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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325224El Peruano jueves 27 de julio de 2006 Artículo 11º.- Órganos del Consejo Directivo Nacional y de los Colegios Regionales El CDN y cada CDR tendrán como órganos consultivo, de asesoramiento y electoral: a. Consejo Consultivo. b. Tribunal de Honor. c. Comité Electoral Nacional o Regional, según corresponda. Las funciones y atribuciones de estos órganos se precisarán en el Reglamento Interno. Artículo 12º.- De las Comisiones y Comités El CDN y cada CDR conformarán Comisiones o Comités para el mejor cumplimiento de sus atribuciones y fines del Colegio. Artículo 13º.- Período de mandato de los cargos directivos y prohibición de reelección inmediata El período de mandato de los cargos directivos del CDN y de los Consejos Directivos Regionales - CDR’s es de dos (2) años computados a partir del primer día hábilde enero, está prohibida la reelección inmediata en el mismo cargo. CAPÍTULO II DEL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL Artículo 14º.- Atribuciones del Consejo Directivo Nacional Son atribuciones del Consejo Directivo Nacional: a. Representar al CLAD. b. Programar, organizar, dirigir y controlar la vida institucional de acuerdo con los fines del CLAD. c. Establecer las normas que regirán las actividades técnico-científico-profesionales del CLAD. d. Absolver las consultas que le sean formuladas sobre aspectos relacionados con la profesión y las ciencias administrativas. e. Aprobar y difundir el Código de Ética Profesional velando por su estricto cumplimiento. f. Formular y aprobar los Reglamentos Interno, Electoral, de Faltas y Sanciones Disciplinarias y los quesean necesarios para su mejor funcionamiento. g. Coordinar y supervisar a los Consejos Directivos Regionales. h. Pronunciarse en última instancia a nombre del CLAD. i. Aplicar las sanciones que fuesen de su competencia.j. Cubrir las vacantes que se produzcan en su seno, designando a los reemplazantes por el tiempo restante para el término de sus mandatos. k. Administrar los bienes y rentas del CLAD. l. Designar delegados o representantes institucionales ante otras instituciones del país o del extranjero. m. Designar comisiones para el estudio de problemas relacionados con el ejercicio de la profesión y las ciencias administrativas. n. Pronunciarse sobre asuntos de interés nacional que tengan relación con las ciencias administrativas, proponiendo las medidas más convenientes. ñ. Fijar el importe por concepto de colegiación, cuotas mensuales, certificación o acreditación profesional y de cualquier otro ingreso o renta, excepto donaciones, queperciban los Colegios Regionales por los servicios que presten. o. Normar la acreditación y certificación profesional en administración. p. Aprobar su Plan de Trabajo, Presupuesto, Balance y Memoria. q. Llevar a nivel nacional y mantener el “Registro Único de Colegiación”. r. Organizar eventos y congresos de carácter nacional e internacional. s. Suscribir convenios a nivel nacional e internacional. Artículo 15º.- El Consejo Directivo Nacional última instancia El Consejo Directivo Nacional constituye la última instancia administrativa con respecto a los Consejos Directivos Regionales.Artículo 16º.- Otras funciones y atribuciones del Consejo Directivo Nacional El CDN, como Órgano Supremo del CLAD, tiene las funciones y atribuciones que no hayan sido encomendadas a otros órganos. Artículo 17º.- Funcionamiento del Consejo Directivo Nacional El funcionamiento del CDN estará normado en su respectivo Reglamento. Artículo 18º.- Sede, jurisdicción y conformación del Consejo Directivo Nacional El CDN tendrá su sede en la Ciudad de Lima, su jurisdicción es el territorio nacional y lo conforman los cargos directivos siguientes: - Decano Nacional. - Primer Vice Decano Nacional. - Segundo Vice Decano Nacional.- Director Nacional de Desarrollo y Acreditación Profesional. - Director Nacional de Colegiación.- Director Nacional de Formación y Capítulos Profesionales. - Director Nacional de Información Científica y Tecnológica. - Director Nacional de Seguridad y Bienestar Social. - Director Nacional Secretario.- Director Nacional de Economía y Finanzas. - Director Nacional de Imagen Institucional. El CDN podrá crear, modificar o suprimir estos cargos según las necesidades institucionales y fines del CLAD. Además, un (1) Delegado supernumerario por cada CORLAD. Artículo 19º.- Funciones y atribuciones de los cargos directivos del Consejo Directivo Nacional Las funciones y atribuciones de los cargos directivos del CDN serán ejercidas con sujeción a las disposicionesdel Reglamento Interno. CAPÍTULO III DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS REGIONALES Artículo 20º.- Atribuciones de los Consejos Directivos Regionales Son atribuciones de cada Consejo Directivo Regional en el ámbito de su jurisdicción: a. Representar al CORLAD y suscribir convenios a nivel regional informando al Consejo Directivo Nacional. b. Programar, organizar, dirigir y controlar la gestión institucional conforme con los fines del Colegio. c. Absolver las consultas que le sean formuladas, por las entidades públicas o sociedad civil, sobre aspectosrelacionados con la profesión. d. Difundir el Código de Ética Profesional y velar por su estricto cumplimiento. e. Coordinar con el Consejo Directivo Nacional. f. Emitir pronunciamientos, en primera instancia, sobre asuntos de su competencia. g. Aplicar las sanciones que fuesen de su competencia. h. Cubrir los cargos directivos vacantes, designando a los reemplazantes por el tiempo restante para el término de sus mandatos. i. Administrar los bienes y rentas bajo su administración. j. Designar delegados o representantes ante las instituciones que así lo requieran. k. Designar Comisiones encargadas del estudio de problemas de su competencia. l. Emitir pronunciamientos técnicos sobre asuntos de su competencia. m. Procesar, evaluar y calificar la documentación de las solicitudes de Colegiación, corriendo traslado al CDNpara su aprobación e inscripción en el “Registro Único de Colegiación”. n. Aprobar y presentar, para su ratificación, al Consejo Directivo Nacional su Plan de Trabajo, Presupuesto, Balance y Memoria.