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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 25 de julio de 2006 324973REPUBLICADELPERU públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para elaño Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM defecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el DecretoSupremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 yDecreto de Urgencia Nº 006-2006 del 3 de mayo de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del 18 de julio al5 de agosto de 2006, del Personal Militar FAP que seindica a continuación, con la finalidad que realicen elentrenamiento inicial en el simulador de vuelo del avión L-100-20, a llevarse a cabo en las instalaciones de la CIA.CAE, en la ciudad de Tampa: Mayor F AP ARANDA DEL CASTILLO Roberto Martin Capitán F AP CARRILLO VEGA Arturo Técnico de 2da. F AP SUPO TIPULA Antonio. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, deacuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 1,400.00 x 3 personas Viáticos: US$ 220.00 x 19 días x 3 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 3 personas. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sinexceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la CuartaDisposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 00410-11 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 317-2006-DE/FAP Lima, 20 de julio de 2006 Visto los Oficios IV-35-CODA-Nº 0983 del 26 de mayo de 2006, NC-170-COFZ-Nº 1281 del 7 de julio de 2006 y M/C CODA-071842 de julio 2006, del Comandante deOperaciones de la Fuerza Aérea del Perú y Oficio C-55-COFA-EMGI-Nº 0063 del 2 de junio de 2006 delComandante General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a laRepública de Colombia, del Personal Militar FAP que seindica en la parte resolutiva, con la finalidad que participenen la Operación Combinada PERCOL-I a desarrollarse enel mencionado país, por cuanto los conocimientos yexperiencias a adquirirse redundaran en beneficio de laSeguridad Nacional dentro del ámbito de competencia dela Fuerza Aérea del Perú;De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, LeyNº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para elaño Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM defecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el DecretoSupremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 yDecreto de Urgencia Nº 006-2006 del 3 de mayo de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Colombia, del Personal MilitarFAP que se indica a continuación, con la finalidad queparticipen en la Operación Combinada PERCOL-I adesarrollarse en el mencionado país: REUNIÓN FINAL DE PLANEAMIENTO: Del 23 al 28 de julio de 2006 Coronel F AP PULGAR SILMAN Javier Ernesto Comandante F AP RIVAS R ODRIGUEZ Mario Armando Comandante F AP DOCUMET ALIAGA Julio Enrique Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, deacuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 600.00 x 3 personas Viáticos: US$ 200.00 x 6 días x 3 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 3 personas. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sinexceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 yla Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 00410-12 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G32/G36/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G45/G46/G2C/G20/G71/G75/G65 /G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G69/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G78/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G79/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G6E/G6F/G20/G63/G6F/G72/G72/G69/G65/G6E/G74/G65/G73 ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 126-2006-EF (El Decreto Supremo en referencia fue publicado el 22 de julio de 2006) ANEXO 1 PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DEL VALOR DE REALIZACIÓN DE LOS ACTIVOS DE LOS BIENES INMUEBLES - Revisión de la documentación entregada.