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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324300El Peruano miércoles 19 de julio de 2006 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO ModificanelReglamentode OrganizaciónyFuncionesdela Municipalidad ORDENANZA Nº 159-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO: Vistos; en Sesión Ordinaria de fecha 11 de julio del 2006, el Dictamen Nº 060-2006-CAJ/MSI, de fecha 7 de julio del año 2006 de la Comisión de Asuntos Jurídicos,el Informe Nº 1024-2006-10-GAJ/MSI de fecha 22 de junio del año 2006 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 091-2006-11-GPP/MSI de fecha 24 de mayo del año 2006 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972; Que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en lafacultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ordenanza Nº 105-MSI aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, el mismo que fue modificado por las Ordenanzas Nº 120-MSI y Nº 138- MSI; Que las modificaciones solicitadas se enmarcan en los objetivos de incrementar la eficiencia, evitar el crecimiento de la informalidad y de mejorar la calidad en la prestación de los servicios relativos a laslicencias municipales, certificaciones, autorizaciones y realización de inspecciones técnicas en el ámbito de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, así como en las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto necesarias de implementar para afrontar adecuadamente los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional; Que estas modificaciones se refieren básicamente a la desactivación de la Subgerencia deComercialización y Comercio Ambulatorio y al cambio de denominación y funciones a las subgerencias subsistentes de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; y, En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,se aprobó por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación de acta la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo Único.- Aprobar la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de laMunicipalidad de San Isidro, aprobado mediante Ordenanza Nº 105-MSI y modificado por las Ordenanzas Nº 120-MSI y Nº 138-MSI, para desactivar la Subgerenciade Comercialización y Comercio Ambulatorio y cambiar la denominación y funciones a las subgerencias subsistentes de la Gerencia de Autorizaciones y ControlUrbano, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en San Isidro a los doce días del mes de julio del año dos mil seis. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 00120-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Disponenprocederconsaneamiento físicolegaldeterrenosprovenientesde habilitacionesurbanaspropiedaddela MunicipalidadDistrital ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2006-MDSA Santa Anita, 30 de junio del 2006 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen Nº 004-2006-CAJ-MDSA de laComisión de Asuntos Jurídicos, mediante el cual sepropone aprobar el Proyecto de Acuerdo de Concejoque dispone el Saneamiento Físico Legal de Terrenos de Aportes de "Otros Fines"; y, CONSIDERANDO:Que, conforme establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, así como el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades), los gobiernos locales gozan deautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, el inciso 6) del Artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 señala que son bienes de las Municipalidades, entre otros, los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas; asimismo,de conformidad a lo señalado en el Artículo 2º de laOrdenanza 836 de la Municipalidad Metropolitana deLima, los aportes reglamentarios a otros fines constituyenbienes de uso público de titularidad y administración municipal; Que, conforme se desprende del Artículo 58º de la misma Ley, los bienes inmuebles de lasMunicipalidades, a que se refiere el Artículo 56º de laLey Nº 27972, se inscriben en los Registros Públicos,a petición del Alcalde y por mérito del Acuerdo del Concejo correspondiente. Lo descrito se halla concordante con lo establecido por los Artículos.2008º, 2009º y 2010º del Código Civil; así como conlo señalado en los Artículos III del Título Preliminar yArtículo 1º y 8º del Texto Único Ordenado delReglamento General de Registros Públicos, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 079-2005-SUNARP-SN; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 444-2006- GAJ-GG/MDSA emite Opiniónen el sentido que es necesario proceder alSaneamiento Físico Legal del predio ubicado en la Manzana "L" Lote 03 de la Urbanización "El Asesor", el ubicado en jirón San Fernando esquina con ParqueSan José y, el ubicado en la Calle Italia junto al ParqueNº 2 "Los Libertadores" de la Cooperativa de ViviendaSan José de Mangomarca Ltda. Nº 503. Asimismoopina por que se modifique en el Artículo Primero, inciso B) del Acuerdo de Concejo Nº 034-MDSA a efectos de que el predio ubicado en la Manzana "P",