Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2006 (27/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 27 de febrero de 2006

fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 03546

Incorporan y promueven uso del lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones que emitan los organos del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 188-2006/MINSA MORDAZA, 23 de febrero del 2006 Visto el Expediente Nº 06-004908-001, que contiene el OFICIO Nº 148-2006-DGPS/MINSA, de la Direccion General de Promocion de la Salud; CONSIDERANDO: Que, el numeral 2. del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y, que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole; Que, el Peru ha suscrito y ratificado varios compromisos internacionales, tales como: la "Convencion sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion Contra la Mujer" (CEDAW 1979), el "Consenso de Mexico de la IX Conferencia Regional de la Mujer de MORDAZA Latina y El Caribe" (2003) y, las "Metas del Milenio para el ano 2015", a traves de los cuales se acordo la promocion de la igualdad entre los sexos y la autonomia de la mujer, el compromiso de consagrar en su Constitucion Politica y en cualquier otra legislacion apropiada el MORDAZA de la igualdad del hombre y de la mujer y garantizar por ley u otros medios apropiados la realizacion practica de ese MORDAZA y asegurar el pleno desarrollo de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y goce de sus derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre; Que, el Gobierno Peruano, mediante el Acuerdo Nacional, en su Decimo Primera Politica de Estado: "Promocion de la Igualdad de Oportunidades sin Discriminacion", se ha comprometido a dar prioridad efectiva a la promocion de la igualdad de oportunidades, reconociendo que en nuestro MORDAZA existen diversas expresiones de discriminacion e inequidad social, en particular contra la mujer, la infancia, las personas adultas mayores, las personas integrantes de comunidades etnicas, las personas discapacitadas y las personas desprovistas de sustento, entre otras; y, que la reduccion y posterior erradicacion de estas expresiones de desigualdad requieren de acciones afirmativas por parte del Estado y de la sociedad, aplicando politicas y estableciendo mecanismos orientados a garantizar la igualdad de oportunidades economicas y sociales para toda la poblacion; Que, por Resolucion Ministerial Nº 111-2005/MINSA, se aprobaron los "Lineamientos de Promocion de la Salud", los cuales establecen, entre otros, los enfoques transversales de: "equidad de genero", "equidad en salud" e "interculturalidad", con el proposito de generar igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, lograr un mejor acceso a los recursos sanitarios y, el respeto a las diferencias culturales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 039-2005/ MINSA, se constituyo la Unidad Tecnica Funcional de Derechos Humanos, Equidad de Genero e Interculturalidad en Salud, adscrita a la Direccion General de Promocion de la Salud, para la incorporacion de dichos enfoques en las politicas e intervenciones del Ministerio de Salud; asi como para brindar la asistencia tecnica y monitorear las acciones respectivas; Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, adopto como politica institucional el uso del lenguaje inclusivo, que es un indicador de avance en cuanto a equidad y se sustenta en que el lenguaje y las imagenes inducen a la formacion de entornos e influyen en el comportamiento, actitudes y decisiones que empoderan a las personas; Que, dentro de este contexto, es necesario adoptar medidas que permitan aplicar el uso del lenguaje inclusivo, que comprende el lenguaje sensible al genero, a fin de visualizar y reconocer la composicion diversa de la

SALUD
Crean la Unidad de Coordinacion Normativa de la Secretaria General del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 187-2006/MINSA MORDAZA, 23 de febrero de 2006 Visto el Expediente Nº 06-007998-001, que contiene el Oficio Nº 0252-2006-SG/MINSA, de la Secretaria General del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 826-2005/MINSA, de fecha 24 de octubre de 2005, se aprobaron las "Normas para la Elaboracion de Documentos Normativos del Ministerio de Salud", encargandose a la Secretaria General del Ministerio de Salud la difusion de dichas normas; Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0232005-SA, la Secretaria General del Ministerio de Salud asesora, asiste y brinda apoyo tecnico y administrativo al Ministro de Salud; Que, a efecto de viabilizar el mencionado encargo, es conveniente establecer la coordinacion normativa respectiva, a traves de una unidad funcional con caracter temporal, a cargo de la Secretaria General del Ministerio de Salud; Estando a lo opinado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves del INFORME Nº 0057-2006-OGPP-OO/MINSA y, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y, en el literal q) del articulo 7º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 023-2005-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crear la Unidad de Coordinacion Normativa de la Secretaria General del Ministerio de Salud, como unidad funcional con caracter temporal hasta la aprobacion del Manual de Organizacion y Funciones respectivo; encargada de la coordinacion con los organos del Ministerio de Salud, en el MORDAZA de lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 826-2005/MINSA. Articulo 2º.- La creacion de la referida Unidad de Coordinacion Normativa no generara gastos adicionales al presupuesto del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 03529

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