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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 Que, la Oficina Regional de Administración, con Oficio Nº 107-2006-GR PUNO/ORA de 8 de febrero de 2006,remite para su aprobación, el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones del Gobierno Regional Puno, queconsolida la información de los diferentes procesos deselección previstos para el año fiscal 2006; En el marco de lo establecido por Directiva Regional Nº 08-2004-GOBIERNO REGIONAL PUNO, aprobadapor Resolución Ejecutiva Regional Nº 136-2004-PR-GRPUNO; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL GOBIERNOREGIONAL PUNO, correspondiente al AÑO FISCAL 2006,conforme al Anexo Nº 01 que forma parte de la presenteresolución. Artículo Segundo.- La Oficina Regional de Administración cumplirá con publicar el PLAN ANUALDE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DELGOBIERNO REGIONAL PUNO 2006, dentro del plazode diez (10) días hábiles de aprobado, debiendo en igualplazo, remitir un ejemplar al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, un ejemplar a la Comisión de Promociónde la Pequeña y Microempresa - PROMPYME; y deberádisponer su publicación en el Sistema Eléctrico deAdquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, enel plazo de cinco (5) días hábiles de aprobado. Artículo Tercero.- DISPONER que el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DELGOBIERNO REGIONAL PUNO 2006, quede adisposición de los interesados en la Oficina deAbastecimiento y Patrimonio Fiscal, en su sede del Jr.Deustua # 356. Regístrese, comuníquese y archívese. VÍCTOR CIRO QUISPE NINA Gerente General Regional 03155 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C /G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 042-MCPSMH C.P. Santa María de Huachipa, 31 de enero de 2006 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha por unanimidad, y: CONSIDERANDO Que por Acuerdo de Concejo de la Municipalidad de Lima Metropolitana Nº 014-92 del 23 de enero de 1992,se crea la Municipalidad del Centro Poblado de SantaMaría de Santa María de Huachipa, distrito de Lurigancho,provincia y departamento de Lima. Que en el mismo acuerdo se establece la potestad de “encargarle los servicios públicos indicados en los artículos 71º de la Ley Orgánica de Municipalidades dela Ley Nº 23853 facultándola a recaudar las rentasreferidas a los artículos 90º, 91º y 92º de la Ley Orgánicade Municipalidades. Para cuyo efecto las tarifas o tasas de las contribuciones, derechos, arbitrios y licencias quecobre, deberán ser previamente aprobadas por elConsejo Metropolitano de Lima. Que la Ordenanza Nº 768-MML que regula la adecuación de la Municipalidad del Centro Poblado a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 5º considera “como recursos de la Municipalidad del CPSanta María de Huachipa las rentas facultadas arecaudar por Acuerdo de Concejo N° 014-92 de fecha23.1.1992, así como los que implique la presenteordenanza...” Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, en su artículo 15º dispone los plazos ymodalidades para el cobro del Impuesto Predial. Que la Cuarta Disposición final de la Ley de Tributación Municipal faculta a las Municipalidades que brinden elservicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución adomicilio, a cobrar por dichos servicios no más del 0.4%de la UIT vigente al 1 enero de cada ejercicio. Que, es necesario precisar los plazos para el Pago del Impuesto Predial, así como determinar el importe por los gastos administrativos que origine la emisión del tributo señalado. Estando a la facultad conferida en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa deltrámite de lectura y aprobación del acta, se emite elsiguiente dispositivo: Artículo Primero.- De conformidad con el artículo Nº 15 de la Ley de Tributación Municipal, la obligación delpago del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2006vencerá: Pago al contado: 28 de febrero Pago Fraccionado1º Cuota: 28 de febrero 2º Cuota 31 de mayo 3º Cuota: 31 de agosto 4º Cuota: 30 de noviembre Artículo Segundo.- Al amparo de la Cuarta Disposición final del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley deTributación Municipal, se determina en S/. 13.60 (Trece y 60/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisiónmecanizada de actualización de valores, determinacióndel impuesto y de recibos de pago correspondientesincluyendo su distribución a domicilio de las declaracionesjuradas para el ejercicio fiscal 2006, por cada predio. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración y Rentas, establecer los mecanismos masadecuados para la correcta aplicación de la presenteordenanza y a la Oficina de Relaciones Públicas para sudebida difusión. Regístrese, comuníquese, archívese y cúmplase. MARÍA A. FONSECA ESPINOZA Alcaldesa 03156 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 109-MDCH Chaclacayo, 13 de febrero del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO