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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2006 (25/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALESEl Peruano martes 25 de julio de 2006 324971REPUBLICADELPERU FE DE ERRATAS LEY Nº 28832 Mediante Oficio Nº 269-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la LeyNº 28832, publicada en la edición del día 23 de julio de 2006. - En la página 324751 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA DICE: ÚNICA.- Modificaciones al Decreto Ley Nº 25844 Modifícase los artículos 2º, 3º, 34º, 43º, 45º, 47º primer párrafo e incisos a), h) e i), 48º, 49º, 51º, 52º, 55º, 60º, 61º, 62º,63º, 69º, 74º, 85º, 101º inciso c) y las Definiciones 5, 6 y 12 delAnexo, de la Ley de Concesiones Eléctricas; debiendo losartículos citados quedar redactados de la siguiente manera: (...) DEBE DECIR: ÚNICA.- Modificaciones al Decreto Ley Nº 25844 Modifícase los artículos 2º, 3º, 34º, 43º, 45º, 47º primer párrafo e incisos g), h) e i), 48º, 49º, 51º, 52º, 55º, 60º, 61º,62º, 63º, 69º, 74º, 85º, 101º inciso c) y las Definiciones 5, 6 y12 del Anexo, de la Ley de Concesiones Eléctricas; debiendolos artículos citados quedar redactados de la siguiente manera: (...) - En la página 324752 DICE: "Artículo 47º.- Para determinar los Precios en Barra, el subcomité de Generadores y el subcomité de Transmisores,en la actividad que les corresponda, efectuarán los cálculoscorrespondientes en la siguiente forma: a) Calculará para cada una de las barras del sistema los factores nodales de energía de acuerdo a lo señalado enel artículo 48º. El factor nodal será igual a 1,00 de la barraen que se fije el Precio Básico de Energía; (...)" DEBE DECIR: "Artículo 47º.- Para determinar los Precios en Barra, el subcomité de Generadores y el subcomité de Transmisores, en la actividad que les corresponda, efectuarán los cálculos correspondientes en la siguiente forma: g) Calculará para cada una de las barras del sistema los factores nodales de energía de acuerdo a lo señalado enel artículo 48º. El factor nodal será igual a 1,00 de la barraen que se fije el Precio Básico de Energía; (...)" 00412-1 /G52/G45/G53/G4F/G4C/G55/G43/G49/GD3/G4E/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G41/G20/G44/G45/G4C/G20/G43/G4F/G4E/G47/G52/G45/G53/G4F /G4E/GBA/G20/G30/G32/G36/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G43/G52 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: /G52/G45/G53/G4F/G4C/G55/G43/G49/GD3/G4E/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G41/G20/G51/G55/G45/G20/G4D/G4F/G44/G49/G46/G49/G43/G41 /G45/G4C/G20/G43/G55/G41/G44/G52/G4F/G20/G44/G45/G20/G43/G4F/G4E/G46/G4F/G52/G4D/G41/G43/G49/GD3/G4E/G20/G44/G45/G20/G43/G4F/G4D/G49/G53/G49/G4F/G4E/G45/G53 /G4F/G52/G44/G49/G4E/G41/G52/G49/G41/G53/G20/G50/G41/G52/G41/G20/G45/G4C/G20/G50/G45/G52/GCD/G4F/G44/G4F/G20/G41/G4E/G55/G41/G4C /G44/G45/G20/G53/G45/G53/G49/G4F/G4E/G45/G53/G20/G32/G30/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G36 Artículo único.- Modifica el Cuadro de Conformación de Comisiones Ordinarias para el Período Anual deSesiones 2005-2006 Modifícase el Cuadro de Conformación de Comisiones Ordinarias para el Período Anual de Sesiones 2005-2006,en los términos siguientes:COMISIÓN DE FISCALIZA CIÓN Y CONTRALORÍA 1. DEVÉSCOVI DZIERSON, José FIM (Sale de titular) 2. PACHECO VILLAR, Gustavo FIM (Entra como titular) Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de julio de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la República 00397-1 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G46/G45/G52/G49/G41/G20/G53/G4F/G55/G52/G43/G45/G53/G20/G4C/G6F/G73/G20/GC1/G6E/G67/G65/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2006-MINCETUR/DM Lima, 7 de julio de 2006 Visto el Oficio Nº 556-2006-PROMPEX/DE del Director Ejecutivo de la Comisión para la Promoción deExportaciones - PROMPEX; CONSIDERANDO: Que, PROMPEX, de conformidad con el artículo 4º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, tiene comofinalidad promover las exportaciones peruanas, facilitandoy contribuyendo a su posicionamiento en el mercadointernacional, a través de una acción concertada con elsector privado y las diferentes instituciones públicasrelacionadas con el comercio exterior del país, buscando eldesarrollo sostenible de las exportaciones en base alcrecimiento y diversificación de la oferta exportable peruana,la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y laapertura y consolidación de los mercados de exportación; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promoción de las exportaciones de bienes y serviciosperuanos y mejora de la oferta exportable, se encuentra laparticipación en Ferias Internacionales, entre otras actividades,de conformidad con lo establecido en el numeral 10) delartículo 5º de su Reglamento de Organización y Funciones; Que, PROMPEX ha programado su participación en la FERIA SOURCES Los Ángeles 2006 a realizarse en laciudad de Los Ángeles - Estados Unidos de Norteamérica,del 28 al 31 de julio del 2006, con el objetivo de difundir laoferta exportable peruana en el sector artesanía, propiciarla diversificación de mercados y la internacionalización delas empresas artesanales; Que, dicha feria se especializa en artículos de regalo y decoración y es una de las más importantes para loscompradores mayoristas de Estados Unidos de Norteamérica;asimismo, es organizada por George Little Management LLC , entidad que organiza las principales Ferias de Negocios deArtesanía de Estados Unidos y Canadá; Que, por ser de interés institucional, el Director Ejecutivo solicita que se autorice el viaje de un profesional dePROMPEX a la ciudad de Los Ángeles - Estados Unidosde Norteamérica, para que en representación de la Entidad,participe en la Feria Internacional antes mencionada; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exteriory Turismo, establece que PROMPEX, es un Organismo PúblicoDescentralizado del sector Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de ComercioExterior y Turismo, Ley Nº 27619, que regula la autorizaciónde viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,modificada por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por elDecreto Supremo Nº 005-2006-PCM;