Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2006 (22/02/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

Pag. 313032

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de febrero de 2006

Que, mediante Informe Nº 041-2006-MPL-OAT/UR de fecha 31 de enero del 2006 de la Unidad de Recaudacion de la Oficina de Administracion Tributaria, se determino la relacion de aquellos contribuyentes que aparecen con saldo menor de Quince y 00/100 Nuevos Soles (S/. 15.00); En uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Disponer el quiebre de los saldos pendientes de pago por concepto de gastos administrativos, tributos insolutos, diferencias de acotacion, reajustes e intereses a que hubiera lugar, cuyo monto sea menor o igual a S/.15.00 (Quince y 00/100 Nuevos Soles), que corresponden a cada uno de los contribuyentes que se detallan en el Anexo 01, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La Oficina de Administracion Tributaria, respecto de las deudas tributarias que se incluyan dentro de los alcances del articulo precedente, realizara las siguientes acciones, segun corresponda: - Dejara sin efecto las Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa, Ordenes de Pago u otros valores que contengan deudas tributarias respecto de las cuales se hubieran interpuesto recursos de reclamacion que se encuentran en tramite, declarando de oficio la procedencia del recurso. - No ejercera, o de ser el caso, suspendera cualquier accion de cobranza, procediendo a extinguir la deuda pendiente de pago, asi como las costas y gastos a que hubiera lugar. - La Unidad de Contabilidad registrara los efectos contables que de ellos se deriven. Articulo Tercero.- La aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza no da derecho a devolucion ni compensacion de lo pagado por el deudor tributario, respecto de las Resoluciones u Ordenes de Pago, que contengan deudas consideradas de recuperacion onerosa. Asimismo, si como resultado de la aplicacion de la presente Ordenanza, resultara un saldo a favor del deudor tributario, este no sera materia de compensacion ni devolucion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los contribuyentes que por efecto de la aplicacion de la presente ordenanza, resulten sin deudas tributarias hasta el ano 2005, podran acogerse a los descuentos del 20% y 5% en los Arbitrios Municipales del 2005, siempre que cumplan con los plazos y condiciones establecidas en la Ordenanza Nº 206-MPL. Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Informatica, Oficina de Ejecucion Coactiva y Unidad de Contabilidad, en los temas de su competencia. Tercero.- Disponer que la presente Ordenanza entre en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 03251

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 004-2006-MPL/CPL-CPDE de la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru y su modificatoria, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, es necesario dinamizar la recaudacion tributaria, promoviendo el pago de los tributos MORDAZA del vencimiento establecido en el cronograma correspondiente, otorgando en el presente ejercicio, un descuento especial para aquellos contribuyentes que no puedan acceder a otros beneficios otorgados por esta Corporacion Edil; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar un beneficio por "Pronto Pago", consistente en un descuento ascendente al 10% (diez por ciento) de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del 2006, a los contribuyentes que efectuen la cancelacion por adelantado de todo el ano 2006, hasta el 28 de febrero del 2006. Articulo Segundo.- El beneficio senalado en la presente Ordenanza, no sera acumulable a los beneficios otorgados mediante la Ordenanza Nº 206-MPL de fecha 28 de diciembre del 2005. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Oficina de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la Oficina de Comunicacion Social su difusion y a la Oficina de Administracion, su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 03252

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Otorgan beneficio de descuento al pago en procedimiento de autorizacion para zanjas o canalizacion y conexiones domiciliarias en Asentamientos Humanos
ORDENANZA Nº 085 San MORDAZA de Lurigancho, 30 de enero de 2006

Otorgan beneficio por pronto pago de tributos
ORDENANZA Nº 210-MPL Pueblo Libre, 20 de febrero del 2006

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.