Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2006 (22/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 22 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES
ACUERDA:

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Que mediante Informe Nº 045-2006-JL/MSJL, la Jefatura de Logistica, hace de conocimiento que la necesidad de que se tramite la declaratoria de situacion de desabastecimiento inminente para la contratacion del servicio del Suministro de Combustible para las Unidades de la Flota Vehicular de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, ello en razon de que a la fecha el Contrato de Suministro de Combustible con la empresa Inversiones y Servicios Universal ha vencido y que el mismo no ha sido prorrogado en razon de que se ha interpuesto denuncia penal contra dicha empresa en razon de que habria estado distribuyendo combustible diesel­2 adulterado; Que, el informe de la referencia emitido por la Jefatura de Logistica da cuenta que con fecha 9 de marzo del 2005, se suscribio el contrato de suministro de combustible con la empresa Inversiones y Servicios Universal S.A., al haber sido ganadora de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 001-2005-CE/MDSJ, indicandose que a raiz de una serie de quejas por parte del area de Servicios Publicos Locales, se coordino con la Gerencia de Servicios Publicos locales para que se realizaran las pruebas de control de calidad del combustible que se venia suministrando por parte de la empresa Inversiones y Servicios Universal S.A, informandose que se requirio la participacion del Laboratorio de la Facultad de Petroleo, Gas Natural y Petroquimica de la Universidad Nacional de Ingenieria, entidad que emitio el Informe de Ensayo Nº IE-72505 e IE-70905 de fecha 9 de diciembre del 2005, el mismo que concluye que el combustible Diesel 2 que venia suministrando la empresa Inversiones y Servicios Universal no se encontraba de acuerdo a la MORDAZA Tecnica Peruana 321.003 y que en atencion a ello con fecha 4 de enero del 2006, mediante Memorando Nº 1136-2005-PPM/MDSJL, la Procuraduria Municipal da cuenta de que se ha interpuesto denuncia penal ante la Fiscalia Penal correspondiente de MORDAZA, en contra de la empresa Grifos Universal, al haberse verificado que el producto diesel 2 se habria encontrado adulterado, refiriendo que con fecha 5 de enero del 2006, el contrato de suministro de combustible con la empresa Inversiones y Servicios Universal concluyo y dado los antecedentes que han derivado en una denuncia penal ante la fiscalia, la entidad decidio, (en salvaguarda de los interes de la corporacion) no dar tramite a mayor prorroga del contrato con dicha empresa, toda vez que estaba en cuestionamiento la calidad misma del producto que se venia suministrando; Que, asimismo se verifica que la situacion descrita, esta configurando una situacion de orden objetivo y que amerita que se tramite la Declaracion de Desabastecimiento Inminente, para proceder a realizar la contratacion del Suministro de Combustible para las Unidades de la Flota Vehicular de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, mientras dure el MORDAZA de seleccion para el ejercicio 2006, a efecto de permitir que las unidades de la flota vehicular sigan prestando los servicios de limpieza publica asi como los demas servicios que se presta a la ciudad; Que, asimismo mediante Informe Nº 086-2006-GAJ/ MDSJL la Gerencia de Asesoria Juridica de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho emite su informe legal en el sentido de que el requerimiento planteado por la Jefatura de Logistica, configura el supuesto de situacion de urgencia previsto en el articulo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que se trata de una situacion extraordinaria que compromete un servicio esencial a favor de la comunidad, razon por la cual se pronuncia por la procedencia de que se declare la Situacion de Desabastecimiento Inminente en este extremo mientras dure el MORDAZA de seleccion convocado para tal fin; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en el D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004PCM, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, las ABSTENCIONES DE LOS SENORES REGIDORES MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI, MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ROMER MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ESTRAVER MORDAZA, con la dispensa del tramite de comisiones y de lectura y aprobacion del acta.

Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la contratacion del Suministro de Combustible para las Unidades de la Flota Vehicular por un plazo de 45 dias o hasta la fecha en que quede consentido el otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica correspondiente para la "Contratacion del Suministro de Combustible para las Unidades de la Flota Vehicular", exonerandose del MORDAZA de seleccion correspondiente durante dicho plazo. Articulo Segundo.- Autorizar a la entidad para que a traves del organo competente proceda a ejecutar las acciones administrativas pertinentes respecto a la Contratacion del Suministro de Combustible para las Unidades de la Flota Vehicular segun el detalle siguiente: Item Descripcion Unidad Cantidad Valor Referencial Semanal Unitario x Galon 1 Gasolina 84 Galon 62 S/ 11.59 octanos Nuevos Soles 2 Gasolina 90 Galon 406 S/. 12.95 Octanos Nuevos Soles 3 Gasolina 97 Galon 27 S/. 15.71 Octanos Nuevos Soles 4 Diesel -2 Galon 3,500 S/. 10.49 Nuevos Soles
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados.

A r ticulo Te rcero.- Encargar a la Secretar i a Municipal la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir el presente a conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en el plazo de 10 dias siguientes de su aprobacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Jefatura de Logistica la publicacion del presente acuerdo en el SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03223

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 101-MDSM Mediante Oficio Nº 026-2006-SG/MDSM, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 101-MDSM, publicada en la edicion del dia 10 de febrero de 2006. 1.- OCTAVO CONSIDERANDO: DICE: "Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA ha presentado en el mes de octubre de 2005 al Instituto Metropolitano de MORDAZA, la propuesta de Reajuste de Indices de Usos para la Ubicacion de algunas Actividades Comerciales en Zonas Urbanas de la jurisdiccion de San Miguel; a efectos de ser incluida en la aprobacion del Plan de Acondicionamiento Territorial por la Provincial, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 620-MML; en MORDAZA, se elimina los Codigos 5511 (Hotel para categoria igual o menor a Tres Estrellas), 5512 (Hostal), 5513 (Apart Hotel), 5519A MORDAZA de Huespedes y Pension), 5519B (Albergue), 5520E (Bares, Cantinas, Choperias y Pubs), 9219A (Salones de Baile, Discotecas, Boites, Salsodromos, Pubs, Karaoke y similares), 9219C (Casinos, MORDAZA de Bingo, Tragamonedas y Telepodromo) y 9219F (Prostibulos y MORDAZA de Cita);"

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