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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en formaprogresiva y ordenada conforme a criterios que permitanuna adecuada asignación de competencias ytransferencia de recursos del gobierno nacional hacialos gobiernos regionales y locales; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización establece en su artículo 3º que ladescentralización tiene como finalidad el desarrollointegral, armónico y sostenible del país, mediante laseparación de competencias y funciones y el equilibradoejercicio del poder por los tres niveles de gobierno en beneficio de la población; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzasnorman asuntos de carácter general, la organización yadministración del Gobierno Regional y reglamentanmaterias de su competencia; Que, el Art.19º del Reglamento Interno del Consejo Regional establece que las Comisiones Regionales songrupos de trabajo conformados por ConsejerosRegionales, cuyas funciones principales son normativasy fiscalizadoras. Son órganos consultivos del ConsejoRegional, sus objetivos son realizar los estudios que les encomiende el Consejo Regional, formular propuestas y dictámenes, sobre los asuntos que correspondan a surama de actividades de conformidad con su propioreglamento, para lo cual deberán contar con el apoyotécnico especializado; Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 004- 2006-REGIÓN CALLAO-CR, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao concedió licencia porsesenta (60) días a dos señoras Consejeras de la RegiónCallao; Que, el Art. 23º del enunciado cuerpo normativo prescribe que un Consejero Regional puede integrar hasta tres (3) Comisiones Ordinarias y sólo puede presidir una de ellas, debiendo los otros dos miembrosser elegidos para los cargos de secretario y vocal en lasesión de instalación de la Comisión, la cual se llevará acabo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a lapublicación del Cuadro de Comisiones; Que, como consecuencia de la adopción de dicho Acuerdo diversas Comisiones Ordinarias del ConsejoRegional han quedado sin Presidencia y sin el quórumreglamentario para su funcionamiento; Que, con el fin de que las Comisiones Regionales puedan continuar con el correcto desarrollo de las funciones que les compete, resulta necesario dejar en suspenso las normas del Reglamento Interno del ConsejoRegional que colisionen con el presente acuerdo aefectos de proceder a reconformar las mismas, en tantodure el período de licencia concedida; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao del día 17 de febrero del 2006, con dispensadel trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso delas atribuciones conferidas por la Constitución Políticadel Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y elReglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO. HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- DEJAR en suspenso toda norma referente a la conformación de las Comisiones Ordinariasen tanto dure el período de licencia concedida medianteAcuerdo del Consejo Regional Nº 004-2006-REGIÓN CALLAO-CR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente norma. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la publicación de la presente Ordenanzaen el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayorcirculación de la Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional del Callao, a los diecisiete días del mes de febrero del 2006. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 03253 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G64/G69/G63/G69/G6E/G61 /G22/G41/G6E/G74/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G4C/G6F/G72/G65/G6E/G61/G20/G52/G6F/G7A/G61/G73/G22 ORDENANZA REGIONAL Nº 036-2006-CUSCO-CRC/GRC El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en Sesión Ordinaria realizada el día veintinueve de enerodel año dos mil seis, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL PREMIO REGIONAL DE MEDICINA “ANTONIO LORENA ROZAS” Artículo Primero.- CREACIÓN DEL PREMIO REGIONAL Créase el Premio Regional de Medicina «ANTONIO LORENA ROZAS” a otorgarse cada año, con motivo decelebrarse el Aniversario del Hospital “Antonio Lorenadel Cusco”. Artículo Segundo.- CONVOCATORIA DEL PREMIO REGIONAL El Gobierno Regional del Cusco, es la entidad encargada de organizar y convocar el Premio Regionalde Medicina “ANTONIO LORENA ROZAS”. Artículo Tercero.- EL PREMIO El Premio Regional de Medicina “ANTONIO LORENA ROZAS”, consiste en la publicación de las InvestigacionesCientíficas ganadoras y otros reconocimientos que considereapropiados la entidad organizadora del evento. Artículo Cuarto.- DEL JURADO Para efectos de la calificación de las Investigaciones Científicas, se conformará el Jurado del Premio Regionalde Medicina “ANTONIO LORENA ROZAS”, cuyacomposición y número, así como sus funciones yprocedimientos serán determinados en el Reglamento de la presente Ordenanza Regional. Disposición Final.- DEL REGLAMENTO El Gobierno Regional del Cusco expedirá el reglamento de la presente Ordenanza Regional dentro de los 60(sesenta) días siguientes a su entrada en vigencia. Cusco, enero del 2006 CARLOS RICARDO CUARESMA SÁNCHEZ Alcalde 03160 GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G2D/G20/G4C/G61/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2005-CR/RLL Trujillo, 8 de noviembre del 2005