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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2006 (19/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 130

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324298El Peruano miércoles 19 de julio de 2006 de Tumbes, al funcionario Abner Caleb Lastra Olórtegui. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tumbes, a la funcionariaLourdes Concepción Palomino Fernández. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SALOMÓN MONTOYA ATENCIO IntendenteIntendencia de Aduana de Tumbes 00111-1 AnexodeResoluciónquedesignó AuxiliarCoactivodelaOficinaZonal SanMartín ANEXO - RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 120-024-0000142/SUNAT (La resolución en referencia fue publicada el 6 de julio de 2006) ANEXO 01 Resolución de Intendencia Nº 120-024-0000142/SUNAT Designación de Auxiliar Coactivo Del 1 de julio al 31 de diciembre del 2006 ORD. REG. DNI APELLIDOS NOMBRES 1 D639 23977227 BARRIONUEVO AGUILAR ROBHELL 00111-2 GOBIERNOS REGIONAL ES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO ConstituyenelComitéEjecutivo RegionaldeExportaciones-CERX ORDENANZA REGIONAL Nº 020-06-GRA/CR Ayacucho, 19 de junio del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de abril del2006, trató el tema relacionado a la modificación de laOrdenanza Regional Nº 026-05-GRA/CR de fecha 11 de julio del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, establecen que los GobiernosRegionales tienen autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia ypromueven el desarrollo regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planesnacionales y locales de desarrollo; Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es misión de losGobiernos Regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco delas políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribucióndel Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normasque regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, literal a) del Artículo 55º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por LeyNº 27902, establece que son funciones específicas delos Gobiernos Regionales en materia de comercioformular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de comercio de la región, en concordancia con las políticas nacionales ylos planes sectoriales, en coordinación con las entidadesdel sector público competentes en la materia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 026-05-GRA/CR de fecha 11 de julio del 2005 el Consejo Regional del Gobierno aprobó la Constitución del Comité Ejecutivo Regional de Exportaciones - CERX; y a través del Oficio Nº 077-2006-GRA/GG-GRDE la Gerencia Regional de DesarrolloEconómico solicita la modificación de la Ordenanza Regionalen mención, para la instalación del Comité y las accionesnecesarias, conforme al Acta de Reunión del C.E.R.X. de fecha 14 de setiembre del 2005 y al Informe Técnico Nº 030-2005- GRA/GG-GRDE-SGDE-GLG de fecha 24 de octubre del2005; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,su modificatoria Ley Nº 27902, el Consejo Regional de Ayacucho con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- CONSTITUIR, el Comité Ejecutivo Regional de Exportaciones - CERX como una instanciapública-privada, responsable de coordinar con los diversos actores regionales y realizar las acciones necesarias para el desarrollo de las actividades yproyectos establecidos en el Plan Estratégico Regionalde Exportaciones, el mismo que estará conformado porlos representantes de las siguientes instituciones: Presidente : Representante de la Asociación de Productores de Holantao - ASPRHOA S.R.L. Secretario Técnico : Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo - DIRCETUR Miembros : - Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Ayacucho - Dirección Regional Agraria - Asociación de Productores de Ayacucho - ASPROA - Asociación de Artesanos Textiles - Asociación de Artesanos en Cerámica- Asociación Regional de Productores Orgánicos de Ayacucho - ARPOA - Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga - UNSCH- Cámara de Comercio y Turismo de Ayacucho- Programa de Centro de Servicios Empresariales No Financieros - CTB- Proyecto de Reducción y Alivio de la Pobreza - PRA - Centro de Competitividad - Instituto de Desarrollo del Sector Informal - IDESI- Servicio Holandés de Cooperación al Desarrollo - SNV Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 026-05-GRA/CR, de fecha 11 de julio del 2005. Artículo Tercero.- REMITIR la presente Ordenanza al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para suconocimiento y demás fines pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. OMAR QUESADA MARTINEZ Presidente 00133-1