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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (22/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala quela contratación del servicio objeto de la exoneración,será realizada por la dependencia encargada de lasadquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órganodesignado para el efecto; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración de una Adjudicación Directa Pública, para la contratación del servicio demantenimiento, soporte técnico y actualización desoftware de las licencias SAP R/3 para 395 usuarios porel período de un (1) año, contado a partir del 30 de marzo del 2006 hasta el 29 de marzo del 2007, y por un valor referencial total de US$ 231,220.00 (DoscientosTreintiún mil doscientos veinte con 00/100 DólaresAmericanos) incluido IGV o su equivalente en nuevossoles calculado al tipo de cambio del día de pago, concargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones apruebe las Bases y se encargue derealizar la contratación, de acuerdo a lo dispuesto en elartículo 148º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico deAdquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. 4. DISPONER que la Secretaría General remita a la Contraloría General de la República y al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fechade su aprobación. 5. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social deSalud la presente Resolución. 6. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de losdiez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suaprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 03127 FERROCARRIL HUANCAYO- HUANCAVELICA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20 /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20 /G64/G65/G6C /G46/G65/G72/G72/G6F/G63/G61/G72/G72/G69/G6C/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F/G2D/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2006-CD/FHH Huancayo, 30 de enero del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 023-97- MTC, de fecha 10 de marzo de 1997, se designó alingeniero Luis Humberto Lazarte Núñez en el cargo de Gerente General del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica; Que, en concordancia con lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión Extraordinaria Nº 022, llevada acabo el día 30 de enero del 2006, se ha decidido dar porconcluidas las funciones del ingeniero Luís Humberto Lazarte Núñez en el cargo de Gerente General del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica;Que, es necesario dictar el acto de administración que contenga la decisión tomada por el Consejo Directivodel Ferrocarril Huancayo - Huancavelica y se designe alfuncionario que asumirá el cargo de Gerente Generaldel Ferrocarril Huancayo - Huancavelica; De conformidad con los Estatutos del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica aprobados por Decreto Supremo Nº 019-96-MTC, su Reglamento deOrganización y Funciones, aprobado por Resolución deConsejo Directivo Nº 005-99-CD/FHH y la Ley Nº 27594"Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas, a partir de la fecha, las funciones que venía desempeñando elingeniero Luis Humberto Lazarte Núñez, en el cargo de Gerente General del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al ingeniero Luis Fernán Quijada Miranda como Gerente General delFerrocarril Huancayo - Huancavelica. Regístrese y notifíquese. RICARDO OTINIANO MOQUILLAZA Presidente del Consejo Directivo LEONCIO VILA ORELLANA Miembro del Consejo Directivo Representante Gobierno Regional de Junín MOISÉS BRAVO HINOSTROZA Miembro del Consejo DirectivoRepresentante Gobierno Regional de Huancavelica 03099 INDECI /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G79/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73 /G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G64/G65/G73/G65/G6D/G70/G65/GF1/G65/G6E/G20/G65/G6E/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G2D /G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 114-2006-INDECI 16 de febrero del 2006 Visto, el Informe Nº 025-2006-INDECI (13.0) de la Dirección Nacional de Educación y Capacitación, defecha 10 de febrero del 2006; mediante el cual se remitela relación de los participantes que aprobaron el Cursode Capacitación de Inspectores Técnicos de Seguridaden Defensa Civil, aptos para su reconocimiento y autorización; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074-2005-PCM, establece entre otros aspectos, los órganoscompetentes, las condiciones para ejecución de lasinspecciones, así como los requisitos para la obtencióndel reconocimiento y autorización del Inspector Técnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorización delInspector Técnico de Seguridad corresponde a laspersonas que habiendo cumplido con los requisitoscontemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitación para Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los