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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324296El Peruano miércoles 19 de julio de 2006 Proyectos que se ejecutan con cooperación no reembolsable de la Unión Europea, independientemente del nivel deGobierno al que éstas pertenezcan; se realizan medianteResolución del Titular del Pliego, la misma que debe de serpublicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Oficio Nº 339-2006-GR-LL-GGR/ GRPPAT de fecha 12 de abril del 2006, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorialdel Gobierno Regional de La Libertad, comunica al DirectorEjecutivo de la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional, que se ha procedido a aprobar el Plan OperativoAnual del Proyecto de Desarrollo Integral de La Libertad – Cajamarca (PRODELICA) para el presente año 2006, por un monto de S/. 512,994.00, para el cumplimiento de lasacciones programadas en base al Convenio de Financiaciónsuscrito con la Unión Europea; Asimismo, remite elCronograma de requerimiento de fondos de ContrapartidaNacional para el período 2006 que contiene la Programación Mensual de las Transferencias Financieras 2006; Que, con Memorándum Nº 147-2006-APCI-OPE de fecha 22 de junio del 2006, el Jefe de la Oficina de PlaneamientoEstratégico de la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional, ha emitido opinión favorable respecto de latransferencia financiera a efectuarse a favor del Gobierno Regional de La Libertad correspondiente al mes de junio del presente año, para la ejecución del Convenio de FinanciaciónPER-310-IB/97/238 de fecha 18 de junio de 1998; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Administración, Finanzas e Informática yde la Oficina de Planeamiento Estratégico de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, suReglamento de Organización y Funciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 053-2003-RE; Ley Nº 28411, Ley General delSistema Nacional de Presupuesto; Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera a favor del Gobierno Regional de La Libertad, correspondiente almes de junio del 2006, de los recursos autorizados medianteLey Nº 28652, hasta por la suma de S/. 512,994.00 NuevosSoles (Quinientos Doce Mil Novecientos Noventicuatro y 00/100 Nuevos Soles) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA : SECCIÓN : GOBIERNO NACIONAL PLIEGO : 080 Agencia Peruana de Cooperación Internacional UNIDAD EJECUTORA : 001 Agencia Peruana de Cooperación Internacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 00 Recursos Ordinarios S/. 512,994.00 6. GASTOS DE CAPITAL S/. 512,994.00 7. Otros Gastos de Capital S/. 512,994.00 A LA : SECCION : GOBIERNO REGIONAL PLIEGO : 451 Gobierno Regional del Departamento de la Libertad UNIDAD EJECUTORA : 001 Sede La LibertadFUENTE DE FINANCIAMIENTO : 13 Donaciones y Transferencias 6. GASTOS DE CAPITAL S/. 512,994.00 5. Inversiones S/. 512,994.00 TOTAL S/. 512,994.00 Artículo Segundo.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego del Gobierno Regionalde Cajamarca comunicará a la Agencia Peruana deCooperación Internacional la incorporación a su pliego presupuestal de los recursos que le sean transferidos,según la presente Resolución, conforme a la estructurafuncional Programática. Artículo Tercero.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego del Gobierno Regional de Cajamarca instruye a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) para que elabore(n), las correspondientes “Notas paraModificación Presupuestaria” que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR SCHIAPPA-PIETRA Director EjecutivoAgencia Peruana de Cooperación Internacional 00115-1 OSINERG ApruebanFactordeRecargodelFondo deCompensaciónSocialEléctrica (FOSE)aplicableenlafacturacióndel períodoagosto-octubrede2006yel ProgramaTrimestraldeTransferencias Externas RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG N º 335-2006-OS/CD Lima, 17 de julio de 2006 El OSINERG, en cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes Nº 27510 y Nº 28307, debe aprobar el Factor deRecargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica(en adelante FOSE) y su respectivo Programa Trimestral de Transferencias Externas; debiendo aprobarse en esta oportunidad el correspondiente para el período agosto2006 - octubre 2006. ANTECEDENTES: Que, mediante Ley Nº 27510 se creó el FOSE dirigido a favorecer el acceso y permanencia del servicio eléctrico atodos los usuarios residenciales del servicio público deelectricidad, cuyos consumos mensuales sean menores a100 kW.h; Que, conforme a la Ley Nº 27510, el OSINERG quedó encargado de establecer los criterios y procedimientos para la administración y aplicación del mencionado FOSE, losque fueron aprobados por la Resolución OSINERG Nº 2123-2001-OS/CD; modificada mediante Resolución OSINERGNº 088-2006-OS/CD; Que, mediante Ley Nº 28307 se modifica y amplia los factores de reducción tarifaria de la Ley Nº 27510 que creó el FOSE, disponiéndose además la vigencia indefinida delFOSE; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en EnergíaOSINERG Nº 163-2006-OS/CD, se aprobó el Factor de Recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas correspondientes al período mayo 2006 - julio2006. ANÁLISIS: Que, los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 27510, disponen que el OSINERG establecerá el factor de recargo en lafacturación de los cargos tarifarios de potencia, energía y cargo fijo mensual de los usuarios de servicio público de electricidad de los sistemas interconectados cuyosconsumos mensuales sean mayores de 100 kW.h pormes, en función a un porcentaje determinado en relacióncon la proyección de las ventas del período siguiente,debiendo el OSINERG efectuar el programa de