Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2006 (08/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano sabado 8 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

323207

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el evento "III Congreso Bolivariano del Climaterio y Menopausia y VII Congreso Peruano de Climaterio", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 6 al 8 de MORDAZA de 2006. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11948

SALUD
Exoneran al Hospital General "Santa Rosa" de MORDAZA de seleccion para contratar el servicio de alimentos para personas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 604-2006/MINSA MORDAZA, 28 de junio del 2006 Vistos, el Oficio Nº 0191-2006-SA-HGSR-D de la Direccion Ejecutiva del Hospital "Santa Rosa", el Informe Nº 061-06-SA-DS-HGSR-AL del Asesor Legal del Hospital "Santa Rosa", el Informe Nº 230-06-SA-DSHGSR-DA de la Oficina de Administracion, el Informe Tecnico Nº 01-2006-SA-HSR-JUL de la Unidad de Logistica, el Memorandum Nº 263-2006-SA-DS-HGSROPE de la Oficina de Planeamiento Estrategico, los Memos Nºs. 059 y 054-2006-DS-HGSR-DNyD del Departamento de Nutricion y Dietetica, el Oficio Nº 14792006-OGAJ y el Informe Nº 422-2006-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0191-2006-SA-HGSR-D y el Informe Nº 061-06-SA-DS-HGSR-AL, el Director Ejecutivo (e) del Hospital General "Santa Rosa" comunica la necesidad de contar con el "Servicio de Alimentos para Personas" y sustenta la necesidad de contratar dicho servicio por causal de desabastecimiento inminente por el periodo de cincuenta (50) dias fecha estimada para la suscripcion del contrato que derive del Concurso Publico Nº 0001-2006-HGSR (Segunda Convocatoria); Que, con relacion a lo anterior, se informa que el citado MORDAZA de seleccion, convocado para la contratacion de servicio cuya contratacion se persigue exonerar, aun se encuentra en marcha, toda vez que la Primera Convocatoria fue declarada desierta por ausencia de postores; Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, mediante el ar ticulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece que se considera Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el ar ticulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de

seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso b) del articulo 19º de la Ley; Que, el Informe Tecnico Nº 01-2006-SA-DS-HSRJUL de 22 de junio de 2006, senala que el Concurso Publico Nº 0001-2006-MINSA (Primera Convocatoria) "Servicio de Alimentos para Personas" para el Hospital General "Santa Rosa", ha sido declarado desierto, habiendose iniciado la MORDAZA convocatoria en el SEACE, encontrandose en tramite dicho MORDAZA, proyectandose que luego de cincuenta (50) dias se concluya el MORDAZA de seleccion regular en tramite y la suscripcion del contrato correspondiente, por lo que expone la necesidad tecnica de exonerar la contratacion del "Servicio de Alimentos para Personas" para el Hospital General "Santa Rosa" del respectivo MORDAZA de seleccion, por situacion de desabastecimiento inminente y por un valor referencial total de S/. 219,650.96 por el plazo de cincuenta (50) dias, en tanto es necesario cubrir la inminente ausencia de dicho servicio a partir del 3 de MORDAZA de 2006, considerando que la cobertura contractual culmina el 2 de MORDAZA de 2006 y no hay posibilidad de ampliarla; siendo prioritaria la atencion y tratamiento de los pacientes y su pronta recuperacion, sobretodo cuando estos estan hospitalizados; Que, en tal sentido, mediante el Oficio Nº 0191-2006SA-HGSR-D de la Direccion Ejecutiva del Hospital "Santa Rosa", Informe Nº 061-06-SA-DS-HGSR-AL del Asesor Legal del Hospital "Santa Rosa", Informe Nº 230-06-SADS-HGSR-DA de la Oficina de Administracion, Informe Tecnico Nº 01-2006-SA-HSR-JUL de la Unidad de Logistica, Memorandum Nº 263-2006-SA-DS-HGSROPE de la Oficina de Planeamiento Estrategico, MORDAZA Nºs. 059 y 054-2006-DS-HGSR-DNyD del Departamento de Nutricion y Dietetica, el Oficio Nº 1479-2006-OGAJ e Informe Nº 422-2006-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud, se da cumplimiento al requerimiento legal previsto en el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en base a la informacion proporcionada por el area competente, mediante Informe Nº 422-2006-OGAJ/ MINSA, la Oficina General de Asesoria Juridica concluye que, en el presente caso, se ha configurado el supuesto de hecho de la causal de exoneracion por situacion de desabastecimiento inminente; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que ante una Situacion de desabastecimiento inminente, la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del mismo cuerpo normativo, el cual regula las responsabilidades y sanciones; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas y el articulo 148º de su Reglamento establece

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