Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2006 (27/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 27 de febrero de 2006 IV. PRINCIPIOS RECTORES

NORMAS LEGALES

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El Personal del Sector debera observar, en especial durante el desarrollo de las elecciones generales 2006, los principios y/o deberes establecidos en las Leyes Nºs. 27815 y 28175, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y Ley MORDAZA del Empleo Publico, respectivamente. De dichos principios y/o deberes, se resaltan los siguientes: a) MORDAZA de Legalidad, los deberes y obligaciones del Personal del Sector se enmarcan dentro de lo establecido en la Constitucion, Leyes y Reglamentos. b) MORDAZA de Imparcialidad, la funcion publica y la prestacion de servicios publicos se ejerce sin discriminar a las personas y sin realizar diferencias. c) MORDAZA de Probidad y Etica Publica, El empleado publico actuara de acuerdo a los principios y valores eticos establecidos en la Constitucion y las leyes, que requiera la funcion publica. d) MORDAZA de Equidad, cuyo objetivo es asegurar que los participantes a un MORDAZA electoral tengan las mismas oportunidades dentro del MORDAZA legal y frente a las garantias que debe dar el Estado a todos los ciudadanos para el ejercicio del derecho de participacion politica. e) Deber de Transparencia, el Personal del Sector debe ejecutar los actos del servicio de manera transparente, ello implica que dichos actos tienen en MORDAZA caracter publico y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o juridica. El servidor publico debe brindar y facilitar informacion fidedigna, completa y oportuna. f) Deber de Neutralidad, el Personal del Sector debe actuar con absoluta imparcialidad politica, economica o de cualquier otra indole en el desempeno de sus funciones, demostrando independencia respecto a sus vinculaciones con personas, partidos politicos o instituciones. g) Deber de Responsabilidad, el Personal del Sector debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica. V. ALCANCE Esta Directiva es de cumplimiento obligatorio para el Personal del Sector, durante su horario de trabajo o mientras permanezcan en los locales institucionales, asi como durante las comisiones de servicio dentro y fuera de su centro de trabajo. Esta Directiva no es de aplicacion para el Personal del Sector que, de acuerdo con las normas electorales, MORDAZA obtenido licencia para participar como candidatos durante el MORDAZA electoral del ano 2006, siempre que, durante el tiempo que dure la licencia, no actue como Personal del Sector ni utilice recursos del Estado con fines politicos electorales. Esta Directiva no exceptua al Personal del Sector de su deber de integrar Mesas de Sufragio. VI. DISPOSICIONES 1. Disposicion General El Sector Comercio Exterior y Turismo garantiza su absoluta neutralidad durante el desarrollo de las Elecciones Generales del ano 2006. En tal sentido, el personal del MINCETUR, asi como de las Entidades y Organismos Publicos Descentralizados que forman parte de su estructura organica, tiene la obligacion de velar por el desarrollo de un MORDAZA electoral sin interferencias ni presiones, que permita a los ciudadanos expresar sus preferencias electorales en forma autentica, espontanea y libre dentro del MORDAZA constitucional y legal que regula la materia. 2. Disposiciones Especificas a) El Personal del Sector esta prohibido de realizar proselitismo politico y cualquier actividad politica partidaria o electoral durante el MORDAZA electoral del ano 2006, durante su horario de trabajo o prestacion de servicios, mientras permanezcan en los locales

institucionales, asi como durante las comisiones de servicio dentro y fuera de sus centros de trabajo, bajo responsabilidad. Igualmente, en dichas oportunidades, no podran asistir a ningun comite u organizacion politica, ni realizar actos de cualquier naturaleza o hacer propaganda a favor o en contra de una organizacion politica o candidato. b) El Personal del Sector que, por la naturaleza de sus funciones, tenga contacto frecuente con un determinado grupo que recibe algun beneficio dentro de un programa estatal, esta prohibido de utilizar esa circunstancia para orientar el MORDAZA de los beneficiados o ejercer presion sobre ellos con la finalidad de favorecer o perjudicar a una organizacion politica o candidato que participe en el MORDAZA electoral del ano 2006 , bajo responsabilidad. c) El Personal del Sector esta prohibido de usar locales publicos (oficinas, entidades oficiales, entre otros) para realizar reuniones o actos politicos o para elaborar instrumentos de propaganda de naturaleza politica, a favor o en contra de las organizaciones politicas o de los candidatos que participan en el MORDAZA electoral del ano 2006. Asimismo, esta prohibido de usar otros recursos del Estado para los mismos fines, incluyendo los recursos obtenidos a traves del Tesoro Publico, los recursos directamente recaudados y los provenientes de las agencias de cooperacion internacional. Esta prohibicion se hace extensiva a los bienes y servicios obtenidos de MORDAZA de financiamiento de dicha cooperacion. d) El Personal del Sector esta prohibido de hacer propaganda politica a favor o en contra de las organizaciones politicas o de los candidatos que participan en el MORDAZA electoral del ano 2006; utilizando para ello los medios de comunicacion escrita, radial o televisiva de propiedad del Estado. Esta disposicion incluye el uso de la pagina web y del correo electronico administrado o contratado por dichas entidades. e) Conforme a ley, durante el MORDAZA electoral se suspendera la realizacion de publicidad del Sector Comercio Exterior y Turismo en cualquier medio de comunicacion, publico o privado; salvo las excepciones que la misma ley establece. f) El Personal del Sector tiene la obligacion de dar las facilidades necesarias para que quienes se encuentren bajo su dependencia ejerzan en forma libre y sin presiones su derecho al sufragio. g) El Personal del Sector no puede ejercer coaccion o dar ordenes que perturben el libre ejercicio del derecho de sufragio. h) Ningun organo ni Personal del Sector puede interferir en los actos preparatorios de las Elecciones Generales del ano 2006, ni en el funcionamiento de las mesas de sufragio o de cualquier otro organo del Sistema Electoral. Asimismo, estan prohibidos de ejercer presion sobre los electores para inducir u orientar el sentido de su voto. i) Los organos pertinentes del MINCETUR y de las Entidades y Organismos Publicos Descentralizados que forman parte de su estructura organica, se encuentran obligadas a incorporar una clausula resolutoria en los contratos de locacion de servicios y de practicas preprofesionales que celebren, renueven o prorroguen con personas naturales, por causal de incumplimiento de los principios y obligaciones contenidas en la presente Directiva. VII. MORDAZA DE QUEJAS Y DENUNCIAS Las organizaciones politicas, los candidatos o los ciudadanos en general podran presentar quejas y denuncias contra el Personal del Sector que contravenga esta Directiva o cualquier MORDAZA vinculada al MORDAZA electoral, ante las oficinas de tramite documentario correspondiente del MINCETUR y de las Entidades y Organismos Publicos Descentralizados que forman parte de su estructura organica, de la Defensoria del Pueblo y de los organismos de supervision del Sistema Electoral o los reconocidos por estos, en todo el territorio nacional. Estas quejas y/o denuncias seran tramitadas conforme al Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de

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