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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 8 de julio de 2006 323207REPUBLICADELPERU SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el evento "III Congreso Bolivariano del Climaterio y Menopausia y VII CongresoPeruano de Climaterio", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 6 al 8 de julio de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11948 SALUD /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G22/G53/G61/G6E/G74/G61 /G52/G6F/G73/G61/G22/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 604-2006/MINSA Lima, 28 de junio del 2006 Vistos, el Oficio Nº 0191-2006-SA-HGSR-D de la Dirección Ejecutiva del Hospital "Santa Rosa", el Informe Nº 061-06-SA-DS-HGSR-AL del Asesor Legal delHospital "Santa Rosa", el Informe Nº 230-06-SA-DS- HGSR-DA de la Oficina de Administración, el Informe Técnico Nº 01-2006-SA-HSR-JUL de la Unidad deLogística, el Memorándum Nº 263-2006-SA-DS-HGSR- OPE de la Oficina de Planeamiento Estratégico, los Memos Nºs. 059 y 054-2006-DS-HGSR-DNyD delDepartamento de Nutrición y Dietética, el Oficio Nº 1479- 2006-OGAJ y el Informe Nº 422-2006-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0191-2006-SA-HGSR-D y el Informe Nº 061-06-SA-DS-HGSR-AL, el Director Ejecutivo (e) del Hospital General "Santa Rosa" comunicala necesidad de contar con el "Servicio de Alimentos para Personas" y sustenta la necesidad de contratar dicho servicio por causal de desabastecimiento inminentepor el período de cincuenta (50) días fecha estimada para la suscripción del contrato que derive del Concurso Público Nº 0001-2006-HGSR (Segunda Convocatoria); Que, con relación a lo anterior, se informa que el citado proceso de selección, convocado para la contratación de servicio cuya contratación se persigueexonerar, aún se encuentra en marcha, toda vez que la Primera Convocatoria fue declarada desierta por ausencia de postores; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "en situación de emergencia o dedesabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, mediante el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece que se considera Desabastecimiento Inminente aquella situaciónextraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones,servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolucióno acuerdo que apruebe la exoneración del proceso deselección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justificación técnicay legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, debiéndose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que serefiere el inciso b) del artículo 19º de la Ley; Que, el Informe Técnico Nº 01-2006-SA-DS-HSR- JUL de 22 de junio de 2006, señala que el ConcursoPúblico Nº 0001-2006-MINSA (Primera Convocatoria) "Servicio de Alimentos para Personas" para el Hospital General "Santa Rosa", ha sido declarado desierto,habiéndose iniciado la segunda convocatoria en el SEACE, encontrándose en trámite dicho proceso, proyectándose que luego de cincuenta (50) días seconcluya el proceso de selección regular en trámite y la suscripción del contrato correspondiente, por lo que expone la necesidad técnica de exonerar la contratacióndel "Servicio de Alimentos para Personas" para el Hospital General "Santa Rosa" del respectivo proceso de selección, por situación de desabastecimientoinminente y por un valor referencial total de S/. 219,650.96 por el plazo de cincuenta (50) días, en tanto es necesario cubrir la inminente ausencia de dicho servicio a partir del3 de julio de 2006, considerando que la cobertura contractual culmina el 2 de julio de 2006 y no hay posibilidad de ampliarla; siendo prioritaria la atención ytratamiento de los pacientes y su pronta recuperación, sobretodo cuando éstos están hospitalizados; Que, en tal sentido, mediante el Oficio Nº 0191-2006- SA-HGSR-D de la Dirección Ejecutiva del Hospital "Santa Rosa", Informe Nº 061-06-SA-DS-HGSR-AL del Asesor Legal del Hospital "Santa Rosa", Informe Nº 230-06-SA-DS-HGSR-DA de la Oficina de Administración, Informe Técnico Nº 01-2006-SA-HSR-JUL de la Unidad de Logística, Memorándum Nº 263-2006-SA-DS-HGSR-OPE de la Oficina de Planeamiento Estratégico, Memo Nºs. 059 y 054-2006-DS-HGSR-DNyD del Departamento de Nutrición y Dietética, el Oficio Nº 1479-2006-OGAJ eInforme Nº 422-2006-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, se da cumplimiento al requerimiento legal previsto en el artículo146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en base a la información proporcionada por el área competente, mediante Informe Nº 422-2006-OGAJ/ MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que, en el presente caso, se ha configurado el supuestode hecho de la causal de exoneración por situación de desabastecimiento inminente; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Artículo 19º, se aprobaránmediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, copia de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajoresponsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de selección, salvo lasprevistas en los incisos b) y d) del Artículo 19º de la Ley, serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión oadopción, según corresponda, y adicionalmente, deberán publicarse a través del SEACE; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que ante una Situación de desabastecimiento inminente, la autoridad competente para autorizar laexoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º del mismo cuerpo normativo, elcual regula las responsabilidades y sanciones; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el artículo 19º se realizarán mediante acciones inmediatas y el artículo 148º de su Reglamento establece