Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2006 (22/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de febrero de 2006

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional ­ La MORDAZA de fecha 12 de octubre del 2005, la propuesta formulada por la Comision de Infraestructura y la Subcomision de Transportes, relativo a la creacion del Consejo Regional de Seguridad Vial ­ La Libertad; CONSIDERANDO: Que, los vertiginosos cambios del entorno mundial han generado nuevas pautas de interaccion entre el ser humano y su medio ambiente. En este MORDAZA se han venido identificando nuevas formas de violencia social, siendo una de ellas los ACCIDENTES DE MORDAZA, como una de las formas mas representativas que enfrentan las sociedades modernas. Que, la Organizacion Panamericana de la Salud cataloga a los accidentes de MORDAZA como un problema social, tecnologico, cultural, economico, ambiental de alta complejidad y por el dano que produce a las personas, la familia, la comunidad y a la sociedad en general como un problema de salud publica. Que, dicho organismo afirma que entre las causas de enfermedades que producen muertes a nivel mundial, se proyecta que los accidentes de MORDAZA pasaran del noveno lugar en 1990 a un tercer lugar en el ano 2020; que en 1993 se registraron 3.5 millones de personas muertas por causa de accidentes de MORDAZA, lo cual la convierte en la principal causa de anos-vida potenciales perdidos; y estiman que, en el MORDAZA, 30 millones de personas discapacitadas son resultante de los accidentes de transito. Que, en nuestro MORDAZA, de acuerdo al analisis de las estadisticas realizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), se comprueba que los accidentes de MORDAZA causan anualmente un aproximado de 2,100 personas fallecidas y 16,000 lesionadas; asi como, cuantiosos danos economicos a la Nacion, estimados en el 1% del Producto MORDAZA Interno (PBI). Que, la Region La MORDAZA, no escapa de esta conducta violenta, como producto de las condiciones socioeconomicas, el incremento del MORDAZA automotor y el desarrollo exponencial del transporte publico sin el debido orden y sistematizacion pertinente que asegure condiciones de eficiencia y seguridad al usuario, peatones y otros transportistas, producidos en la MORDAZA decada. Que, por estas consideraciones mencionadas en los parrafos precedentes, se considera imprescindible la creacion en la Region La MORDAZA, de una instancia que se avoque a disenar las politicas y promover las acciones destinadas a afrontar la problematica planteada; asi como, actuar como un eje coordinador de los diversos organismos implicados en este campo; tal seria el Consejo Regional de Seguridad Vial, el mismo que estaria integrado por entidades comprometidas en la normatividad, control y regulacion del transito; asimismo por entidades que brindan apoyo a los programas educativos relacionados a la seguridad vial, como la Direccion Regional de Educacion, la Direccion Regional de Salud, la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, la III Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru, Municipalidad Provincial de MORDAZA y Organizaciones Representativas del Transporte de Carga y Transpor te de Pasajeros MORDAZA e Interprovincial. Que, la creacion del Consejo Regional de Seguridad Vial propuesto, se enmarca en las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales de conformidad con el Art. 9º, inciso g), de la Ley Nº 27867 ­ "Ley Organica de los Gobiernos Regionales", modificada por la Ley Nº 27902, que en este sentido senala que los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de vialidad, entro otros, conforme a Ley.

Que, asimismo, se precisan como funciones especificas de los Gobiernos Regionales, en el Art. 56º, inciso a) de la Ley ante citada, el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la Region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales, de acuerdo al Art. 56º, inciso a); asi como tambien, en el Art. 61º, inciso e), el de promover y apoyar la educacion y seguridad vial. Que, teniendo en cuenta el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 010-96-MTC, donde se crea el Consejo Nacional de Seguridad Vial (CNSV), modificado por los D.S. Nº 024-2001-MTC y D.S. Nº 027-2002-MTC, que a su vez establece que "El Consejo Nacional de Seguridad Vial propondra la creacion de Comites de Seguridad Vial en las ciudades que considere conveniente a nivel nacional ...". En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902: Con el MORDAZA UNANIME de los senores integrantes del Consejo Regional de la Region La Libertad; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la creacion del Consejo Regional de Seguridad Vial ­ La MORDAZA, con el objeto de disminuir los accidentes de MORDAZA y las consecuencias generados por estos, asi como de contribuir a prevenir accidentes viales, generando en la ciudadania la sensibilizacion y los cambios actitudinales necesarios para mejorar el desenvolvimiento y participacion como peaton, pasajeros (a) o conductor (a) en el Sistema del transito. Articulo Segundo.- El Consejo Regional de Seguridad Vial ­ La MORDAZA, estara conformado por: - Un representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones ­ La MORDAZA, quien lo presidira. - Un representante de la Direccion Regional de Educacion ­ La Libertad. - Un representante de la Direccion Regional de Salud ­ La Libertad. - Un representante de la III Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru. - Un representante de la Municipalidad Provincial de Trujillo. - Un representante de la Organizacion que agrupa a los Transportistas de Carga. - Un representante de la Organizacion que agrupa a los Transportistas de Pasajeros MORDAZA e Interprovincial. Articulo Tercero.- El Consejo Regional de Seguridad Vial ­ La MORDAZA, tendra como funciones basicas: a) Proponer metas y objetivos en Seguridad Vial, proponiendo politicas de prevencion de accidentes y coordinar la ejecucion de Planes de accion a mediano y largo plazo en el ambito Regional. b) Disenar, impulsar y evaluar la realizacion de programas para la seguridad y educacion vial en el ambito Regional, proponiendo ideas e iniciativas, de propuestas que conlleven a disminuir los accidentes de transito. c) Fomentar la participacion activa de los medios de comunicacion social en la implantacion de campanas educativas, con el proposito de incentivar la prevencion ciudadana para contribuir a disminuir el alto indice de accidentes de transito. d) Fomentar y desarrollar la investigacion accidentologica de MORDAZA en el ambito Regional, promoviendo la implementacion de las medidas que resulte de sus conclusiones. e) Promocionar y difundir, en el ambito Regional, la normatividad vigente del transito; asi como las medidas de prevencion orientadas a la Seguridad Vial. f) Promover y organizar eventos tales como cursos, capacitacion, estudio sobre prevencion de accidentes de MORDAZA en el ambito regional, realizando campanas que promuevan la Seguridad Vial.

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