Municipalidad deSurquillo aprobado por la Ordenanza Nº 130-MDS de fecha 9 de diciembre del año 2004 y publicada el 1 de marzo del año 2005 en la forma descrita en el Cuadro Anexo queforma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Texto Único Ordenado.- Autorícese al señor Alcalde a expedir por Decreto de Alcaldía, el TextoÚnico Ordenado del TUPA de la Municipalidad de Surquillo, contemplando las disposiciones y procedimientos contenidos en la Ordenanza Nº 130-MDSaprobada el 9 de diciembre del año 2004 y la presenteOrdenanza modificatoria, para su publicación y difusiónrespectiva en la página web de la Municipalidad. Artículo 3º.- Entrada en vigencia.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, con excepción delos derechos aprobados que entrarán en vigenciaconforme a la Ordenanza Nº 607 aprobada el 11 demarzo de 2004 y publicada el 24 de marzo del mismoaño y sus normas modificatorias, luego de su ratificación por el Concejo Metropolitano de Lima. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde