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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (27/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G33/G33/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de febrero de 2006 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 OSINERG /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/G63/GE1/G70/G69/G74/G65/G20/G61/G29/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G36/GBA /G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G64/G65/G20/G47/G61/G73/G20/G4E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 189-2006-OS/GG Lima, 17 de febrero de 2006 VISTO: El Memorando Nº 886-2006-GFH-UPP de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos por el cual se solicita la modificación del artículo 6º del Procedimiento de Reconocimiento de Organismos Certificadores de laCompetencia Técnica de Instaladores de Gas Natural; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Gerencia General de OSINERG Nº 1265-2005-OS/GG, se aprobó elProcedimiento de Reconocimiento de Organismos Certificadores de la Competencia Técnica de Instaladores de Gas Natural; Que, en el artículo 6º del Procedimiento a que hace referencia el acápite anterior se establecen los requisitos que deberán cumplir las empresas certificadoras paracalificar como tales; Que, efectuada la convocatoria para la calificación de Organismos Certificadores de la Competencia Técnicade Instaladores de Gas Natural, la misma tuvo que ser declarada desierta por cuanto ninguna de las empresas que se presentaron cumplían con el plazo de experienciamínima requerida; Que, la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos, en el memorando del visto propone la reducción del plazode experiencia a 1 año, el mismo que considera suficiente para la calificación de las empresas que deseen calificar como Organismos Certificadores de la CompetenciaTécnica de Instaladores de Gas Natural; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo de OSINERGNº 163-2005-OS/CD; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos.SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el acápite a) del artículo 6º del Procedimiento de Reconocimiento de Organismos Certificadores de la Competencia Técnica de Instaladores de Gas Natural en los términos siguientes: "a) Contar con un mínimo de 1 año de experiencia en la prestación de servicios similares de certificación depersonal." Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página Web de OSINERG. EDWIN QUINTANILLA ACOSTA Gerente General 03495 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G63/G6F/G70/G69/G61/G73/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G75/G73/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G65/G78/G74/G72/G61/G6E/G6A/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 910 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 17-2006-MML-CMAEDO; y de conformidad con el artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el artículo 60ºdel Decreto Legislativo Nº 776, que aprueba la Ley de Tributación Municipal y los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Establecer el servicio de Expedición de Copias Certificadas para uso en el Extranjero de documentos que obran en el archivo de la MunicipalidadMetropolitana de Lima, el cual estará a cargo de la DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe