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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324302El Peruano miércoles 19 de julio de 2006 En uso en uso de las facultades establecidas en el Numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánicade Municipalidades, y con la dispensa del trámite delectura y aprobación de Acta, el Concejo Municipal aprobópor unanimidad la siguiente ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANO DE ALTURAS DE LOS LOTES UBICADOS FRENTE A LOS EJES VIALES Y SECTORES URBANOS DE NIVEL LOCAL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO EN EL SECTOR COMPRENDIDO EN EL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO III Artículo Primero.- Aprobar el Plano de Alturas de Edificación correspondiente a los predios con frente aejes y sectores urbanos de Nivel Local del distrito deSantiago de Surco; conformante del Área de TratamientoNormativo III de Lima Metropolitana. Artículo Segundo.- Establecer que mediante Decreto de Alcaldía, se reglamentarán los ParámetrosNormativos sobre la aplicación del Plano de Alturas aque se refiere el Artículo precedente. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Sub Gerencias dePlaneamiento Urbano y de Licencias y HabilitacionesUrbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcaldeórganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 912 expedido por la MunicipalidadMetropolitana de Lima; el Plano de Alturas de los lotes ubicados con frente a los ejes viales y sectores urbanos de nivel local del Distrito de Santiago de Surco, deberáser aprobado por Ordenanza Distrital, en estrictasujeción con los rangos establecidos en las NormasGenerales de Zonificación y en los Planos de Alturas deNivel Metropolitano aprobados con la mencionada norma, y previa opinión favorable del Instituto Metropolitano de Planificación; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Oficio Nº 0523-06-MML-IMP-DE de fecha 24de mayo del 2006, emite opinión favorable, respecto dela Propuesta presentada por la Municipalidad de Santiago de Surco, precisando que dicha propuesta cumple con los alcances normativos de la Zonificación de los Usosdel Suelo aprobado por Ordenanza Nº 912; así comocon los acuerdos tomados en las coordinacionestécnicas sostenidas entre las Autoridades y Funcionariosde la Municipalidad Distrital y de la Municipalidad Metropolitana de Lima, como parte del proceso de aprobación del Reajuste Integral de Zonificación deldistrito de Surco; Que, contando con la opinión favorable del Instituto Metropolitano de Planificación, respecto del Plano deAlturas de Nivel Local elaborado por este Corporativo, y estando a las normas antes glosadas, resulta procedente la aprobación del mencionado Plano; Estando al Informe Nº 242-2006-GDU-MSS del 12JUN2006 de la Gerencia de Desarrollo Urbano eInforme Nº 514-2006-OAJ-MSS, del 19JUN2006 de laOficina de Asesoría Jurídica; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL