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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, para garantizar los procesos de uso y ocupación del territorio en el ámbito regional, esnecesario conocer las diferentes alternativas de usosostenible del territorio basado en la evaluación de las potencialidades y limitaciones, con la finalidad de orientar la toma de decisiones sobre los mejores usos delterritorio en armonía a las necesidades de la poblacióny el ambiente; Que, la Región Ancash mediante la Ordenanza Regional Nº 003-2004-REGIÓN ANCASH/CR, aprueba la Política Ambiental Regional, el Plan de Acción Ambiental Regional al 2010, la Agenda Ambiental 2004-2005 y elSistema Regional de Gestión Ambiental de Ancash; Que, en el Frente Verde del Plan de Acción Ambiental Regional al 2010, se establece el Ordenamiento Ambientalpara ser utilizado como instrumento de desarrollo en el ámbito regional; Que, el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 087- 2004-PCM, Reglamento de Zonificación EcológicaEconómica-ZEE, establece que los GobiernosRegionales y Locales son las entidades encargadas dela ejecución de la Zonificación Ecológica Económica dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, el artículo 16º del citado Decreto Supremo, establece que cada proceso de ZEE desarrollado en elámbito regional y local (macro y meso) requiere laconformación de una Comisión Técnica; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatoria Ley Nº 27902, establece los Principios Rectores de lasPolíticas y la Gestión Regional, siendo uno de ellos lasostenibilidad, según el cual la Gestión Regional secaracteriza por la búsqueda del equilibriointergeneracional en el uso racional de los recursos naturales, para lograr los objetivos de desarrollo, la defensa del medio ambiente y la protección de labiodiversidad; Que, el literal a) del artículo 53º de la mencionada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece comofunción en materia ambiental de los Gobiernos Regionales: formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambientaly de ordenamiento territorial, en concordancia con losplanes de los Gobiernos Locales; Que, habiendo conformado la Comisión Técnica de Zonificación Ecológica y Económica, como resultado de 4 talleres realizados en los meses de Abril, Mayo, Julio y Setiembre del año 2005, con la participación de diversasinstituciones del sector público, privado y la sociedadcivil organizada, es necesario su oficialización mediantela emisión de una Ordenanza Regional. En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902; y, demás normaspertinentes; y estando a lo acordado por mayoría en lasesión ordinaria llevada a cabo el día 5 de enero del2006; ORDENA: Artículo Primero .- Declárese de interés regional la Zonificación Ecológica Económica y OrdenamientoTerritorial. Artículo Segundo .- Constituir la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica Económica y Ordenamiento Territorial, que estará integrada porrepresentantes de las siguientes instituciones: a) Un representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente delGobierno Regional de Ancash. b) Presidente de la Asociación de Municipalidades de Ancash. c) Alcalde de la provincia de Sihuas.d) Alcalde de la provincia de Huaraz.e) Un representante del Consejo Nacional de Ciencia Tecnología – Filial Ancash - CONCYTEC. f) Un representante de la Universidad Nacional de Ancash “Santiago Antúnez de Mayolo”. g) Un representante de la Universidad Nacional del Santa.h) Un representante de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental. i) Un representante de la Dirección Regional de Minería. j) Un representante de la Dirección Regional de Agricultura. k) Un representante de la Dirección Regional de Producción. l) Un representante del Instituto Nacional de Cultura.m) Un representante de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. n) Un representante de la Dirección Regional de Vivienda y Construcción. o) Un representante de las Comunidades Campesinas: Federación Agraria de Ancash – FADA. p) Un representante de la ONG DIACONIA.q) Un representante de la ONG World Visión.r) Un representante de la Empresa Ducke Energy Egenor S. en C. por A. s) Un representante de la Empresa Barrick MIsquichilca S.A. Además, según el Reglamento, la Comisión Técnica Regional podrá convocar a otras instituciones con responsabilidad y/o interés en el tema para que participen en éste. Artículo Tercero .- La Comisión Técnica Regional tendrá las siguientes funciones: a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zonificación Ecológica y Económica – ZEE a nivel regional y local; así como los aspectos relacionados a la macro zonificación nacional;y, b) Proponer los mecanismos de consultas y participación ciudadana y procesos de difusión ycapacitación. DISPOSICIONES FINALES Única.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los diecinueve días del mes de enero del 2006. ELOY RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los diecinueve días del mes de enero del 2006. RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente Gobierno Regional de Ancash 03090 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G50/G6C/G61/G6E/G20/G42/GE1/G73/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G22/G20/G79/G20/G6C/G6F/G73/G20/G22/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G79/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2006-REGIÓN ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional;